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  1. Congreso de Cdmx alista periodo extraordinario; analizará reforma judicial y debate sobre aborto

    El Congreso de la Ciudad de México prepara un periodo extraordinario para analizar la armonización del Poder Judicial y discutir la posible eliminación del delito de aborto del Código Penal local.

    Por Gabriela Díaz | Reportera                                           

    El Congreso de la Ciudad de México prepara un periodo extraordinario de sesiones para finales de julio o los primeros días de agosto con el objetivo de desahogar diversas reformas pendientes, entre ellas la armonización del marco legal relacionado con el Poder Judicial de la capital.

    La coordinadora del grupo parlamentario de Morena, Xóchitl Bravo Espinosa, informó que la agenda incluirá dictámenes que actualmente son analizados en comisiones, además de abrir la posibilidad de retomar la discusión sobre la eliminación del delito de aborto del Código Penal de la Ciudad de México.

    El periodo extraordinario busca atender asuntos legislativos que quedaron pendientes del periodo ordinario y avanzar en la adecuación de normas derivadas de reformas aprobadas a nivel nacional.

    Reforma judicial, entre los temas prioritarios

    Uno de los principales asuntos que analizarán los diputados será la armonización de las leyes locales con las disposiciones relativas al Poder Judicial de la Ciudad de México.

    Este proceso legislativo tiene como finalidad adecuar la legislación capitalina a las reformas correspondientes, con el propósito de actualizar el funcionamiento y la organización del sistema judicial local.

    Además, los legisladores prevén discutir otros dictámenes que continúan en análisis dentro de las comisiones del Congreso.

    Abren la puerta al debate sobre el aborto

    Durante el anuncio del posible periodo extraordinario, Xóchitl Bravo Espinosa señaló que también existe la posibilidad de retomar la discusión sobre la eliminación del delito de aborto del Código Penal local.

    La legisladora indicó que el tema podría formar parte de la agenda si las condiciones legislativas lo permiten y una vez que concluyan los trabajos de las comisiones encargadas de elaborar los dictámenes correspondientes.

    La eventual discusión se desarrollaría en el contexto de las reformas que distintas entidades del país han impulsado para modificar sus códigos penales y adecuarlos a los criterios establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en materia de derechos reproductivos.

    Definirán la fecha en los próximos días

    La coordinación parlamentaria de Morena indicó que la fecha definitiva del periodo extraordinario será acordada en los próximos días, una vez que se confirme el avance de los dictámenes pendientes.

    Los legisladores prevén que la sesión extraordinaria se lleve a cabo antes del inicio del siguiente periodo ordinario, con el objetivo de resolver los asuntos considerados prioritarios para la agenda legislativa de la capital. –sn–

    Congreso CDMX

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  2. Opinión | Jorge Santa Cruz | «Estamos fregados»: empleada de una farmacia del IMSS

    El creciente desabasto de medicamentos contrasta con la credencialización del Servicio Universal de Salud, que promete mucho con muy poco.

    Por Jorge Santa Cruz                                   

    Son las 08:30 de la mañana. Los pacientes de una de las clínicas familiares del IMSS en la ciudad de México forman dos filas frente a la farmacia. Una es para los medicamentos ordinarios; la otra, para los controlados.

    La farmacia abrió 30 minutos antes, lo cual quiere decir que sus inventarios deberían de estar casi completos.

    Farmacia del IMSS

    En las caras de las personas formadas se advierte la incertidumbre. Una mujer, como de 58 años, comenta en voz alta: «Tengo insuficiencia renal y llevo tres meses sin que me surtan mi medicamento, que es carísimo. Cuando puedo, lo compro; cuando no, me tengo que aguantar». Sus improvisados escuchas solo atinan a mover negativamente sus cabezas y a esbozar una mueca de reproche al IMSS.

    Las dos filas avanzan rápidamente porque los pacientes se quedan con sus recetas.

    —No nos ha llegado.

    —¿Cuándo la podrían tener?

    —Venga lunes o martes de la próxima semana, a ver si ya…

    —Veo que a muchos los regresan con las manos vacías.

    —Sí: estamos fregados. Y para colmo, nos tocan los regaños de la gente que se enoja.

    Los que se encuentran en la parte de atrás de la fila no necesitan escuchar para enterarse de lo que sucede. Basta que vean cómo las empleadas mueven sus cabezas de un lado a otro; y cómo los pacientes reciben nuevamente sus recetas. La mayoría ya no protesta. Sabe que el problema viene de «arriba», de «muy arriba».

    Sacaron del cuadro básico de medicamentos productos tan básicos como el captopril, que se prescribe para casos de hipertensión. Otros, como la metformina (para la diabetes) y el bezafibrato (para reducir los niveles de triglicéridos) simple y sencillamente no se encuentran en sus respectivos estantes.

    Farmacia del IMSS

    Llegar a la ventanilla de la farmacia de la clínica con una receta de duloxetina (que es una medicina controlada) equivale también a recibir una negativa: «No nos ha llegado». La duloxetina está indicada, por ejemplo, para el tratamiento de la depresión mayor, la ansiedad generalizada, la fibromialgia, el dolor crónico musculoesquelético y el dolor por neuropatía diabética.

    Cada receta lleva un ingrediente invisible para el IMSS, para el ISSSTE, para el ISSFAM, para los servicios médicos de Pemex, para la Secretaría de Salud, para el IMSS Bienestar: la esperanza de los pacientes de mejorar su salud y calidad de vida.

    El trámite es rápido. Lo paradójico es que a pocos metros de la farmacia están los módulos de Credencialización del Servicio Universal de Salud (otra forma que tiene el régimen para hacerse con los datos biométricos de la población).

    A la población le ofrecen un Servicio Universal de Salud que carece de medicamentos, de médicos especialistas y de apartos suficientes. El régimen sigue en campaña. Eso, y mentir, es lo que sabe hacer.

    Bien lo dijo la chica que amablemente dialogó con uno de los pacientes: «estamos fregados». 

    * Periodista y académico universitario | @JorgeSantaCruz1

    Columna anterior: Peligroso paroxismo patriotero

    (El presente artículo se publicó de manera original en Sin Compromisos).

    El periodista Jorge Santa Cruz

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  3. La SCJN realiza conversatorio “Identidades de género y sus desafíos jurídicos”

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación realizó el conversatorio “Identidades de género y sus desafíos jurídicos” para reflexionar sobre el reconocimiento de las personas no binarias.

    Por Lizbeth Álvarez Martínez | Reportera                                           

    Con el propósito de reflexionar sobre el reconocimiento de las identidades de género no binarias y los retos que enfrentan los marcos jurídicos e institucionales para garantizar el ejercicio pleno de sus derechos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) organizó el conversatorio “Identidades de género y sus desafíos jurídicos”.

    La actividad reunió distintas perspectivas para analizar las barreras que persisten en materia de inclusión y no discriminación, así como la transformacción necesarias en los sistemas de justicia para responder a la diversidad de experiencias y contextos presentes en el país.

    Al dar la bienvenida a nombre del ministro-presidente Hugo Aguilar Ortiz, Cristina Solano Díaz, directora general de Igualdad Sustantiva y No Discriminación, dijo que desde el pasado mes de junio se han realizado este tipo de encuentros que no han quedado solo en discursos, ya que “existen resoluciones importantes de la Corte para la comunidad sexogenérica que seguimos impulsando a través de las áreas auxiliares que realizan una labor jurisdiccional”.

    Consideró que uno de los grandes desafíos en nuestro país es hacer frente a la discriminación, porque “tenemos las normas, podemos tener criterios jurisdiccionales, pero debemos trabajar en la concientización para el respeto a los derechos de todas las personas”.

    Por su parte Fernando Vargas Olvera, de la dirección general del Centro de Estudios Constitucionales y Saberes Jurídicos de la Suprema Corte (CECSJ), señaló que el alto tribunal ha elaborado los «Cuadernos de Jurisprudencia sobre la diversidad sexual, igualdad y no discriminación en género, en materia laboral y libre desarrollo de la personalidad», entre otros.

    Agregó que, desde el CECSJ, “se plantea un respeto a las disidencias y diversidades sexogenéricas; agendas que consideramos son de primera necesidad ante un contexto que sigue marcado aún por la desigualdad”.

    En el Auditorio «José María Iglesias» del edificio sede de la SCJN, Amaranta Gómez Regalado, antropóloga y activista social zapoteca muxe, celebró que desde el máximo tribunal se realicen estos trabajos de reflexión y análisis.

    Al hablar del contexto histórico de la diversidad sexual desde los años noventa a la fecha, así como de los desafíos que se tienen con la comunidad LGBTIQ+, aseveró que se deben reforzar las luchas contra todo tipo de discriminación, así como evidenciar y actuar contra el clasismo y racismo.

    Gómez Regalado afirmó que, desde la creación de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, se contó con un marco legal muy importante que cobijó a muchas poblaciones. “Pocos países tienen este tipo de marcos legales que nos permite avanzar. Es una base que no podemos negociar. Lo logramos, costó mucho esfuerzo llegar ahí y eso nos empuja a seguir trabajando. Ese blindaje legal nos robustece y nos arropa”, concluyó.

    Con este conversatorio, moderado por Gema Tabares Merino, investigadora jurisprudencial, la SCJN ratifica su compromiso por difundir y visibilizar estas identidades desde una perspectiva interseccional, aportando herramientas para promover el pluralismo jurídico y saldar una deuda histórica de reconocimiento y protección legal para las personas disidentes y pertenecientes a la diversidad sexogenérica. –sn–

    Sociedad Noticias

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  4. La dinastía Batres Guadarrama, los que han construido una de las familias más influyentes de la izquierda mexicana

    Los Batres Guadarrama se consolidaron como una de las familias con mayor presencia en la política mexicana. Cuatro hermanos ocupan o han ocupado cargos en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, tras una trayectoria ligada a la izquierda y al movimiento de Andrés Manuel López Obrador.

    Por Gabriela Díaz | Reportera                                           

    La familia Batres Guadarrama se ha convertido en uno de los grupos con mayor presencia dentro de la izquierda mexicana. A lo largo de más de tres décadas, cuatro de sus integrantes han ocupado cargos de relevancia en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, además de organismos públicos y estructuras partidistas.

    Su ascenso político comenzó en los movimientos de izquierda de finales de los años ochenta y se fortaleció con el crecimiento del proyecto encabezado por Andrés Manuel López Obrador, primero en el Partido de la Revolución Democrática (PRD) y posteriormente en Morena.

    Actualmente, la familia mantiene presencia en instituciones clave del Estado mexicano, situación que ha generado tanto reconocimiento por su trayectoria política como cuestionamientos por la concentración de cargos públicos.

    ¿Quiénes integran la familia Batres Guadarrama?

    Los hermanos Batres Guadarrama son hijos del historiador Martí Batres Guadarrama y de Guadalupe Guadarrama, ambos vinculados a movimientos sociales y de izquierda.

    Los cuatro hermanos que han desarrollado carreras políticas son:

    • Martí Batres Guadarrama
    • Lenia Batres Guadarrama
    • Valentina Batres Guadarrama
    • Javier Batres Guadarrama

    Cada uno ha seguido una ruta distinta dentro del servicio público y la actividad política.

    Familia Batres

    Martí Batres, el más conocido de la familia

    Martí Batres Guadarrama nació en 1967 y comenzó su carrera política en organizaciones estudiantiles y de izquierda.

    Militó en el PRD, donde fue dirigente en la Ciudad de México y diputado federal.

    Su cercanía con Andrés Manuel López Obrador se consolidó cuando éste gobernó la entonces Ciudad de México entre 2000 y 2005.

    Posteriormente acompañó a López Obrador en la creación del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), del cual fue uno de sus fundadores y primer presidente nacional entre 2012 y 2015.

    A lo largo de su carrera ha ocupado diversos cargos:

    • diputado federal;
    • diputado local;
    • senador;
    • presidente del Senado de la República;
    • secretario de Gobierno de la Ciudad de México;
    • jefe de Gobierno de la Ciudad de México de manera sustituta tras la salida de Claudia Sheinbaum Pardo para competir por la Presidencia.

    ¿Cuál es su cargo actualmente?

    Actualmente, Martí Batres Guadarrama es director general del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), nombrado por la presidente Claudia Sheinbaum Pardo al inicio de su administración.

    Desde esa posición encabeza el proceso de modernización del instituto, una de las áreas prioritarias del gobierno federal.

    Lenia Batres, ministra de la Suprema Corte

    Lenia Batres Guadarrama es abogada por la Universidad Humanitas y cuenta con una larga trayectoria en temas legislativos, administración pública y políticas urbanas.

    Durante años colaboró en gobiernos de izquierda de la Ciudad de México y también fue asesora legislativa.

    Lenia Batres

    En diciembre de 2023 fue designada ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por el entonces presidente Andrés Manuel López Obrador, tras la falta de consenso en el Senado para elegir a una integrante de la terna enviada por el Ejecutivo.

    Su llegada al máximo tribunal generó un amplio debate político debido a su cercanía con Morena y a su relación familiar con otros servidores públicos.

    Como ministra ha impulsado una visión orientada a la austeridad judicial y ha respaldado diversas posiciones defendidas por el movimiento de la Cuarta Transformación.

    En fechas recientes ha generado discusión pública por plantear, a título personal, la posibilidad de debatir un impuesto a las herencias, propuesta de la que posteriormente se deslindó el gobierno federal.

    Valentina Batres y su trayectoria en la Ciudad de México

    Valentina Batres Guadarrama ha desarrollado principalmente su carrera política en la capital del país.

    Fue diputada local en la entonces Asamblea Legislativa del Distrito Federal y posteriormente en el Congreso de la Ciudad de México.

    Valentina batres

    Ha participado en temas relacionados con desarrollo urbano, vivienda, presupuesto y políticas sociales.

    También ha ocupado responsabilidades dentro de Morena y mantiene una presencia constante en la política capitalina.

    Javier Batres

    El menos mediático de los hermanos es Javier Batres Guadarrama, quien igualmente ha desempeñado funciones en la administración pública y organismos relacionados con políticas sociales y de vivienda.

    Aunque su exposición nacional ha sido menor, también ha formado parte de gobiernos emanados de la izquierda mexicana.

    Su cercanía con López Obrador

    La relación política entre los Batres Guadarrama y Andrés Manuel López Obrador comenzó durante la consolidación de la izquierda electoral en la década de los noventa.

    Cuando López Obrador asumió la dirigencia nacional del PRD y posteriormente la Jefatura de Gobierno del entonces Distrito Federal, varios integrantes de la familia participaron en distintas áreas del movimiento.

    Andrés Manuel López Obrador

    La alianza se fortaleció con la fundación de Morena en 2011, donde Martí Batres desempeñó un papel fundamental en la organización territorial y la construcción del partido.

    Tras el triunfo presidencial de López Obrador en 2018, distintos integrantes de la familia asumieron nuevas responsabilidades públicas.

    Una familia con presencia en tres poderes

    Uno de los aspectos que más ha llamado la atención es que la familia ha llegado a tener representación simultánea en distintos ámbitos del Estado.

    En diferentes momentos han ocupado responsabilidades en:

    • Poder Ejecutivo;
    • Poder Legislativo;
    • Poder Judicial;
    • gobiernos de la Ciudad de México;
    • organismos descentralizados.

    Esta presencia ha provocado críticas de sectores de oposición, que señalan una excesiva concentración de espacios públicos, mientras que sus simpatizantes sostienen que los cargos han sido obtenidos mediante procedimientos legales y con base en la trayectoria política de cada integrante.

    Debate sobre las familias en la política

    La participación de familias completas en la vida pública no es exclusiva de Morena ni de la izquierda mexicana.

    A lo largo de la historia reciente del país han existido diversos grupos familiares con presencia simultánea en distintos niveles de gobierno, tanto en el Partido Revolucionario Institucional (PRI), el Partido Acción Nacional (PAN), el PRD y otras fuerzas políticas.

    En el caso de los Batres Guadarrama, su influencia se explica por una combinación de militancia política de largo plazo, participación en movimientos sociales y cercanía con el proyecto político que llevó a López Obrador a la Presidencia.

    Con el inicio del gobierno de Claudia Sheinbaum Pardo, la familia mantiene presencia en instituciones estratégicas, particularmente a través del ISSSTE y de la Suprema Corte, por lo que continúa siendo uno de los grupos políticos más visibles del país. –sn–

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  5. Ecatepec, sin recursos para garantizar agua potable a su población: Azucena Cisneros

    El Ayuntamiento de Ecatepec pidió a la SCJN modificar el proyecto de resolución de un amparo por agua potable al considerar que cumplir todas las medidas requeriría una inversión superior a 6 mil millones de pesos.

    Por Martín García | Reportero                                      

    Cumplir en su totalidad con el proyecto de resolución de un amparo relacionado con el suministro de agua potable en Ecatepec requeriría una inversión superior a los 6 mil millones de pesos, por lo que el gobierno municipal de Azucena Cisneros Coss solicitó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revisar las medidas propuestas al considerar que su ejecución resulta financieramente inviable.

    En un escrito dirigido al ministro presidente de la SCJN, Hugo Aguilar Ortiz, la presidente Azucena Cisneros Coss expuso que el municipio ya implementó acciones para mejorar el abasto de agua, particularmente en la Quinta Zona, donde viven los 688 habitantes que promovieron el amparo en revisión 13/2026 y que actualmente reciben el servicio mediante la red hidráulica y el suministro con pipas.

    https://sociedad-noticias.com/2023/12/08/la-diputada-azucena-cisneros-es-vinculada-con-lider-criminal-en-un-video/

    La administración municipal sostuvo que ha realizado obras para ampliar la distribución de agua potable y que mantiene un programa de inversión para atender el rezago histórico de infraestructura hidráulica que enfrenta el municipio.

    Gobierno municipal argumenta inviabilidad financiera

    De acuerdo con el documento enviado a la SCJN, una de las principales obligaciones contempladas en el proyecto de resolución es la instalación de medidores en la Quinta Zona, donde habitan alrededor de 681 mil 973 personas.

    El Ayuntamiento estimó que sustituir la totalidad de los medidores representaría una inversión cercana a 2 mil millones de pesos.

    A ello se sumarían otros 4 mil millones de pesos para modernizar la infraestructura hidráulica y cumplir con la Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-2021, que establece los parámetros de calidad del agua para consumo humano.

    https://sociedad-noticias.com/2026/07/14/denuncian-por-presunto-abuso-de-autoridad-a-la-alcaldesa-azucena-cisneros/

    La administración municipal señaló que esa inversión supera ampliamente su capacidad presupuestaria, ya que equivaldría a más del 400 por ciento del presupuesto anual destinado a obra pública.

    Solicitan modificar el proyecto de resolución

    En el escrito, la presidente municipal pidió al ministro presidente de la SCJN considerar la suspensión o modificación del proyecto, debido a la complejidad técnica, económica y material para cumplir de manera inmediata con todos los efectos del amparo.

    Como alternativa, solicitó que se elimine del proyecto la obligación relacionada con el cumplimiento inmediato de la NOM-127-SSA1-2021 o, en caso de aprobarse en sus términos, que se otorgue un plazo de 12 meses para atender las disposiciones judiciales.

    https://sociedad-noticias.com/2024/02/13/investigan-a-grupo-delincuencial-que-presuntamente-financia-a-azucena-cisneros-en-ecatepec/

    Ecatepec asegura avances en el suministro de agua

    El gobierno municipal afirmó que algunas de las medidas contempladas en el proyecto ya se encuentran en ejecución.

    Entre ellas mencionó el suministro diario de 100 litros de agua a las personas promoventes del amparo mediante pipas, así como el fortalecimiento del abastecimiento a través de la red hidráulica en distintos puntos del municipio.

    También informó que mantiene trabajos de rehabilitación de pozos, reparación de fugas, modernización de redes principales de distribución, combate a la extracción ilegal de agua y la construcción del Tanque Maestro de Ciudad Cuauhtémoc.

    Asimismo, indicó que durante este año iniciarán nuevas obras en la Quinta Zona para reducir la escasez que históricamente ha afectado a esa región.

    https://twitter.com/SociedadN_/status/1733218447881052178?s=20

    Señalan rezago acumulado en infraestructura hidráulica

    La administración municipal atribuyó parte de la problemática a la falta de mantenimiento de redes, pozos e infraestructura hidráulica durante administraciones anteriores.

    https://sociedad-noticias.com/2026/04/25/fiesta-de-xv-anos-de-funcionaria-del-gobierno-de-clara-brugada-genera-polemica-por-gasto-millonario/

    Entre los factores que, según el Ayuntamiento, han contribuido al rezago destacan el deterioro de las redes de distribución con más de tres décadas de antigüedad, las fugas, la dependencia del suministro mediante pipas y la extracción ilegal de agua.

    La SCJN mantiene en análisis el amparo en revisión 13/2026, cuyo proyecto de resolución definirá los alcances de las obligaciones que deberá cumplir el gobierno municipal para garantizar el acceso al agua potable de los promoventes. –sn–

    Azucena Cisneros

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  6. :tx: - La SCJN reconoció el autogobierno de la comunidad de La Candelaria, Chiapas, pero también la obligó a rendir cuentas del gasto público y a erradicar prácticas como el matrimonio infantil. El fallo, emitido por unanimidad, ya es jurisprudencia obligatoria en todo el país
    #SCJN #RevistaProceso #LaCandelariaChiapas

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  7. SCJN impide suspensiones contra declaración patrimonial de agentes aduaneros

    La SCJN determinó que los agentes aduaneros no podrán obtener suspensiones provisionales para evitar presentar su declaración patrimonial conforme a la Ley Aduanera.

    Por Martín García | Reportero                                      

    Los agentes aduaneros ya no podrán frenar mediante suspensiones provisionales la obligación de presentar su declaración patrimonial, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció un criterio que impide conceder esa medida cautelar en los juicios promovidos contra la disposición prevista en la Ley Aduanera.

    La determinación fortalece la aplicación de la reforma publicada el 19 de noviembre de 2025 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la cual incorporó nuevas obligaciones de transparencia para quienes ejercen funciones aduaneras en el país.

    Con este criterio, los agentes aduaneros deberán cumplir con la presentación anual de su información patrimonial mientras se resuelven de fondo los procesos legales que, en su caso, hayan promovido.

    Reforma obliga a declarar patrimonio y posibles conflictos de interés

    La modificación a la fracción XII del artículo 160 de la Ley Aduanera establece que los agentes aduaneros deberán presentar cada año su declaración patrimonial, incluyendo información sobre su patrimonio, el de su pareja y el de sus dependientes económicos.

    La disposición fija como fecha límite para cumplir con esta obligación los primeros diez días de marzo del año siguiente al ejercicio correspondiente.

    Criterio limita el otorgamiento de medidas cautelares

    Con el criterio emitido por la SCJN, los juzgados ya no podrán conceder suspensiones provisionales que permitan a los agentes aduaneros dejar de cumplir temporalmente con esta obligación mientras se desarrolla el juicio constitucional.

    La decisión no resuelve el fondo de los asuntos promovidos contra la reforma, pero sí impide que la obligación quede sin efecto durante la tramitación de los procedimientos judiciales.

    Buscan fortalecer la transparencia en las aduanas

    La reforma forma parte de las medidas orientadas a reforzar los mecanismos de control, rendición de cuentas y transparencia en las actividades aduaneras.

    La obligación de presentar declaraciones patrimoniales busca facilitar la supervisión de la evolución patrimonial de los agentes aduaneros y fortalecer la vigilancia sobre posibles conflictos de interés en una actividad considerada estratégica para el comercio exterior y la recaudación fiscal. –sn–

    Aduana

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  8. Denuncian por abuso de autoridad a la alcaldesa Azucena Cisneros

    Cinco vecinos de Ecatepec denunciaron a la alcaldesa Azucena Cisneros por presunto abuso de autoridad y pidieron a la SCJN revisar dos amparos relacionados con el suministro de agua potable.

    Por Martín García | Reportero                                      

    Cinco habitantes de Ecatepec denunciaron por presunto abuso de autoridad a la presidenta municipal Azucena Cisneros Coss, al asegurar que fueron inducidos a firmar documentos con los que supuestamente desistían de los amparos que obligan al Ayuntamiento a garantizarles el suministro permanente de agua potable.

    https://sociedad-noticias.com/2024/02/10/asesinan-en-ecatepec-a-aspirante-a-diputado-federal-ligan-a-azucena-cisneros-por-este-hecho/

    Los inconformes sostienen que fueron engañados para suscribir esos documentos, lo que, afirman, puso en riesgo los recursos legales mediante los cuales buscan que el gobierno municipal cumpla con el abastecimiento de agua limpia a través de la red hidráulica.

    Ante esta situación, el caso fue llevado ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para solicitar la revisión de dos juicios de amparo relacionados con el presunto incumplimiento de las resoluciones judiciales.

    Piden a la SCJN revisar dos expedientes

    La diputada local Miriam Silva informó que los promoventes solicitaron la intervención del máximo tribunal del país debido a que, según argumentan, el Ayuntamiento no ha acatado las sentencias que ordenan proporcionar de manera permanente agua potable a los quejosos.

    https://sociedad-noticias.com/2026/04/25/fiesta-de-xv-anos-de-funcionaria-del-gobierno-de-clara-brugada-genera-polemica-por-gasto-millonario/

    De acuerdo con la legisladora, el ministro presidente de la SCJN, Hugo Aguilar Ortiz, recibió la solicitud de revisión correspondiente al amparo 13/2026, mientras que la ministra Lenia Batres Guadarrama atrajo el expediente relacionado con el amparo 14/2026.

    https://sociedad-noticias.com/2024/02/19/denuncian-a-la-diputada-azucena-cisneros-por-desvio-de-recursos/

    Denuncia por presunto abuso de autoridad

    Además del procedimiento constitucional, los vecinos presentaron una denuncia por presunto abuso de autoridad en contra de la alcaldesa, al considerar que existieron irregularidades en la obtención de las firmas relacionadas con los desistimientos.

    Los promoventes buscan que continúe vigente la protección judicial obtenida mediante los amparos y que el Ayuntamiento cumpla con el suministro de agua potable conforme a las resoluciones emitidas por los tribunales.

    https://twitter.com/SociedadN_/status/1733218447881052178?s=20

    Ayuntamiento no ha fijado postura

    Hasta el momento, el Ayuntamiento de Ecatepec no ha informado públicamente una postura sobre las acusaciones formuladas por los habitantes ni sobre la denuncia presentada en contra de la presidenta municipal.

    El análisis de los expedientes por parte de la SCJN permitirá determinar si procede revisar las resoluciones relacionadas con los amparos promovidos por los vecinos para garantizar el acceso al agua potable. –sn–

    Azucena Cisneros

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  9. :tx: - La SCJN reconoció el autogobierno de la comunidad de La Candelaria, Chiapas, pero también la obligó a rendir cuentas del gasto público y a erradicar prácticas como el matrimonio infantil. El fallo, emitido por unanimidad, ya es jurisprudencia obligatoria en todo el país
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  10. SCJN garantiza derecho de menores a viajar al resolver disputa por patria potestad

    La SCJN fortaleció el interés superior de la niñez al establecer que la patria potestad no puede limitar injustificadamente el desarrollo y la movilidad de niñas y menores.

    Por Martín García | Reportero                                      

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una resolución que refuerza el principio del interés superior de la niñez al establecer que la patria potestad no puede ejercerse como un mecanismo para restringir, sin justificación, el desarrollo y la movilidad de niñas, niños y adolescentes.

    El criterio del máximo tribunal surgió de un litigio familiar en el que se discutía la posibilidad de que una menor viajara al extranjero. En su análisis, la Corte concluyó que las decisiones relacionadas con los hijos deben privilegiar sus derechos y bienestar por encima de los desacuerdos entre los padres.

    La resolución representa un precedente en materia de derecho familiar al colocar en el centro de las decisiones judiciales los derechos de la infancia, en lugar de los intereses particulares de los adultos involucrados.

    El interés superior de la niñez prevalece

    La SCJN determinó que los conflictos derivados del ejercicio de la patria potestad deben resolverse con base en el interés superior de la niñez, principio reconocido por la Constitución y por los tratados internacionales suscritos por México.

    Bajo este criterio, impedir que una niña o un menor viaje o tenga acceso a experiencias que favorezcan su desarrollo personal únicamente por diferencias entre quienes ejercen la patria potestad puede resultar contrario a sus derechos, cuando no exista un riesgo acreditado para su integridad o bienestar.

    La decisión reafirma que la patria potestad implica derechos, pero también obligaciones orientadas a proteger el desarrollo integral de los menores.

    Un precedente para el derecho familiar

    Especialistas consideran que este criterio fortalece la interpretación de los tribunales familiares al recordar que las controversias entre los padres no deben convertirse en un obstáculo para el ejercicio de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

    La resolución también reconoce que el desarrollo integral de los menores puede incluir oportunidades educativas, culturales y sociales fuera de su lugar de residencia, siempre que estas se encuentren debidamente justificadas y garanticen su protección.

    Con ello, la Corte consolida una interpretación que prioriza los derechos de la infancia sobre visiones patrimonialistas de la patria potestad.

    Derechos por encima del conflicto

    El fallo del máximo tribunal establece que el objetivo de las resoluciones judiciales en materia familiar no consiste en favorecer a uno de los progenitores, sino en garantizar que las decisiones respondan al bienestar de los menores.

    Este precedente podría orientar futuros litigios relacionados con autorizaciones de viaje, cambios de residencia y otras decisiones familiares en las que exista desacuerdo entre quienes ejercen la patria potestad.

    La resolución reafirma que la protección de niñas, niños y adolescentes exige analizar cada caso desde la perspectiva de sus derechos, privilegiando siempre su desarrollo integral y su interés superior. –sn–

    Avion de Arajet

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  11. SCJN inicia receso con más de 800 casos pendientes y 63 asuntos urgentes

    La SCJN iniciará su receso de 2026 con más de 800 expedientes pendientes y deberá resolver 63 asuntos prioritarios sobre prisión preventiva e IVA en aduanas antes de que concluya el año.

    Por Martín García | Reportero                                      

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) iniciará el próximo miércoles su primer periodo de receso de 2026 con una carga superior a 800 expedientes pendientes de resolución, entre ellos 63 asuntos considerados prioritarios debido a que sus plazos constitucionales concluyen antes de finalizar el año.

    Al reanudar actividades el próximo 3 de agosto, el máximo tribunal del país enfrentará un periodo de alta actividad para emitir sentencias en casos tributarios y penales que permanecen sin resolución, algunos de ellos heredados de la integración anterior del pleno.

    La acumulación de expedientes ocurre cuando la actual conformación de la Corte está próxima a cumplir un año en funciones, mientras diversos litigios de alto impacto económico y constitucional continúan a la espera de un criterio definitivo.

    Prisión preventiva e IVA, entre los casos más relevantes

    Entre los asuntos que deberá resolver la SCJN destacan expedientes iniciados desde 2023 relacionados con la aplicación de la prisión preventiva oficiosa, tema que ha generado un amplio debate jurídico sobre su compatibilidad con los derechos humanos y los estándares internacionales.

    Otro de los casos de mayor relevancia corresponde al denominado doble cobro del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en operaciones aduaneras.

    Este expediente permanece pendiente desde 2024 y su resolución podría tener implicaciones fiscales por más de 44 mil millones de pesos, al definir el criterio que deberán seguir las autoridades tributarias y los tribunales en controversias similares.

    Contrarreloj para cumplir plazos constitucionales

    La Corte deberá organizar sus sesiones a partir de agosto para atender los expedientes cuyo plazo legal vence durante el segundo semestre del año, con el propósito de evitar mayores rezagos en la resolución de asuntos de trascendencia nacional.

    Además de los efectos jurídicos para las partes involucradas, las resoluciones pendientes contribuirán a fijar precedentes obligatorios en materias como justicia penal, derechos fundamentales, política tributaria y seguridad jurídica.

    Las decisiones que adopte el máximo tribunal también podrían incidir en futuros litigios promovidos por particulares, empresas y autoridades fiscales, especialmente en los casos relacionados con la interpretación de disposiciones constitucionales.

    Receso no suspende labores administrativas

    Aunque el pleno de la SCJN entrará en receso, el Poder Judicial mantiene diversas actividades administrativas y de atención institucional durante este periodo, mientras se prepara la agenda jurisdiccional para el inicio del siguiente ciclo de sesiones.

    El regreso de los ministros el 3 de agosto marcará el inicio de una etapa clave para desahogar asuntos acumulados y emitir resoluciones en casos que han permanecido pendientes durante varios meses. –sn–

    Pleno de la SCJN

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  12. Rubén Moreira rechaza gravar herencias, Afores e indemnizaciones laborales

    Rubén Moreira rechazó gravar herencias, Afores e indemnizaciones laborales y criticó el planteamiento de abrir el debate sobre un impuesto a las herencias.

    Por Gabriela Díaz | Reportera                                           

    El coordinador del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (PRI) en la Cámara de Diputados, Rubén Moreira Valdez, manifestó su rechazo a cualquier propuesta que busque gravar las herencias, las indemnizaciones laborales o los recursos acumulados en las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores), al considerar que representan el patrimonio construido por millones de familias mexicanas.

    Durante el programa Con Peras, Manzanas y Naranjas, el legislador sostuvo que este tipo de planteamientos partirían de la idea de considerar esos bienes como una «riqueza no merecida», con el propósito de justificar nuevos impuestos para incrementar la recaudación del Estado.

    Critica declaraciones de Lenia Batres

    Moreira Valdez cuestionó las declaraciones de la ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Lenia Batres, quien planteó la posibilidad de abrir el debate sobre un impuesto a las herencias.

    El diputado afirmó que una medida de ese tipo afectaría principalmente a las familias trabajadoras y a la clase media, al tratarse de bienes obtenidos tras años de ahorro y esfuerzo.

    Asimismo, señaló que las Afores y las indemnizaciones laborales corresponden a recursos generados por los propios trabajadores, por lo que consideró que establecer nuevos gravámenes sobre esos conceptos sería una medida injusta.

    Advierte sobre posibles iniciativas

    El legislador sostuvo que las declaraciones de la ministra no deben interpretarse como una opinión aislada, al considerar que podría impulsarse una iniciativa en ese sentido desde el ámbito legislativo.

    Explicó que el patrimonio familiar suele construirse con el trabajo de varios integrantes del hogar y con años de ahorro para adquirir una vivienda o un terreno que posteriormente se hereda a las siguientes generaciones.

    Especialistas cuestionan un posible impuesto

    Durante el mismo programa, el abogado Miguel Ángel Sulub señaló que los grandes patrimonios suelen transmitirse mediante mecanismos legales como fideicomisos, por lo que un impuesto a las herencias podría recaer principalmente sobre familias de ingresos medios y bajos.

    Por su parte, el economista Mario Di Costanzo consideró que gravar las herencias podría generar dificultades para quienes reciben una vivienda o un terreno y no cuentan con recursos suficientes para cubrir un nuevo impuesto.

    Hasta el momento, no existe una iniciativa aprobada en el Congreso de la Unión para establecer un impuesto federal a las herencias, ni modificaciones legales que contemplen gravámenes sobre las Afores o las indemnizaciones laborales. –sn–

    Sociedad Noticias

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  13. ¿El delito de peculado prescribe en México?

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el delito de peculado no puede ser imprescriptible e invalidó una disposición del Código Penal de Colima que permitía perseguirlo sin límite de tiempo.

    Por Martín García | Reportero                                      

    El pasado 9 de abril de 2026, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió, por una mayoría de seis votos contra tres, que el delito de peculado sí puede prescribir, al declarar inconstitucional una disposición del Código Penal del Estado de Colima que establecía que ese ilícito podía perseguirse de manera indefinida.

    La resolución precisa que la imprescriptibilidad no puede extenderse al delito de peculado, ya que esa figura jurídica está reservada para conductas de excepcional gravedad reconocidas por el derecho internacional, como el genocidio y los crímenes de lesa humanidad.

    El fallo deriva de un juicio de amparo promovido por dos exfuncionarias del municipio de Villa de Álvarez, Colima, quienes impugnaron la constitucionalidad del artículo que hacía imprescriptible ese delito en la entidad.

    ¿Qué es el delito de peculado?

    El peculado es un delito cometido por servidores públicos que consiste en apropiarse, utilizar, desviar o permitir el uso indebido de recursos públicos, dinero, bienes o cualquier patrimonio que les haya sido confiado con motivo de su cargo.

    La legislación penal también contempla diversas modalidades de este ilícito, entre ellas el denominado peculado por omisión, cuando un servidor público incumple obligaciones legales relacionadas con la administración o resguardo de recursos públicos, favoreciendo su uso indebido.

    El delito forma parte de los ilícitos relacionados con hechos de corrupción y puede ser sancionado con penas de prisión, multas, reparación del daño e inhabilitación para ejercer cargos públicos, dependiendo de la legislación aplicable y de las circunstancias del caso.

    La Corte descarta que sea un delito imprescriptible

    Durante la discusión, la mayoría de los ministros sostuvo que la imprescriptibilidad únicamente procede para delitos considerados de extrema gravedad por el derecho internacional, por lo que mantener esa condición para el peculado vulnera el principio de seguridad jurídica.

    La SCJN también subrayó que los delitos relacionados con corrupción deben investigarse y sancionarse, pero dentro de los plazos de prescripción establecidos en la legislación penal.

    El peculado sigue siendo un delito

    La resolución no elimina el delito de peculado ni impide que las autoridades continúen investigando y sancionando actos de corrupción.

    Lo que determinó el Máximo Tribunal es que el peculado deberá sujetarse a las reglas generales de prescripción previstas en la legislación penal correspondiente, cuyos plazos varían de acuerdo con la pena establecida y las particularidades de cada proceso.

    Por ello, la decisión no significa que todos los casos de peculado queden automáticamente prescritos, sino que cada expediente deberá analizarse conforme a las normas aplicables y las actuaciones realizadas por las autoridades.

    Amparo benefició a dos exfuncionarias de Colima

    La resolución tuvo su origen en un amparo promovido por dos exfuncionarias del municipio de Villa de Álvarez, quienes cuestionaron la constitucionalidad del artículo que permitía perseguir el delito de peculado sin límite de tiempo.

    La SCJN les concedió el amparo respecto de esa disposición, al invalidar la imprescriptibilidad del delito en Colima. No obstante, mantuvo vigente la tipificación del peculado por omisión, por lo que esa conducta continúa siendo sancionable conforme a la legislación penal. –sn–

    Pleno de la SCJN

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  14. Opinión | Jorge Santa Cruz | Peligroso paroxismo patriotero

    México actúa en el mundo como enemigo de los Estados Unidos.

    Por Jorge Santa Cruz                                   

    La negativa del presidente de los Estados Unidos, Donald Trump, de renovar el tratado comercial suscrito en 2020 por México, Estados Unidos y Canadá ─diseñado, por cierto al gusto del republicano─ era absolutamente previsible porque el gobierno mexicano interviene todos los días en la política interna estadounidense.

    A Trump se le niega la extradición de presuntos narcopolíticos mexicanos; se le exigen pruebas de que el Cártel Jalisco Nueva Generación ha financiado procesos electorales y se le acusa de proteger al Cártel de Sinaloa; se le desafía en reuniones con enemigos declarados de Estados Unidos; se recibe a criminales en las embajadas mexicanas y, por si faltara algo, se habla de intervención y de invasión.

    La ocupante de Palacio Nacional, Claudia Sheinbaum, soltó en su conferencia matutina de este lunes (06.07.2026), que su gobierno dará a conocer la información de cómo fue sacado del país el cofundador del Cártel de Sinaloa, Ismael el Mayo Zambada.

    Ismael «El Mayo» Zambada

    Lo hará, según dijo, para que se esclaresca el asunto y se respete la soberanía nacional, ya la colaboración no puede justificar la invasión y el intervencionismo:

    “No puede justificar la invasión, la injerencia. No lo puede justificar, porque, como lo he dicho siempre, la cooperación, la colaboración con Estados Unidos y todas sus instituciones par el tema de seguridad, esa seguimos avanzando; pero es cooperación sin subordinación, es colaboración, sin injerencismo. Y eso le ha quedado claro a todos”.

    Sheinbaum anticipó que mañana se presentará “lo que se dijo en su momento y lo que se dice ahora. ¿Quién mintió?”. Veremos cómo le responden desde Washington.

    En ese torbellino populista, irresponsable y patriotero lo único que falta es que el maximato le declare la guerra a los Estados Unidos. 

    * Periodista y académico universitario | @JorgeSantaCruz1

    Columna anterior: Frenado, por ahora, el impuesto a las herencias

    (El presente artículo se publicó de manera original en Sin Compromisos).

    El periodista Jorge Santa Cruz

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  15. SCJN analizará si las abejas pueden ser reconocidas como sujetos de derechos en un caso impulsado por comunidades mayas

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revisará un amparo promovido por comunidades mayas de Campeche que buscan que las abejas sean reconocidas como sujetos de derechos. El caso podría establecer un precedente sobre la protección de la naturaleza y los derechos bioculturales en México.

    Por Martín García | Reportero                                      

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revisará por primera vez un caso que podría transformar la protección jurídica de la naturaleza en México, al analizar si las abejas pueden ser reconocidas como sujetos de derechos y, con ello, permitir que comunidades indígenas las representen legalmente para exigir medidas que garanticen su conservación.

    El asunto corresponde al amparo en revisión 790/2025, promovido por comunidades mayas del municipio de Hopelchén, Campeche, que sostienen una relación ancestral con la abeja melipona, especie considerada fundamental para su identidad cultural, económica y ambiental.

    Con esta decisión, el máximo tribunal del país abrirá el debate sobre el alcance de los derechos de la naturaleza, la representación legal de especies animales y el papel de los pueblos indígenas como guardianes de los ecosistemas.

    La Corte revisará un caso sin precedente

    El Pleno de la SCJN acordó atraer el expediente con ocho votos a favor y uno en contra, a propuesta del presidente del tribunal, Hugo Aguilar Ortiz, y del ministro Irving Espinosa Betanzo.

    Durante la sesión, Espinosa explicó que el caso permitirá analizar diversos temas de relevancia constitucional, entre ellos la relación histórica entre el pueblo maya y las abejas, así como la posibilidad de que las comunidades indígenas actúen como representantes legales de la naturaleza.

    También señaló que la resolución permitirá definir cuál debe ser la actuación del Estado frente a la actual crisis ecológica.

    Por su parte, el ministro Arístides Guerrero García indicó que el asunto ofrece la oportunidad de establecer un criterio sobre la protección jurídica de la abeja melipona mediante el reconocimiento de los derechos bioculturales de los pueblos indígenas que históricamente han preservado esta especie.

    ¿Qué implica reconocer a las abejas como sujetos de derechos?

    Si la Corte determina que las abejas pueden ser consideradas sujetos de derechos, sus cuidadores o representantes podrían acudir a los tribunales para promover acciones legales destinadas a protegerlas frente a actividades que amenacen su supervivencia o deterioren su hábitat.

    La resolución también podría influir en futuros litigios ambientales relacionados con la conservación de especies y ecosistemas, al ampliar las herramientas jurídicas disponibles para su defensa.

    SCJN también revisará casos sobre la protección de los cenotes en Yucatán

    En la misma sesión, la SCJN acordó atraer otros dos amparos promovidos por habitantes del pueblo maya de Homún, Yucatán, relacionados con la protección de la Reserva Geohidrológica Anillo de los Cenotes.

    El primero corresponde al amparo en revisión 138/2025, promovido por el colectivo conocido como Guardianes de los Cenotes, que solicita reconocer personalidad jurídica a la reserva natural y la custodia indígena como mecanismos para proteger el acuífero frente a riesgos de contaminación derivados de actividades industriales.

    Los promoventes argumentan que estas medidas fortalecerían la protección del derecho a un medio ambiente sano y de los derechos bioculturales del pueblo maya.

    Revisarán el caso de la megagranja porcícola en Homún

    El Pleno también revisará el amparo en revisión 195/2025, derivado de un litigio iniciado en 2018 por menores de edad de la comunidad maya de Homún, quienes obtuvieron la suspensión de operaciones de la megagranja porcícola Producción Alimentaria Porcícola (PAPO).

    En este expediente, la Corte analizará si la autorización, instalación y funcionamiento de la granja dentro del Anillo de Cenotes, sitio protegido por la Convención Ramsar, representa un riesgo para los recursos hídricos y el ecosistema de la región.

    Asimismo, deberá determinar si esa actividad vulnera derechos fundamentales como el acceso al agua, a un medio ambiente sano, a la salud, a la niñez y a la identidad cultural de la comunidad maya.

    Las resoluciones que emita la SCJN en estos tres asuntos podrían sentar precedentes relevantes para la protección ambiental, los derechos de los pueblos indígenas y el reconocimiento jurídico de la naturaleza en México. –sn–

    Abeja en jardín | @SociedadN_

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  16. SCJN participará como observadora en consulta para la primera Ley General de Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación anunció que participará como observadora en la consulta para elaborar la primera Ley General de Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, durante un foro sobre justicia pluricultural realizado con comunidades de Chiapas.

    Por Martín García | Reportero                                      

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anunció que participará como observadora en el proceso de consulta para la elaboración de la primera Ley General de Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, una iniciativa que busca fortalecer el reconocimiento de los derechos colectivos y la justicia pluricultural en México.

    El anuncio fue realizado por el ministro presidente de la SCJN, Hugo Aguilar Ortiz, durante la clausura del foro «Pluriversos de la justicia, Modevite: la lucha por la vida y el territorio», organizado por el Centro de Estudios Constitucionales (CECSJ) y el Movimiento en Defensa de la Vida y el Territorio (Modevite).

    El encuentro reunió durante dos días a representantes de comunidades tseltales, tsotsiles y ch’oles de 13 municipios de Los Altos y la Selva de Chiapas para analizar los desafíos que enfrentan los pueblos indígenas frente a proyectos extractivos y la defensa de sus territorios.

    Corte acompañará la consulta nacional

    Hugo Aguilar Ortiz destacó que México contará por primera vez con una legislación general dedicada a los pueblos indígenas y afromexicanos, por lo que calificó el proceso como un hecho histórico.

    Explicó que la participación de la SCJN como observadora busca contribuir a que la futura legislación refleje la realidad de las comunidades y fortalezca la protección de sus derechos.

    El ministro presidente señaló que conocer las necesidades y particularidades de cada pueblo permitirá que las resoluciones del máximo tribunal sean más cercanas y útiles para quienes históricamente han enfrentado condiciones de exclusión.

    Foro abordó autonomía y defensa del territorio

    Durante el encuentro se analizaron temas relacionados con la autonomía de los pueblos indígenas, la defensa del territorio, los derechos de la naturaleza y los mecanismos jurídicos para proteger los derechos colectivos.

    Además de las mesas de trabajo, el programa incluyó una ceremonia maya, una exposición fotográfica y un laboratorio de reflexión jurídica enfocado en la construcción de estrategias para fortalecer la defensa legal de las comunidades indígenas.

    Buscan fortalecer una justicia pluricultural

    El director general del Centro de Estudios Constitucionales de la SCJN, Orlando Aragón Andrade, afirmó que la nueva etapa de la justicia constitucional busca consolidar una visión pluricultural basada en la igualdad sustantiva y el acceso efectivo a la justicia.

    Por su parte, Pascuala Vázquez Aguilar, representante del gobierno comunitario de Chilón e integrante de Modevite, reconoció la apertura de la Suprema Corte para establecer un diálogo directo con los pueblos indígenas y afromexicanos.

    Estrategia de acercamiento con comunidades

    La SCJN informó que este foro forma parte del Plan Estratégico 2025-2027, cuyo objetivo es fortalecer una justicia más cercana a la población mediante el diálogo con comunidades indígenas, organizaciones sociales y especialistas.

    En el evento también participaron investigadores, académicos y representantes de diversas instituciones vinculadas con los derechos de los pueblos originarios y la defensa del territorio. –sn–

    Pleno de la SCJN

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  17. Sheinbaum rechaza propuesta de gravar las herencias y aclara que no forma parte del gobierno federal

    Sheinbaum Pardo expresó su desacuerdo con la propuesta de aplicar impuestos a las herencias y aclaró que se trata de una postura personal de la ministra Lenia Batres Guadarrama, la cual no comparte el gobierno federal.

    Por Paola Ramírez | Reportera                                                       

    La presidente Claudia Sheinbaum Pardo rechazó la propuesta de gravar las herencias y aseguró que esa iniciativa no forma parte de la política del gobierno federal.

    https://www.youtube.com/watch?v=o8X5qPz8euU&time_continue=2042&source_ve_path=NzY3NTg&embeds_referring_euri=https%3A%2F%2Fsociedad-noticias.com%2F

    Durante su conferencia de prensa de este jueves, la mandataria explicó que el planteamiento corresponde a una opinión de la ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Lenia Batres Guadarrama, quien tiene derecho a expresar sus puntos de vista.

    https://sociedad-noticias.com/2026/07/08/lenia-batres-defiende-cobrar-impuestos-a-las-herencias-y-a-recursos-de-afore-heredados/

    Gobierno federal descarta impulsar esa medida

    Sheinbaum precisó que, aunque respeta la libertad de expresión de la ministra, el gobierno federal no comparte esa postura.

    «La ministra tiene derecho a expresar sus opiniones, pero nosotros no estamos de acuerdo», señaló al ser cuestionada sobre la posibilidad de establecer un impuesto a las herencias.

    La presidente dejó en claro que esa propuesta no forma parte de la agenda ni de las iniciativas que impulsa su administración.

    https://sociedad-noticias.com/2026/07/09/conferencia-presidencial-de-claudia-sheinbaum-de-este-jueves-09-de-julio-2026/

    Debate surgió tras declaraciones de Lenia Batres

    Las declaraciones de Sheinbaum se producen luego de que la ministra Lenia Batres Guadarrama manifestara públicamente su opinión sobre la posibilidad de establecer gravámenes a las herencias como parte de un debate sobre justicia fiscal.

    No obstante, la mandataria reiteró que esa posición corresponde exclusivamente a la ministra y no representa la postura oficial del gobierno federal. –sn–

    Lenia Batres

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  18. SCJN revisará sentencia que ordenó crear la Comisión para la Verdad del Caso Ayotzinapa

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación admitió cuatro recursos de revisión extraordinaria para analizar la sentencia que ordenó crear la Comisión para la Verdad y Justicia del Caso Iguala. El máximo tribunal revisará de manera excepcional un fallo que ya había quedado firme.

    Por Martín García | Reportero                                      

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió cuatro recursos de revisión extraordinaria mediante los cuales analizará la sentencia que ordenó la creación de la Comisión para la Verdad y Acceso a la Justicia del Caso Ayotzinapa (Covaj), relacionada con la desaparición de los 43 estudiantes de la Escuela Normal Rural Raúl Isidro Burgos de Ayotzinapa.

    Con esta determinación, el máximo tribunal del país revisará de manera excepcional una resolución emitida por un tribunal colegiado que ya había adquirido firmeza, al considerar que existen elementos jurídicos que ameritan analizar nuevamente el caso.

    ¿Qué revisará la Suprema Corte?

    Los recursos de revisión extraordinaria permiten que la SCJN examine, en circunstancias específicas, una sentencia de amparo definitiva cuando una persona que debió participar en el procedimiento judicial no fue debidamente emplazada y esa omisión pudo afectar sus derechos procesales.

    Este mecanismo no implica que el fallo quede sin efectos de manera automática, sino que el máximo tribunal determine si existieron violaciones procesales que justifiquen reabrir el análisis del asunto.

    La sentencia dio origen a la Covaj

    La resolución que ahora será revisada ordenó la creación de la Comisión para la Verdad y Acceso a la Justicia del Caso Ayotzinapa, mecanismo establecido para coordinar las investigaciones sobre la desaparición de los 43 estudiantes ocurrida en septiembre de 2014 en Iguala, Guerrero.

    La Covaj fue creada con el objetivo de impulsar nuevas líneas de investigación, coordinar a distintas instituciones y contribuir al esclarecimiento de uno de los casos más relevantes en materia de derechos humanos en México.

    Analizarán posibles afectaciones al debido proceso

    Con la admisión de los recursos, la SCJN deberá determinar si durante el juicio de amparo existieron personas cuyos derechos pudieron verse afectados al no haber sido llamadas oportunamente al procedimiento.

    La resolución que emita la Corte definirá si la sentencia debe mantenerse o si procede algún ajuste derivado de las presuntas irregularidades procesales planteadas en los recursos extraordinarios. –sn–

    Marcha Ayotzinapa

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  19. Yasmín Esquivel llama a fortalecer la preparación de los abogados durante encuentro por su día

    La ministra de la Suprema Corte, Yasmín Esquivel Mossa, se reunió con integrantes del gremio jurídico con motivo del Día del Abogado. Durante el encuentro afirmó que la preparación constante y la vocación de servicio son fundamentales para fortalecer las instituciones.

    Por Martín García | Reportero                                      

    La ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Yasmín Esquivel Mossa, se reunió con integrantes del gremio jurídico en el marco del Día del Abogado, donde subrayó la importancia de la capacitación permanente y la vocación de servicio para contribuir al fortalecimiento de las instituciones del país.

    A través de un mensaje difundido en su cuenta oficial de X, la ministra señaló que el ejercicio de la abogacía exige preparación constante y compromiso con la sociedad, al destacar el papel que desempeñan los profesionales del derecho en la consolidación del Estado de derecho.

    Conabogacía convocó al encuentro

    La reunión conmemorativa fue convocada por el presidente del Consejo Nacional de la Abogacía (Conabogacía), Jorge Ricardo García Villalobos Haddad, y reunió a representantes del ámbito jurídico y judicial.

    Entre los asistentes figuraron la consejera jurídica del Ejecutivo Federal, Ernestina Godoy Ramos; el vicepresidente de Conabogacía, Rufino H. León Tovar; y la presidente del Tribunal de Disciplina Judicial, Celia Maya García, además de otros integrantes del gremio.

    Reconocen la labor de los profesionales del derecho

    Durante la conmemoración del Día del Abogado, los participantes intercambiaron puntos de vista sobre la relevancia de la profesión y los retos que enfrenta el sistema de justicia en México.

    En su publicación, Esquivel Mossa reiteró que la formación continua y el compromiso ético de los abogados son elementos indispensables para consolidar instituciones sólidas y fortalecer la impartición de justicia. –sn–

    Yasmín Esquivel

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  20. Lenia Batres defiende cobrar impuestos a las herencias y a recursos de Afore heredados

    La ministra Lenia Batres sostuvo que gravar las herencias, incluidos los recursos de cuentas de Afore entregados a beneficiarios, ayudaría a reducir la desigualdad. Aclaró que la decisión corresponde al Poder Legislativo y no a la Suprema Corte.

    Por Martín García | Reportero                                      

    La ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Lenia Batres Guadarrama, defendió su postura a favor de que las herencias y los legados paguen impuestos, incluidos los recursos acumulados en las cuentas de las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afore) que son entregados a los beneficiarios de una persona fallecida.

    La ministra explicó que su posición quedó reflejada durante la discusión de un asunto resuelto la semana pasada por el Pleno de la SCJN, en el que fue la única integrante que votó a favor de un proyecto que planteaba eliminar la exención fiscal para este tipo de bienes.

    Batres precisó que su voto no implica crear un nuevo impuesto, ya que esa facultad corresponde exclusivamente al Poder Legislativo.

    Considera que gravar herencias puede reducir la desigualdad

    Al explicar los motivos de su postura, la ministra señaló que la mayoría de los países aplican algún tipo de impuesto sobre las herencias y sostuvo que este mecanismo constituye una herramienta para disminuir la concentración de la riqueza y combatir la desigualdad.

    Indicó que el debate debe darse en el ámbito legislativo, donde corresponde definir si las herencias y los recursos heredados de cuentas de Afore deben mantenerse exentos o incorporarse al régimen tributario.

    La SCJN no puede crear impuestos

    Batres enfatizó que la Suprema Corte no tiene facultades para establecer contribuciones fiscales, sino únicamente para revisar la constitucionalidad de las normas vigentes cuando son impugnadas mediante los mecanismos legales correspondientes.

    En ese sentido, señaló que su voto se orientó a no mantener la exención prevista para las herencias y los recursos provenientes de cuentas de Afore, al considerar que corresponde al Congreso de la Unión analizar y, en su caso, legislar sobre ese tema.

    Debate sobre el tratamiento fiscal de las herencias

    El posicionamiento de la ministra reavivó el debate sobre el tratamiento fiscal de las herencias en México, donde actualmente no existe un impuesto federal general aplicable a los bienes heredados.

    Cualquier modificación al régimen fiscal de las herencias o de los recursos provenientes de las Afore requeriría una reforma aprobada por el Poder Legislativo, ya que la SCJN únicamente puede interpretar y aplicar el marco jurídico vigente. –sn–

    Lenia Batres

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  21. SCJN ordena al TFJA resolver despidos y no renovación de nombramientos en la FGR

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) debe conocer los juicios promovidos por agentes del Ministerio Público y personal sustantivo de la Fiscalía General de la República (FGR) relacionados con su separación del cargo.

    Por Martín García | Reportero                                      

    Los integrantes del personal sustantivo de la Fiscalía General de la República (FGR) que impugnen la no renovación de su nombramiento, su separación del cargo o el pago de prestaciones deberán acudir al Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), resolvió este martes la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

    El fallo establece que el TFJA es la autoridad competente para conocer estos litigios, al considerar que la autonomía constitucional de la FGR no elimina el derecho de sus servidores públicos a acceder a un control jurisdiccional sobre las decisiones administrativas que afectan su permanencia en el cargo.

    La resolución deriva de tres juicios de amparo promovidos por agentes del Ministerio Público cuyos recursos fueron desechados por distintas Salas Regionales del TFJA, al estimar que carecían de competencia porque la FGR no forma parte de la administración pública federal.

    La Corte garantiza el acceso a la justicia

    Al analizar los casos, el Pleno de la SCJN concluyó que, aunque la Constitución no atribuye expresamente esta competencia al TFJA cuando intervienen órganos constitucionales autónomos, tampoco existe una disposición que la otorgue a otro tribunal.

    Por ello, retomó el criterio jurisprudencial de competencia «por afinidad», mediante el cual los tribunales contenciosos administrativos conocen de controversias relacionadas con la separación de integrantes de instituciones de seguridad y procuración de justicia.

    La Corte precisó que la autonomía constitucional de la FGR tiene como propósito fortalecer la investigación y persecución de los delitos, pero no impedir que las decisiones administrativas sean revisadas por un órgano jurisdiccional.

    Asimismo, determinó que reclamar prestaciones como aguinaldo, vacaciones o prima vacacional no modifica la naturaleza administrativa de la relación entre los agentes y el Estado.

    En consecuencia, ordenó al TFJA admitir y tramitar los juicios para resolver sobre la legalidad de la separación del cargo y las prestaciones reclamadas.

    Permanecen vigentes los lineamientos de transición de la FGR

    En una resolución distinta, el Pleno de la SCJN también determinó que los Lineamientos L/003/19, emitidos durante la transición de la extinta Procuraduría General de la República (PGR) a la FGR, continúan vigentes mientras no se expida el Reglamento del Servicio Profesional de Carrera de la Fiscalía General de la República.

    El criterio surgió tras el juicio promovido por un elemento de la Policía Federal Ministerial, quien impugnó el procedimiento iniciado para separarlo del cargo y cuestionó la validez de diversas disposiciones de dichos lineamientos.

    La Suprema Corte concluyó que la regulación forma parte del régimen transitorio previsto para el personal que pasó de la PGR a la FGR y seguirá aplicándose hasta que entre en vigor el nuevo reglamento.

    Además, sostuvo que las disposiciones impugnadas son compatibles con la legislación vigente y que los requisitos de permanencia establecidos para el personal de la institución no vulneran los derechos de los integrantes de la Policía Federal Ministerial.

    Las resoluciones corresponden a los Amparos Directos 50, 51 y 53 de 2025, resueltos por el Pleno de la SCJN durante la sesión del 7 de julio de 2026. –sn–

    FGR

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  22. ¿Qué es el daño moral y cuándo procede una indemnización?

    El daño moral protege derechos como el honor, la reputación, la dignidad y la vida privada. El Código Civil Federal establece que quien cause esta afectación puede ser condenado a reparar el daño mediante una indemnización determinada por un juez.

    Por Deyanira Vázquez | Reportera                                        

    El daño moral es la afectación que sufre una persona en sus sentimientos, honor, reputación, dignidad, vida privada, integridad psicológica, imagen o afectos como consecuencia de un acto ilícito o una conducta indebida de otra persona. A diferencia del daño material, el daño moral no implica una pérdida económica directa, sino un perjuicio de carácter personal o inmaterial.

    En México, el daño moral puede dar lugar al pago de una indemnización cuando se acredita que una conducta causó una afectación a los derechos de la personalidad de una persona.

    ¿Cómo lo define la ley?

    El Código Civil Federal establece, en su artículo 1916, que existe daño moral cuando una persona ve afectadas sus creencias, sentimientos, afectos, decoro, honor, reputación, vida privada, configuración y aspecto físico, o cuando se lesionan la consideración que los demás tienen de ella.

    Asimismo, señala que quien cause un daño moral tiene la obligación de repararlo mediante una indemnización, con independencia de que también exista un daño material.

    ¿Qué derechos protege?

    El daño moral protege, entre otros, los siguientes derechos:

    • El honor.
    • La reputación.
    • La dignidad.
    • La intimidad o vida privada.
    • La imagen.
    • La identidad personal.
    • Los sentimientos y afectos.
    • La integridad emocional y psicológica.

    Ejemplos de daño moral

    Algunas situaciones que pueden dar lugar a una demanda por daño moral son:

    • Difundir información falsa que afecte la reputación de una persona.
    • Publicar fotografías o videos sin autorización cuando ello vulnere la privacidad.
    • Realizar acusaciones falsas que dañen el prestigio profesional.
    • Proferir insultos o expresiones que lesionen el honor o la dignidad.
    • Difamar a una persona en medios de comunicación o redes sociales.
    • Revelar datos personales o información confidencial sin consentimiento.
    • Provocar sufrimiento emocional derivado de un acto ilícito.

    ¿Cómo se acredita?

    Quien reclama daño moral debe demostrar, entre otros aspectos:

    • La existencia de un acto u omisión ilícita.
    • La afectación sufrida.
    • La relación entre la conducta del demandado y el daño ocasionado.

    El juez valorará las pruebas y determinará si procede la reparación del daño.

    ¿Cómo se determina la indemnización?

    La legislación mexicana no establece una cantidad fija para indemnizar el daño moral. El monto depende de diversos factores, como:

    • La gravedad de la afectación.
    • El grado de responsabilidad del demandado.
    • La situación económica de las partes.
    • La difusión o alcance del acto lesivo.
    • Las circunstancias particulares del caso.

    Daño moral y libertad de expresión

    En asuntos relacionados con periodistas, medios de comunicación y personajes públicos, los tribunales mexicanos han establecido que el derecho al honor debe armonizarse con la libertad de expresión y el derecho a la información, ambos protegidos por la Constitución y por tratados internacionales.

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido que las personas servidoras públicas y quienes tienen proyección pública están sujetas a un mayor escrutinio social, por lo que el umbral de protección de su honor es distinto al de un particular. Sin embargo, ello no significa que carezcan de protección frente a expresiones falsas o maliciosas.

    Diferencia entre daño moral y daño material

    El daño material afecta el patrimonio de una persona y puede traducirse en pérdidas económicas, como la destrucción de un vehículo o el incumplimiento de un contrato.

    El daño moral, en cambio, recae sobre bienes inmateriales, como el honor, la reputación, la dignidad o la tranquilidad emocional. Aunque no tiene un valor económico directo, la ley permite que sea reparado mediante una indemnización.

    Importancia jurídica

    El daño moral constituye una herramienta legal para proteger los derechos de la personalidad y garantizar que quienes sufran una afectación a su honor, imagen, reputación o vida privada puedan acudir ante los tribunales para reclamar una reparación integral. Su aplicación busca restablecer, en la medida de lo posible, las consecuencias derivadas de una conducta ilícita y salvaguardar la dignidad de las personas. –sn–

    Ciudad judicial

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  23. SCJN invalida cobro por acceso a bibliotecas públicas en Oaxaca de Juárez por violar el derecho a la educación

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el cobro de 117.30 pesos por acceder a las bibliotecas públicas de Oaxaca de Juárez. El tribunal determinó que la medida vulnera el derecho a la educación y los principios de seguridad jurídica.

    Por Martín García | Reportero                                      

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó diversos artículos de la Ley de Ingresos del municipio de Oaxaca de Juárez, entre ellos la disposición que autorizaba cobrar 117.30 pesos por el acceso a las bibliotecas públicas, al considerar que esa medida contraviene el derecho constitucional a la educación.

    Por unanimidad, el Pleno del máximo tribunal resolvió que el cobro constituye una restricción indebida al acceso a servicios públicos vinculados con el ejercicio del derecho a la educación y, además, vulnera los principios de seguridad jurídica previstos en la Constitución.

    Con esta resolución, la SCJN dejó sin efectos la disposición contenida en la legislación municipal y reiteró que el acceso a las bibliotecas públicas no puede condicionarse al pago de una cuota.

    Corte advierte que el municipio reincidió en la medida

    Durante la discusión del asunto, los ministros señalaron que no es la primera ocasión en que el Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez incorpora en su Ley de Ingresos un concepto de cobro por el uso de bibliotecas públicas.

    El tribunal advirtió que este tipo de disposiciones ya habían sido objeto de revisión en ejercicios anteriores y reiteró que las autoridades municipales deben ajustar su legislación a los criterios constitucionales establecidos por la Corte.

    Acceso a bibliotecas forma parte del derecho a la educación

    La SCJN sostuvo que las bibliotecas públicas desempeñan una función esencial para garantizar el acceso al conocimiento, la cultura y la información, por lo que establecer cuotas para ingresar a estos espacios representa una limitación incompatible con el derecho a la educación.

    Asimismo, el máximo tribunal recordó que los municipios deben ejercer sus facultades tributarias dentro de los límites establecidos por la Constitución, evitando crear contribuciones que afecten derechos fundamentales.

    La resolución obliga al Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez a eliminar ese concepto de cobro de su Ley de Ingresos y refuerza el criterio de que los servicios públicos vinculados con el acceso a la educación deben garantizarse sin restricciones económicas que impidan su disfrute. –sn–

    Biblioteca Oaxaca

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  24. SCJN rechaza atraer amparo del defensor indígena Higinio Bustos; caso seguirá en tribunal colegiado

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó ejercer su facultad de atracción para conocer el amparo promovido por el defensor indígena Higinio Bustos Navarro, quien ha sido señalado por organizaciones civiles como víctima de una detención arbitraria.

    Por Martín García | Reportero                                      

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió no ejercer su facultad de atracción para conocer el juicio de amparo relacionado con Higinio Bustos Navarro, defensor de derechos humanos indígena cuyo caso ha sido acompañado por organizaciones civiles que sostienen que fue detenido de manera arbitraria.

    La decisión implica que el amparo directo 26/2026 continuará su trámite ante el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Séptimo Circuito, órgano jurisdiccional al que originalmente corresponde resolver el asunto.

    La solicitud para que el máximo tribunal conociera del caso fue promovida mediante la Solicitud de Ejercicio de la Facultad de Atracción 517/2026, presentada por el ministro presidente de la SCJN, Hugo Aguilar Ortiz. Sin embargo, el Pleno determinó no asumir la competencia para resolver el litigio.

    Caso permanecerá en la jurisdicción federal ordinaria

    Con esta resolución, la Corte dejó firme que el tribunal colegiado continúe con el análisis del amparo promovido por la defensa de Higinio Bustos Navarro, sin que ello represente un pronunciamiento sobre el fondo del asunto o sobre la legalidad de su detención.

    La facultad de atracción permite a la SCJN conocer casos que, por su relevancia jurídica, constitucional o por el interés excepcional que representan, ameriten ser resueltos directamente por el máximo tribunal. Al rechazar la solicitud, la Corte determinó que el expediente seguirá el procedimiento ordinario previsto por la legislación.

    Organizaciones han cuestionado el proceso

    El caso de Higinio Bustos Navarro ha sido acompañado por organizaciones defensoras de derechos humanos, las cuales sostienen que el activista indígena fue detenido de manera arbitraria y han solicitado que las autoridades judiciales revisen las circunstancias de su proceso penal.

    No obstante, la resolución de la SCJN se limitó exclusivamente a determinar que no ejercerá la facultad de atracción, por lo que corresponderá al Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Séptimo Circuito emitir la resolución sobre el amparo directo.

    La decisión no modifica la situación jurídica del defensor ni prejuzga sobre las presuntas violaciones a derechos humanos planteadas en el juicio, aspectos que deberán analizarse durante la resolución del recurso. –sn–

    Pleno de la SCJN

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  25. SCJN frena sanciones contra Abelina López; determina que sólo la ASF puede auditar recursos federales de Acapulco

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que la Auditoría Superior del Estado de Guerrero (ASE) carece de facultades para fiscalizar recursos federales ejercidos por el Ayuntamiento de Acapulco, por lo que anuló las sanciones impuestas a servidores públicos municipales.

    Por Martín García | Reportero                                      

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que la Auditoría Superior del Estado de Guerrero (ASE) no tiene atribuciones para fiscalizar recursos federales ejercidos por el Ayuntamiento de Acapulco, por lo que dejó sin efectos los actos de revisión y las sanciones derivadas de ese procedimiento, entre ellas las relacionadas con la alcaldesa con licencia, Abelina López Rodríguez.

    La decisión del máximo tribunal se originó tras la controversia por la negativa del gobierno municipal a entregar información sobre el ejercicio de 898.6 millones de pesos de recursos federales correspondientes a la Cuenta Pública 2023. Con esta resolución, la Corte concluyó que la revisión de esos fondos corresponde exclusivamente a la Auditoría Superior de la Federación (ASF).

    El fallo implica que las actuaciones realizadas por la ASE para revisar esos recursos carecen de sustento jurídico, aunque la SCJN precisó que ello no impide que las autoridades federales competentes lleven a cabo las auditorías e investigaciones que correspondan.

    Corte delimita competencias entre autoridades fiscalizadoras

    Por unanimidad, el Pleno de la SCJN estableció que la fiscalización de recursos de origen federal ejercidos por municipios es una facultad exclusiva de la ASF, conforme al marco constitucional vigente.

    En consecuencia, invalidó los procedimientos de revisión emprendidos por la Auditoría Superior del Estado de Guerrero y dejó sin efectos las sanciones impuestas a servidores públicos municipales derivadas de esas actuaciones.

    La resolución no representa un pronunciamiento sobre el destino o el manejo de los recursos públicos, sino que define cuál es la autoridad legalmente competente para revisar su aplicación.

    La ASF podrá realizar las auditorías correspondientes

    La Corte aclaró que su determinación no impide que los 898.6 millones de pesos de recursos federales ejercidos por el Ayuntamiento de Acapulco sean auditados o investigados por la ASF u otras autoridades federales con atribuciones legales.

    De esta manera, la resolución establece un criterio sobre la distribución de competencias entre los órganos de fiscalización estatales y federales, al precisar que los recursos provenientes de la Federación sólo pueden ser revisados por las instancias federales facultadas para ello.

    El fallo también sienta un precedente para casos similares en los que existan controversias sobre qué autoridad puede auditar el ejercicio de recursos federales administrados por gobiernos estatales o municipales. –sn–

    Abelina López

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  26. SCJN invalida artículos de la Ley Orgánica del Poder Judicial de Quintana Roo por contravenir la Constitución

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de Quintana Roo al determinar que invadían atribuciones previstas en la Constitución y establecían mecanismos incompatibles con el modelo federal de organización judicial.

    Por Martín García | Reportero                                      

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la invalidez de diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Quintana Roo al concluir que contravienen el modelo de organización judicial establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    La resolución establece que varias normas otorgaban facultades al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) local que corresponden al Órgano de Administración Judicial, además de contemplar procedimientos para designar magistraturas incompatibles con el esquema previsto en la Constitución federal.

    El fallo forma parte del proceso de revisión de las reformas judiciales locales para verificar su armonización con el nuevo marco constitucional que regula la organización de los poderes judiciales en las entidades federativas.

    Corte invalida facultades del Tribunal Superior de Justicia

    Entre las disposiciones anuladas se encuentra la fracción V del artículo 1 de la Ley Orgánica, al considerar que permitía ampliar la estructura del Poder Judicial mediante legislación secundaria, una facultad que corresponde a la Constitución del estado.

    Asimismo, la SCJN invalidó porciones de los artículos 19, 24 y 147, así como los artículos Cuarto y Quinto transitorios, debido a que facultaban al Pleno del TSJ para determinar la conformación, integración, residencia y competencia de sus Salas.

    El Máximo Tribunal concluyó que esas atribuciones deben recaer en el Órgano de Administración Judicial, conforme a lo establecido en el artículo 107 de la Constitución de Quintana Roo.

    También invalida reglas para designar magistraturas

    La Corte dejó sin efectos la parte del artículo 23 que permitía al Pleno del TSJ fijar de manera discrecional la duración del encargo de las magistraturas de Sala Unitaria. Como consecuencia, también declaró la invalidez parcial del artículo 5 de la misma legislación.

    Además, el Pleno invalidó los artículos 74, 75, 77 y 78, así como el artículo Octavo transitorio, relacionados con el procedimiento para designar y ratificar a la magistratura especializada en adolescentes.

    La SCJN determinó que ese mecanismo resultaba incompatible con la Constitución federal, que establece que las magistraturas de los poderes judiciales locales deben ser electas mediante voto ciudadano, libre, directo y secreto.

    También consideró que el esquema que contemplaba un periodo inicial de seis años con posibilidad de ratificación por nueve años adicionales configuraba un régimen distinto al previsto por el marco constitucional. –sn–

    Pleno de la SCJN

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  27. Opinión | Jorge Santa Cruz | Frenado, por ahora, el impuesto a las herencias

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación rechazó el proyecto de sentencia de la ministra Sara Irene Herrerías Guerra que proponía gravar con el Impuesto Sobre la Renta (ISR) los recursos de las cuentas individuales de retiro de los trabajadores fallecidos entregados a las personas beneficiarias.

    Por Jorge Santa Cruz                                   

    El proyecto de sentencia tuvo seis votos en contra y tres a favor (el de la ministra ponente, Herrerías Guerra y los de las ministras Lenia Batres Guadarrama y María Estela Ríos González).

    La ministra Batres dijo que se debe aplicar el ISR a los beneficiarios porque reciben un recurso que no proviene de su esfuerzo y reproduce desigualdades sociales.

    No se trata de otra ocurrencia o de otra improvisación de la ministra Batres Guadarrama. Está claro que el régimen está urgido de dinero. Lo que hizo ella, por lo demás, fue apegarse al criterio de Carlos Marx (coautor del Manifiesto del Partido Comunista con Federico Engels) que expuso por escrito durante el congreso de la Primera Internacional efectuado en Basilea, Suiza, en 1869.

    Lenia Batres

    El anarquista Mijail Bakunin propuso entoces la «abolición total del derecho de herencia» como el medio principal para alcanzar la justicia social.

    El tema de ninguna manera era ajeno a Marx y a Engels, quienes al final de capítulo II del citado Manifiesto propusieron ─entre otras medidas─ la aplicación de fuertes impuestos progresivos y la abolición del derecho de herencia para lograr la dominación política del proletariado.

    Sin embargo, Marx difirió de Bakunin con el argumento de que eliminar la herencia por decreto dejando intacta la propiedad privada de los medios de producción (tierra, maquinaria, fábricas) mantendría la estructura de clases.

    Señaló ─en cambio─ que la regulación y los impuestos sobre la herencia eran medidas mucho más viables para limitar el poder arbitrario de la burguesía mientras el sistema capitalista persistiera. Lenia Batres aprovechó, pues, la situación para empujar otra política marxista contraria a la dignidad humana y a la libertad económica.

    El impuesto a las herencias y los legados fue detenido por el momento; pero sigue latente. El maximato obradorista tratará de imponerlo en cuanto le sea posible. Por lo pronto, tratará de abolir la libertad de expresión y de opinión en internet una vez que concluya la copa mundial de futbol. 

    * Periodista y académico universitario | @JorgeSantaCruz1

    Columna anterior: La nación es la identidad común

    (El presente artículo se publicó de manera original en Sin Compromisos).

    El periodista Jorge Santa Cruz

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  28. Organizaciones denuncian daños ambientales por ampliación del puerto de Veracruz

    Un informe de Territorios Diversos para la Vida, A.C. y la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) señala que la ampliación del puerto de Veracruz ha provocado impactos ambientales y advierte un presunto incumplimiento de una sentencia de la Suprema Corte.

    Por Martín García | Reportero                                      

    La ampliación del puerto de Veracruz ha generado erosión costera, pérdida de playas, afectaciones a arrecifes y humedales, además de alteraciones en los procesos hidrológicos y sedimentarios, de acuerdo con un informe elaborado por Territorios Diversos para la Vida, A.C. y la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA).

    El documento, difundido esta semana, reúne las conclusiones de una misión de observación que evaluó los efectos ambientales del proyecto portuario y el cumplimiento de las obligaciones derivadas de una resolución judicial.

    Reportan afectaciones al ecosistema

    Según el informe, entre los principales impactos identificados se encuentran la erosión de la línea costera, la pérdida de espacios públicos como playas, la degradación de arrecifes y humedales, así como modificaciones en los procesos naturales relacionados con el flujo del agua y el transporte de sedimentos.

    Las organizaciones también señalaron que la extracción de materiales pétreos utilizada para las obras ha generado afectaciones adicionales en el entorno ambiental.

    Señalan incumplimiento de una sentencia de la SCJN

    La misión de observación sostuvo que detectó presuntos incumplimientos de diversos aspectos de la sentencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en el Amparo en Revisión 54/2021.

    De acuerdo con las organizaciones, dicho fallo estableció medidas orientadas a garantizar la integridad, conservación y continuidad del Sistema Arrecifal Veracruzano (SAV) frente al desarrollo del proyecto de ampliación portuaria.

    Piden reforzar la protección ambiental

    Las organizaciones civiles consideraron necesario que las autoridades competentes revisen el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la sentencia y fortalezcan las acciones de protección del Sistema Arrecifal Veracruzano.

    Hasta el momento, las dependencias responsables del proyecto de ampliación del puerto de Veracruz no han emitido una postura pública sobre los señalamientos contenidos en el informe. –sn–

    Manchas de petróleo

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  29. Suprema Corte da 10 días al Congreso de Nuevo León para informar avances de la reforma de transparencia

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) requirió al Congreso de Nuevo León informar, en un plazo de 10 días, los avances en la armonización de la reforma en materia de transparencia y advirtió que el incumplimiento podría derivar en sanciones económicas para los diputados.

    Por Martín García | Reportero                                      

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) requirió al Congreso de Nuevo León informar, en un plazo de 10 días, los avances realizados para concretar la reforma constitucional en materia de transparencia, al advertir que el incumplimiento podría derivar en multas para los integrantes del Poder Legislativo estatal.

    El requerimiento busca conocer las acciones emprendidas por el Congreso para armonizar la legislación local con las modificaciones aprobadas a nivel federal.

    Corte exige avances en la armonización

    De acuerdo con la determinación de la SCJN, el Congreso de Nuevo León deberá informar las medidas adoptadas para cumplir con la reforma en materia de transparencia y acceso a la información.

    En caso de no atender el requerimiento dentro del plazo establecido, los diputados podrían ser acreedores a sanciones económicas conforme a las facultades del máximo tribunal del país.

    Reforma federal sigue pendiente en el estado

    La reforma constitucional en materia de transparencia entró en vigor el 21 de diciembre de 2024, mientras que las leyes generales derivadas de esos cambios fueron expedidas el 20 de marzo de 2025.

    Sin embargo, el proceso de armonización de la legislación en Nuevo León permanece pendiente, motivo por el cual la Suprema Corte solicitó un informe sobre el estado que guarda el cumplimiento de esta obligación.

    Buscan garantizar el cumplimiento constitucional

    La armonización legislativa permite que las entidades federativas adecuen sus normas locales a las reformas constitucionales y legales aprobadas por el Congreso de la Unión.

    Con este requerimiento, la SCJN busca verificar el cumplimiento de las obligaciones constitucionales del Congreso de Nuevo León y conocer el avance de los trabajos para adecuar el marco jurídico estatal en materia de transparencia. –sn–

    Pleno de la SCJN

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  30. SCJN publicará resoluciones de pueblos indígenas y afromexicanos que soliciten su difusión

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó un acuerdo para publicar resoluciones, normas y actas emitidas por autoridades de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, con el propósito de fortalecer el reconocimiento de sus sistemas de justicia.

    Por Gabriela Díaz | Reportera                                                      

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó un acuerdo que permitirá publicar resoluciones, normas comunitarias y otros documentos emitidos por autoridades de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas que soliciten su incorporación al Semanario Judicial de la Federación (SJF).

    La medida forma parte del inicio de la duodécima época del SJF, denominada «De la justicia pluricultural, la igualdad sustantiva y la inclusión en México», con la que el máximo tribunal busca ampliar la difusión de los sistemas normativos propios de los pueblos originarios.

    Reconocen los sistemas de justicia comunitaria

    Con el acuerdo, las autoridades de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas podrán remitir resoluciones jurisdiccionales, actas y normas comunitarias para su publicación en el Semanario Judicial de la Federación.

    La Corte señaló que esta medida fortalece el reconocimiento de la pluralidad jurídica en México y contribuye a visibilizar las formas de impartición de justicia desarrolladas por los pueblos originarios conforme a sus sistemas normativos.

    Buscan fortalecer la inclusión

    La nueva etapa del Semanario Judicial de la Federación incorpora una visión orientada a la justicia pluricultural, la igualdad sustantiva y la inclusión, con el objetivo de ampliar el acceso al conocimiento jurídico y reconocer la diversidad de los sistemas de justicia existentes en el país.

    La publicación de estos documentos será a solicitud de las propias autoridades comunitarias, quienes decidirán si desean que sus resoluciones y normas formen parte del acervo jurídico difundido por la SCJN.

    Nueva etapa del Semanario Judicial

    El Semanario Judicial de la Federación es el órgano oficial de difusión de los criterios jurisdiccionales, precedentes y otras disposiciones emitidas por el Poder Judicial de la Federación.

    Con este acuerdo, la Suprema Corte incorpora un mecanismo para dar mayor visibilidad a las resoluciones de las autoridades de pueblos indígenas y afromexicanos, en el marco del reconocimiento constitucional de sus derechos y sistemas normativos. –sn–

    Pleno de la SCJN

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  31. SCJN deja firme nulidad de crédito fiscal y analiza exención de ISR para recursos de Afore

    La Suprema Corte confirmó la nulidad de un crédito fiscal y analiza si los recursos de AFORE entregados a beneficiarios por fallecimiento deben estar exentos del ISR.

    Por Martín García | Reportero                                      

    El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó un recurso de revisión fiscal promovido por la autoridad hacendaria, con lo que quedó firme la sentencia que anuló un crédito fiscal por concepto de Impuesto Sobre la Renta (ISR), actualizaciones, recargos y multas correspondientes al ejercicio fiscal de 2011.

    En la misma sesión, las ministras y ministros iniciaron el análisis de una contradicción de criterios relacionada con el tratamiento fiscal de los recursos de las cuentas individuales de retiro entregados a personas beneficiarias tras el fallecimiento de un trabajador, asunto que quedó pendiente de resolución definitiva.

    Confirman nulidad de crédito fiscal

    La Corte explicó que el recurso de revisión fiscal es un medio de impugnación extraordinario que solo procede en los casos previstos por la ley y cuando el asunto reviste importancia y trascendencia jurídica.

    En este caso, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) había declarado la nulidad lisa y llana del crédito fiscal al considerar que la autoridad hacendaria perdió sus facultades para determinarlo, conforme al artículo 67 del Código Fiscal de la Federación.

    Además, la resolución fiscal se sustentó en un acto administrativo que previamente había sido declarado nulo mediante una sentencia firme.

    El máximo tribunal precisó que, de acuerdo con su jurisprudencia, cuando una resolución se invalida únicamente por vicios formales, el recurso de revisión fiscal resulta improcedente, ya que no cumple con los requisitos de importancia y trascendencia que exige la ley.

    Por ello, el Pleno desechó el recurso y dejó firme la sentencia del TFJA que anuló el crédito fiscal.

    Analizan cobro de ISR sobre recursos de Afore

    Durante la misma sesión, la SCJN comenzó el estudio de la Contradicción de Criterios 49/2026, relacionada con el pago de ISR sobre los recursos de las cuentas individuales de retiro que reciben las personas beneficiarias de trabajadores fallecidos.

    La contradicción surgió porque dos tribunales colegiados emitieron resoluciones opuestas.

    Uno sostuvo que los recursos entregados por una Administradora de Fondos para el Retiro (AFORE) constituyen ingresos gravables y, por tanto, deben pagar ISR.

    El otro determinó que dichos recursos son equiparables a una herencia o legado, por lo que se encuentran exentos del impuesto conforme al artículo 93 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

    Pesos, billetes

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  32. Suprema Corte analiza invalidar auditoría contra alcaldesa de Acapulco, Abelina López

    La SCJN discutirá un proyecto que propone invalidar la auditoría practicada a la presidente Abelina López Rodríguez al considerar que la ASEG no tenía facultades para revisar recursos federales.

    Por Martín García | Reportero                                      

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tiene previsto discutir el próximo lunes un proyecto que propone invalidar la auditoría practicada a la administración municipal de Acapulco, mediante la cual se atribuyó responsabilidad a la presidente Abelina López Rodríguez por la presunta falta de comprobación de 898 millones de pesos de recursos federales.

    El proyecto fue elaborado por el ministro Arístides Rodrigo Guerrero García, quien plantea que la revisión realizada por la Auditoría Superior del Estado de Guerrero (ASEG) careció de fundamento legal.

    La propuesta será sometida a consideración del Pleno del máximo tribunal, que decidirá si confirma o rechaza ese criterio.

    Cuestionan facultades de auditoría estatal

    El proyecto sostiene que la ASEG fiscalizó recursos federales sin contar con un acuerdo previo de coordinación con la Auditoría Superior de la Federación (ASF), requisito previsto en el marco constitucional y legal.

    Bajo ese argumento, el ministro considera que la autoridad estatal excedió sus atribuciones al revisar el ejercicio de recursos cuya fiscalización corresponde al ámbito federal.

    De aprobarse el proyecto, la auditoría quedaría sin efectos por haber sido realizada por una autoridad que, según la propuesta, no tenía competencia para efectuar esa revisión.

    Proyecto retoma criterios previos

    La propuesta retoma precedentes emitidos por la anterior integración de la SCJN, en los que se estableció que la Auditoría Superior de la Federación (ASF) es la autoridad competente para fiscalizar directamente los recursos federales.

    Esos criterios también reconocen que las entidades fiscalizadoras estatales únicamente pueden intervenir mediante mecanismos de coordinación previamente establecidos con la autoridad federal.

    El análisis del caso se centrará en determinar si la actuación de la ASEG respetó el esquema constitucional de distribución de competencias. –sn–

    Abelina López

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  33. Geovanna Bañuelos exige al Issstezac restituir aguinaldos a pensionados

    La senadora Geovanna Bañuelos solicitó al Issstezac cumplir la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para restituir los aguinaldos retenidos.

    Por Gabriela Díaz | Reportera                                                      

    La senadora Geovanna Bañuelos, urgió al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas (Issstezac) a cumplir de manera inmediata con la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para restituir la parte retenida de los aguinaldos correspondientes a los ejercicios 2024 y 2025 a las personas jubiladas y pensionadas afectadas por la reforma a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas de 2024.

    Mediante la cual se modificó el artículo 74 para establecer que las personas pensionadas del Issstezac tendrían derecho a un aguinaldo anual equivalente a 30 días de pensión, en lugar de los 60 días que recibían con anterioridad.

    Al fundamentar un punto de acuerdo la vicecoordinadora del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo explicó que la resolución emitida por la SCJN en la Acción de Inconstitucionalidad 149/2024 establece que las personas que ya cotizaban al Issstezac antes de la reforma publicada en agosto de 2024 deben conservar el derecho a recibir un aguinaldo equivalente a 60 días de pensión, por lo que cualquier reducción aplicada a este grupo vulnera derechos previamente adquiridos.

    “Las reformas legales pueden ordenar hacia el futuro la sostenibilidad de los sistemas de pensiones, pero las instituciones públicas deben respetar los derechos generados por las personas trabajadoras durante su vida laboral”, enfatizó la legisladora por Zacatecas.

    En el documento inscrito en la Gaceta Parlamentaria se señala que el recorte aplicado al aguinaldo afectó a cerca de 6 mil 500 personas jubiladas y pensionadas, generando un adeudo superior a 220 millones de pesos.

    “Por ello, resulta indispensable que el Issstezac adopte las medidas administrativas, presupuestarias y operativas necesarias para restituir la parte retenida del aguinaldo a las personas afectadas”, señaló la legisladora.

    Geovanna Bañuelos destacó que a pesar de que la sentencia de la Corte ya fue emitida, las personas afectadas aún no han recibido la restitución de los recursos retenidos, prolongando una afectación económica injustificada. –sn–

    Geovanna Bañuelos

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  34. Geovanna Bañuelos exige al Issstezac restituir aguinaldos a pensionados

    La senadora Geovanna Bañuelos solicitó al Issstezac cumplir la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para restituir los aguinaldos retenidos.

    Por Gabriela Díaz | Reportera                                                      

    La senadora Geovanna Bañuelos, urgió al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas (Issstezac) a cumplir de manera inmediata con la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para restituir la parte retenida de los aguinaldos correspondientes a los ejercicios 2024 y 2025 a las personas jubiladas y pensionadas afectadas por la reforma a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas de 2024.

    Mediante la cual se modificó el artículo 74 para establecer que las personas pensionadas del Issstezac tendrían derecho a un aguinaldo anual equivalente a 30 días de pensión, en lugar de los 60 días que recibían con anterioridad.

    Al fundamentar un punto de acuerdo la vicecoordinadora del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo explicó que la resolución emitida por la SCJN en la Acción de Inconstitucionalidad 149/2024 establece que las personas que ya cotizaban al Issstezac antes de la reforma publicada en agosto de 2024 deben conservar el derecho a recibir un aguinaldo equivalente a 60 días de pensión, por lo que cualquier reducción aplicada a este grupo vulnera derechos previamente adquiridos.

    “Las reformas legales pueden ordenar hacia el futuro la sostenibilidad de los sistemas de pensiones, pero las instituciones públicas deben respetar los derechos generados por las personas trabajadoras durante su vida laboral”, enfatizó la legisladora por Zacatecas.

    En el documento inscrito en la Gaceta Parlamentaria se señala que el recorte aplicado al aguinaldo afectó a cerca de 6 mil 500 personas jubiladas y pensionadas, generando un adeudo superior a 220 millones de pesos.

    “Por ello, resulta indispensable que el Issstezac adopte las medidas administrativas, presupuestarias y operativas necesarias para restituir la parte retenida del aguinaldo a las personas afectadas”, señaló la legisladora.

    Geovanna Bañuelos destacó que a pesar de que la sentencia de la Corte ya fue emitida, las personas afectadas aún no han recibido la restitución de los recursos retenidos, prolongando una afectación económica injustificada. –sn–

    Geovanna Bañuelos

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  35. ONU pide investigar asesinato de abogado afromexicano en Guerrero

    Expertos de la ONU solicitaron investigar el asesinato del activista afromexicano Sael Silva Cisneros en Guerrero, considerando todas las líneas de investigación y el contexto de discriminación.

    Por José Víctor Rodríguez | Reportero                                                        

    Integrantes del Grupo de Trabajo de Expertos sobre Afrodescendientes de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y la relatora especial sobre las formas contemporáneas de racismo, discriminación racial y xenofobia, Ashwini K.P., exhortaron a las autoridades mexicanas a realizar una investigación exhaustiva por el asesinato del abogado y activista afromexicano Sael Silva Cisneros.

    El homicidio ocurrió el pasado 5 de junio en el estado de Guerrero, donde la víctima desarrollaba actividades de defensa de derechos humanos y trabajo comunitario.

    Los especialistas consideraron que el caso debe analizarse con un enfoque integral que permita esclarecer plenamente los hechos.

    Piden agotar todas las líneas de investigación

    Los expertos señalaron que las autoridades deben considerar todas las posibles líneas de investigación relacionadas con las actividades profesionales y sociales de Sael Silva Cisneros.

    Entre ellas mencionaron su labor académica, jurídica, comunitaria y de defensa de los derechos humanos, así como cualquier otra circunstancia que pudiera estar vinculada con el crimen.

    Asimismo, subrayaron la importancia de que las indagatorias contemplen el contexto de racismo estructural, discriminación y violencia que enfrentan las comunidades afrodescendientes.

    Destacan trayectoria de la víctima

    Sael Silva Cisneros se desempeñaba como investigador afromexicano del Sistema de Investigación Comunitaria del Centro de Estudios Constitucionales y Saberes Jurídicos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

    Su trabajo estaba orientado al análisis jurídico y al fortalecimiento de los derechos de las comunidades afromexicanas mediante proyectos de investigación y acompañamiento comunitario. Los expertos de la ONU consideraron que estas actividades deben formar parte del análisis de las autoridades ministeriales.

    Llaman a garantizar justicia

    Los representantes del organismo internacional reiteraron que una investigación imparcial y efectiva resulta indispensable para combatir la impunidad y proteger a quienes defienden los derechos humanos.

    También señalaron que el esclarecimiento del asesinato contribuirá a fortalecer las garantías de acceso a la justicia para las comunidades afrodescendientes en México. Hasta el momento, las autoridades competentes continúan con las investigaciones relacionadas con el caso. –sn–

    Bandera México ONU

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  36. Suprema Corte ordena al Congreso expedir Ley General para personas jóvenes

    La SCJN ordenó al Congreso de la Unión expedir la Ley General en Materia de Personas Jóvenes en un plazo máximo de dos periodos ordinarios de sesiones.

    Por Martín García | Reportero                                      

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Congreso de la Unión emitir la Ley General en Materia de Personas Jóvenes dentro de un plazo máximo de dos periodos ordinarios de sesiones.

    La determinación fue aprobada por unanimidad del Pleno y representa la primera ocasión en que la actual integración del máximo tribunal emite una orden expresa al Poder Legislativo federal para cumplir con la expedición de una ley general prevista en la Constitución.

    La resolución busca dar cumplimiento a un mandato constitucional que permanece pendiente.

    Proyecto fue aprobado por unanimidad

    La ministra Loretta Ortiz Ahlf presentó el proyecto que dio origen a la resolución aprobada por unanimidad de los integrantes de la SCJN.

    Durante la discusión, la ministra sostuvo que ordenar al Congreso de la Unión cumplir una obligación constitucional no implica sustituir sus facultades para legislar.

    Precisó que el contenido de la futura legislación corresponderá exclusivamente al Poder Legislativo, dentro de sus atribuciones constitucionales.

    Legisladores deberán cumplir mandato

    Con la resolución, el Congreso de la Unión deberá elaborar, discutir y aprobar la Ley General en Materia de Personas Jóvenes dentro del plazo establecido por la Corte.

    La sentencia no define el contenido específico de la legislación, pero obliga a que el proceso legislativo se concrete conforme al mandato constitucional vigente.

    El cumplimiento de la resolución será responsabilidad de las cámaras que integran el Poder Legislativo federal.

    Precedente para futuras omisiones legislativas

    La decisión marca un precedente sobre el alcance de las facultades de la SCJN frente a omisiones del Poder Legislativo relacionadas con obligaciones previstas en la Constitución.

    El fallo establece que el máximo tribunal puede ordenar al Congreso de la Unión cumplir con deberes constitucionales cuando éstos permanezcan sin atender.

    La resolución abre un nuevo referente para casos en los que existan leyes generales pendientes de expedir por mandato constitucional. –sn–

    Pleno de la SCJN

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  37. SCJN invalida decretos sobre pago de pensiones en Morelos

    La SCJN anuló decretos del Congreso de Morelos que obligaban al Poder Judicial estatal a cubrir pensiones con su presupuesto, al considerar que vulneran su autonomía financiera.

    Por Gabriela Díaz | Reportera                                                      

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó diversas porciones de decretos emitidos por el Congreso de Morelos que concedían pensiones por jubilación y viudez a distintas personas y ordenaban que dichos pagos fueran cubiertos con cargo al presupuesto del Poder Judicial de Morelos.

    La resolución fue emitida al resolver controversias constitucionales promovidas por el propio Poder Judicial de Morelos, que impugnó las disposiciones por considerar que afectaban su autonomía presupuestaria.

    La Corte protege la autonomía e independencia judicial

    La SCJN sostuvo que la autonomía e independencia de los poderes judiciales comprende también la facultad de administrar libremente sus recursos financieros.

    En ese sentido, estableció que ningún otro poder puede imponer de manera unilateral obligaciones económicas que afecten el presupuesto del Poder Judicial sin prever previamente la suficiencia presupuestaria correspondiente.

    El Máximo Tribunal concluyó que este tipo de medidas vulnera la autonomía financiera del órgano judicial al trasladarle cargas presupuestales sin los recursos necesarios para hacerles frente.

    Congreso no puede imponer cargas presupuestales sin respaldo financiero

    Con esta decisión, la SCJN reafirmó el criterio de que los congresos locales no pueden establecer obligaciones económicas para los poderes judiciales sin garantizar los recursos necesarios para cumplirlas.

    La sentencia invalida las porciones específicas de los decretos impugnados que ordenaban que las pensiones fueran cubiertas con cargo al presupuesto de las magistraturas del Poder Judicial de Morelos. –sn–

    Pleno de la SCJN

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  38. SCJN invalida cobros municipales a telecomunicaciones y energía

    La SCJN anuló disposiciones de leyes de ingresos de municipios de Hidalgo, Guerrero y Tlaxcala que imponían cobros por infraestructura de telecomunicaciones, energía e hidrocarburos por invadir facultades federales.

    Por Gabriela Díaz | Reportera                                                      

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó diversas disposiciones contenidas en las leyes de ingresos de municipios de Hidalgo, Guerrero y Tlaxcala que establecían cobros relacionados con la instalación y construcción de infraestructura de telecomunicaciones, proyectos de generación de energía eléctrica y actividades vinculadas con hidrocarburos.

    El Máximo Tribunal resolvió que dichos gravámenes invaden competencias que corresponden de manera exclusiva a la Federación.

    Cobros municipales fueron considerados inconstitucionales

    Los ministros concluyeron que los municipios carecen de atribuciones para imponer derechos o contribuciones por actividades relacionadas con sectores estratégicos regulados por la legislación federal.

    Entre las disposiciones invalidadas se encuentran aquellas que contemplaban el pago de licencias para la instalación y construcción de infraestructura de telecomunicaciones, así como para proyectos de generación de energía eléctrica y actividades vinculadas con la industria de los hidrocarburos.

    La Corte reafirma competencias exclusivas de la Federación

    Con esta resolución, la SCJN reiteró que la regulación de estos sectores corresponde exclusivamente al ámbito federal, por lo que los municipios no pueden establecer cargas económicas que interfieran con dichas atribuciones.

    La decisión deja sin efectos las porciones impugnadas de las leyes de ingresos municipales al considerar que contravienen el reparto constitucional de competencias. –sn–

    Pleno de la SCJN

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  39. Puebla perfila rechazar la reforma sobre identidad de género para menores

    El Congreso de Puebla no ha aprobado la reforma, mientras continúa el debate entre las distintas fuerzas políticas sobre el alcance de la iniciativa.

    Por Gabriela Díaz | Reportera                                                      

    A pesar del mandato emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en la Acción de Inconstitucionalidad 73/2021, el Congreso del Estado de Puebla se encamina a rechazar la iniciativa de reforma al Código Civil que busca garantizar el reconocimiento administrativo de la identidad de género autopercibida para niñas, niños y adolescentes trans, sin límite de edad.

    De concretarse esta decisión, partidos que se identifican como progresistas y de izquierda, entre ellos Morena y el Partido del Trabajo (PT), junto con PAN, PVEM, PRI y Nueva Alianza, coincidirían en no cumplir con la resolución del máximo tribunal del país.

    Posible desacato al mandato de la SCJN

    De acuerdo con el planteamiento difundido, la decisión legislativa también coincidiría con el llamado realizado por la Arquidiócesis de Puebla, por lo que se prevé que el Congreso incumpla la sentencia emitida por la SCJN, situación que, según los promoventes de la iniciativa, podría constituir un desacato histórico del Poder Legislativo poblano.

    La Acción de Inconstitucionalidad 73/2021 establece criterios relacionados con el reconocimiento administrativo de la identidad de género autopercibida, cuya implementación corresponde al Congreso estatal mediante las reformas legales respectivas.

    Reforma busca reconocimiento para menores trans

    La iniciativa propone modificar el Código Civil del estado para garantizar que niñas, niños y adolescentes trans puedan acceder al reconocimiento administrativo de su identidad de género autopercibida, sin establecer un límite de edad.

    El proyecto forma parte del proceso de armonización legislativa derivado de la resolución emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la cual instruyó al Congreso poblano adecuar su marco normativo conforme a los criterios constitucionales.

    Hasta el momento, el Congreso del Estado de Puebla no ha aprobado la reforma, mientras continúa el debate entre las distintas fuerzas políticas sobre el alcance de la iniciativa y las implicaciones jurídicas de la sentencia emitida por la SCJN. –sn–

    Niño en guarderia

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  40. Puebla perfila rechazar la reforma sobre identidad de género para menores

    El Congreso de Puebla no ha aprobado la reforma, mientras continúa el debate entre las distintas fuerzas políticas sobre el alcance de la iniciativa.

    Por Gabriela Díaz | Reportera                                                      

    A pesar del mandato emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en la Acción de Inconstitucionalidad 73/2021, el Congreso del Estado de Puebla se encamina a rechazar la iniciativa de reforma al Código Civil que busca garantizar el reconocimiento administrativo de la identidad de género autopercibida para niñas, niños y adolescentes trans, sin límite de edad.

    De concretarse esta decisión, partidos que se identifican como progresistas y de izquierda, entre ellos Morena y el Partido del Trabajo (PT), junto con PAN, PVEM, PRI y Nueva Alianza, coincidirían en no cumplir con la resolución del máximo tribunal del país.

    Posible desacato al mandato de la SCJN

    De acuerdo con el planteamiento difundido, la decisión legislativa también coincidiría con el llamado realizado por la Arquidiócesis de Puebla, por lo que se prevé que el Congreso incumpla la sentencia emitida por la SCJN, situación que, según los promoventes de la iniciativa, podría constituir un desacato histórico del Poder Legislativo poblano.

    La Acción de Inconstitucionalidad 73/2021 establece criterios relacionados con el reconocimiento administrativo de la identidad de género autopercibida, cuya implementación corresponde al Congreso estatal mediante las reformas legales respectivas.

    Reforma busca reconocimiento para menores trans

    La iniciativa propone modificar el Código Civil del estado para garantizar que niñas, niños y adolescentes trans puedan acceder al reconocimiento administrativo de su identidad de género autopercibida, sin establecer un límite de edad.

    El proyecto forma parte del proceso de armonización legislativa derivado de la resolución emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la cual instruyó al Congreso poblano adecuar su marco normativo conforme a los criterios constitucionales.

    Hasta el momento, el Congreso del Estado de Puebla no ha aprobado la reforma, mientras continúa el debate entre las distintas fuerzas políticas sobre el alcance de la iniciativa y las implicaciones jurídicas de la sentencia emitida por la SCJN. –sn–

    Niño en guarderia

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  41. SCJN suspende sesión ante partido de la selección mexicana en el Mundial de futbol

    La SCJN suspendió la sesión del 30 de junio y declaró día inhábil laborable a distancia con motivo del partido de la Selección Mexicana en el Mundial 2026.

    Por Gabriela Díaz | Reportera                                                      

    Como ha ocurrido con motivo de los partidos de la Selección Mexicana de futbol durante el Mundial 2026, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) suspendió la sesión programada para este martes 30 de junio y declaró la fecha como «día inhábil laborable a distancia».

    La determinación fue anunciada al concluir la sesión ordinaria de este lunes, luego de que el máximo tribunal resolviera 13 de los 16 asuntos que integraban el orden del día.

    Ministro presidente informó la suspensión de actividades presenciales

    El anuncio fue realizado por el ministro presidente de la SCJN, Hugo Aguilar Ortiz, quien comunicó la suspensión de la sesión prevista para este martes en el contexto del encuentro que disputará la Selección Mexicana en la fase correspondiente del Mundial 2026.

    Con esta medida, las labores jurisdiccionales continuarán bajo la modalidad de trabajo a distancia durante la jornada declarada inhábil de forma presencial.

    La medida se repite durante los partidos de México en el Mundial

    La suspensión de sesiones presenciales forma parte del esquema que el máximo tribunal ha venido aplicando durante los encuentros de la Selección Mexicana en el Mundial 2026, estableciendo jornadas laborales a distancia cuando coinciden con los partidos del representativo nacional.

    Las actividades del Pleno se reanudarán conforme al calendario institucional una vez concluida la jornada correspondiente. –sn–

    Balón de futbol en cancha

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  42. Familiares del caso de la Guardería ABC piden continuar investigación tras fallo de la SCJN

    Familiares rechazan declaraciones sobre el estado del expediente tras resolución de la SCJN.

    Por Gabriela Díaz | Reportera                                                      

    Juanita Luna, madre de uno de los 49 menores que fallecieron en el incendio de la Guardería ABC el 5 de junio de 2009, rechazó las declaraciones de la presidente Claudia Sheinbaum sobre la investigación del caso y aseguró que el expediente «nunca se ha cerrado», por lo que solicitó a la Fiscalía General de la República (FGR) continuar con las indagatorias y llevar ante la justicia a los responsables.

    La madre de la víctima sostuvo que las investigaciones siguen vigentes y que las autoridades ministeriales deben dar continuidad a los procesos pendientes.

    Resolución de la SCJN no ordenó reabrir el caso

    Juanita Luna explicó que la reciente resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no instruyó la reapertura del caso, sino que resolvió diversos juicios de amparo promovidos por exfuncionarios relacionados con el sistema de guarderías.

    Precisó que la decisión del máximo tribunal no implica el reinicio de una investigación que, a su juicio, permanece abierta desde hace años.

    Colectivo considera que fallo fortalece las investigaciones

    Por su parte, Gabriel Alvarado Serrano, representante legal del colectivo Manos Unidas por Nuestros Niños, afirmó que la resolución emitida por la SCJN representa un nuevo impulso jurídico para que la FGR concluya las investigaciones que continúan abiertas.

    El abogado señaló que la determinación de la Corte fortalece el marco legal para que el Ministerio Público federal continúe con las diligencias pendientes relacionadas con el incendio ocurrido en la Guardería ABC.

    A más de 17 años de la tragedia ocurrida en Hermosillo, familiares de las víctimas reiteraron su exigencia de que las investigaciones avancen hasta esclarecer plenamente los hechos y se sancione a quienes resulten responsables. –sn–

    Anti monumento ABC

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  43. Difícil que prospere una demanda de Israel Vallarta contra Ciro Gómez Leyva: Ernesto Villanueva

    El especialista Ernesto Villanueva afirmó que Israel Vallarta puede demandar a Ciro Gómez Leyva, pero consideró que la libertad de expresión y la jurisprudencia de la SCJN reducen las posibilidades de éxito.

    Por Martín García | Reportero                                      

    El doctor Ernesto Villanueva, investigador de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) y especialista en derecho a la información, señaló que, aunque Israel Vallarta puede ejercer acciones legales contra el periodista Ciro Gómez Leyva, las posibilidades de que una demanda prospere son limitadas.

    A través de sus redes sociales, explicó que las expresiones realizadas por el conductor durante una entrevista en Radio Fórmula forman parte del discurso protegido por la Constitución y por los criterios establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en materia de libertad de expresión.

    https://twitter.com/evillanuevamx/status/2071753621839269946?s=20

    La jurisprudencia protege las opiniones

    De acuerdo con Villanueva, la clave jurídica radica en distinguir entre hechos y opiniones, ya que ambos conceptos tienen un tratamiento distinto dentro del marco constitucional.

    Precisó que los hechos son verificables y, por ello, pueden someterse al llamado test de veracidad. En estos casos, explicó, aplica el estándar de la llamada «malicia efectiva» o «real malicia», que exige demostrar que una afirmación falsa fue emitida con conocimiento de su falsedad o con un desprecio temerario hacia la verdad, especialmente cuando se trata de figuras públicas o asuntos de interés general.

    https://sociedad-noticias.com/2026/06/29/israel-vallarta-defiende-su-inocencia-con-ciro-gomez-leyva-abandona-el-estudio-y-amenaza-con-denunciarlo/

    En contraste, sostuvo que las opiniones, conjeturas y juicios de valor no pueden calificarse como verdaderos o falsos debido a su naturaleza subjetiva, por lo que gozan de una protección reforzada.

    Solo habría responsabilidad por expresiones injuriosas

    El académico agregó que el único límite para las opiniones consiste en que no incluyan expresiones injuriosas, gratuitas o desvinculadas del tema en discusión.

    A su juicio, ese supuesto no se actualiza en las declaraciones realizadas por Ciro Gómez Leyva, por lo que estimó que una eventual demanda enfrentaría importantes obstáculos jurídicos.

    «El derecho a demandar existe y es incuestionable, pero el pronóstico de éxito en tribunales luce, cuando menos, cuesta arriba», concluyó. –sn–

    Ernesto Villanueva Villanueva

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  44. Organizaciones acusan a SCJN de invadir facultades de congresos estatales

    Organizaciones civiles protestaron frente a la SCJN para exigir respeto al federalismo y a las facultades de los congresos estatales.

    Por Gabriela Díaz | Reportera                                                      

    Integrantes de las organizaciones Actívate, 40 Días por la Vida y Frente Nacional por la Familia, entre otras, se manifestaron frente a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para exigir respeto a la división de poderes, al federalismo y a la soberanía legislativa de las entidades federativas.

    Los participantes sostuvieron que algunas resoluciones del máximo tribunal afectan las atribuciones constitucionales de los congresos estatales. También afirmaron que las decisiones cuestionadas vulneran el pacto federal.

    Durante el pronunciamiento, los manifestantes señalaron que la SCJN estaría asumiendo funciones que corresponden al Poder Legislativo. Indicaron que, a su juicio, el tribunal excede los límites de su función constitucional al ordenar modificaciones a normas aprobadas por congresos locales.

    Los participantes expresaron su rechazo a resoluciones relacionadas con Guanajuato, Aguascalientes, Morelos, Puebla, Jalisco, Querétaro y Yucatán, al considerar que responden a criterios que, según dijeron, no fueron discutidos mediante procesos democráticos en las entidades involucradas.

    Cuestionan decisiones judiciales

    Luis Barrera, representante de Actívate, afirmó que la separación de poderes constituye uno de los pilares del sistema democrático mexicano. Sostuvo que la actuación de la SCJN representa una presión sobre legisladores locales y limita el ejercicio de sus facultades constitucionales.

    El activista indicó que los congresos estatales deben conservar la libertad para legislar dentro de las competencias que les otorga la Constitución. Agregó que el federalismo y la autonomía de las entidades federativas, en su opinión, enfrentan un escenario de riesgo si continúan este tipo de resoluciones.

    Los manifestantes recordaron que, de acuerdo con su interpretación, la propia Corte ha reconocido en distintos precedentes la facultad de los estados para expedir normas dentro de su ámbito competencial. Por ello, consideraron contradictorio que ahora se impulsen cambios a legislaciones aprobadas por los congresos locales. –sn–

    Sociedad Noticias

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  45. Colectivo celebra fallo Dobbs y critica a la SCJN

    Denuncian que las recientes decisiones de la SCJN contradicen los tratados internacionales que protegen el derecho a la vida desde la concepción.

    Por Gabriela Díaz | Reportera                                                      

    El colectivo Mujeres Libres y Soberanas se pronunció para conmemorar el cuarto aniversario de la histórica sentencia Dobbs v. Jackson Women’s Health Organization, emitida por la Suprema Corte de los Estados Unidos, lo que describieron como “un hito jurídico que devolvió a los ciudadanos y a sus representantes la facultad de proteger la vida humana en su etapa más vulnerable”. Afirmaron que México, necesita un Estado que garantice justicia, soberanía y la seguridad de que nuestras leyes protegerán siempre a los más débiles.

    Marcela Errecalde, activista internacional e integrante de Mujeres Libres y Soberanas, lo calificó como “un paso firme y valiente hacia el reconocimiento y la salvaguarda del primer derecho humano, sin el cual no puede existir ningún otro: el derecho a la vida”. “La decisión del tribunal estadounidense demostró al mundo que el aborto no es un derecho constitucional, sino una dolorosa realidad que las sociedades deben superar mediante el apoyo integral a las mujeres y la protección de la infancia desde su concepción”, afirmó.

    Preocupación ante la postura de la SCJN en México

    En contraposición a este avance internacional, el colectivo Mujeres Libres y Soberanas externó su profunda preocupación por el rumbo que ha tomado la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en México. Pilar Vázquez Calva, integrante del colectivo femenino calificó como alarmante que el máximo tribunal del país emita resoluciones que van en contra de los derechos humanos ya reconocidos en los Tratados Internacionales de los que México es Estado Parte.

    “Hemos expuesto en distintos Amicus Curiae presentados ante la SCJN, que instrumentos como la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José) mandatan explícitamente la protección del derecho a la vida, desde el momento de la concepción, pero en México se ha ignorado”, enfatizó Vázquez Calva.

    Aborto no es un derecho humano

    Insistieron en que el aborto no es un derecho humano, ni en las leyes mexicanas ni en los tratados internacionales. “Es una falsa solución que afecta tanto a la mujer en situación de vulnerabilidad como al hijo por nacer”, declararon voceras del colectivo.

    Paulina Mendoza hizo un llamado enérgico a los ministros de la SCJN, a los legisladores y a las instituciones del Estado mexicano a actuar con congruencia legal y convencional. “Exigimos que la agenda pública se centre en verdaderas soluciones para las mujeres: salud materna de calidad, seguridad, oportunidades económicas y redes de apoyo que no las obliguen a elegir entre su desarrollo y la vida de sus hijos”. –sn–

    Pleno de la SCJN

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  46. SCJN niega amparo a Aeromexico por concesión aduanera

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó por unanimidad otorgar un amparo a una aerolínea que impugnó el artículo 14 de la Ley Aduanera.

    Por Gabriela Díaz | Reportera                                                      

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió por unanimidad negar el amparo promovido por la empresa Aeroméxico contra disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley Aduanera.

    El asunto fue analizado por el máximo tribunal del país, que revisó la constitucionalidad de las reglas aplicables a las concesiones relacionadas con recintos fiscales.

    La disposición impugnada fue reformada en 1998 y establece un periodo determinado para la vigencia de las concesiones.

    Avalan proyecto del ministro

    Los ministros respaldaron el proyecto elaborado por el ministro Arístides Rodrigo Guerrero García, quien propuso negar la protección constitucional solicitada por la aerolínea.

    Durante la discusión se concluyó que la norma cuestionada no contraviene los principios previstos en la Constitución. La resolución fue aprobada de manera unánime por los integrantes del pleno que participaron en el análisis del caso.

    Definen alcance de concesiones

    La legislación establece que las concesiones tendrán una duración de 20 años. Asimismo, contempla la posibilidad de extender dicho periodo por otros 20 años adicionales bajo las condiciones previstas en la ley.

    El análisis de la Corte se centró en determinar si este esquema afectaba derechos constitucionales de quienes operan bajo ese régimen jurídico.

    Descartan violación al principio de igualdad

    En su argumentación, el ministro Arístides Rodrigo Guerrero García señaló que la disposición no vulnera el principio de igualdad.

    Explicó que las concesiones otorgadas antes de la reforma y aquellas sujetas al nuevo esquema legal corresponden a contextos jurídicos distintos.

    Por ello, consideró que no existe una comparación equivalente entre ambos supuestos para acreditar un trato discriminatorio. –sn–

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  47. Realizan primera Feria Bibliográfica de la Suprema Corte en Oaxaca

    Se realizó la primera Feria Bibliográfica, bajo el eje temático “La Producción Bibliográfica de la Suprema Corte, una política editorial al servicio de la nueva justicia”, en la ciudad de Oaxaca de Juárez.

    Por Gabriela Díaz | Reportera                                                      

    Con el objetivo de impulsar una política editorial, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) puso en marcha una estrategia de proximidad social que busca llevar el conocimiento jurídico fuera de sus recintos tradicionales y, con ello, romper barreras institucionales.

    En el marco de la Feria Bibliográfica de la Casa de los Saberes Jurídicos de Oaxaca, bajo el eje temático “La Producción Bibliográfica de la Suprema Corte, una política editorial al servicio de la nueva justicia”, Gerardo García Marroquín, director general de la Coordinación de Compilación y Sistematización de Tesis precisó que este ejercicio es un primer paso para probar cómo difundir mejor el conocimiento jurídico, cómo vincularlo con quienes lo necesitan y cómo lograr que las obras del Alto Tribunal lleguen a las manos de sus destinatarios.

    “La Feria que inauguramos dialoga directamente con los objetivos de planeación, difusión y acceso al conocimiento jurídico: para fortalecer la labor editorial, aprovechar de manera responsable los recursos públicos, distribuir las obras y acercarlas a sus destinatarios, ya sean personas juzgadoras, personal jurisdiccional, estudiantes, docentes, investigadoras e investigadores, personas servidoras públicas y ciudadanía en general”, dijo.

    Explicó que esta propuesta se basa en la línea de acción “Justicia cercana al Pueblo” del Plan Estratégico 2025-2027, promovido por el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz, a fin de transformar la labor de publicación en un puente directo con la sociedad. Dijo que se perfila la elaboración de materiales breves, especializados y oportunos, “concebidos para acercar a la sociedad los temas que hoy transforman la impartición de justicia en el país y para facilitar la consulta y la comprensión de contenidos jurídicos relevantes para esta nueva etapa”. –sn–

    Sociedad Noticias

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  48. Debate por facultades de la SCJN crece en congresos estatales

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) enfrenta cuestionamientos por resoluciones que ordenan a los congresos de Yucatán y Puebla aprobar reformas específicas dentro de plazos determinados.

    Por Gabriela Díaz | Reportera                                                      

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se encuentra en el centro de una discusión jurídica y política por resoluciones dirigidas a los congresos locales de Yucatán y Puebla, en las que establece plazos para realizar reformas legislativas y contempla sanciones económicas en caso de incumplimiento.

    De acuerdo con documentos judiciales, el caso de Yucatán alcanzará una etapa clave este lunes, cuando se determine el estado de cumplimiento de una resolución relacionada con modificaciones constitucionales en materia del derecho a la vida.

    Especialistas en derecho constitucional señalan que el debate rebasa el contenido de los temas discutidos y se centra en los alcances de las facultades de la Corte frente a los poderes legislativos estatales.

    Caso Yucatán

    Mediante el Oficio 13108/2026, el Juzgado Tercero de Distrito en Yucatán notificó a los integrantes del Congreso local sobre la obligación de cumplir una resolución derivada del Amparo en Revisión 274/2024.

    La determinación instruye al Poder Legislativo estatal a derogar disposiciones consideradas inconstitucionales en materia de aborto antes de que concluya el periodo ordinario de sesiones correspondiente.

    El apercibimiento contempla multas individuales de hasta 269 mil 226 pesos para los legisladores en caso de incumplimiento de la resolución judicial.

    Caso Puebla

    En Puebla, la discusión se relaciona con la Acción de Inconstitucionalidad 73/2021, mediante la cual el Tribunal Pleno vinculó al Congreso estatal para reformar el Código Civil local en materia de reconocimiento de identidad de género autopercibida para menores de edad.

    La resolución estableció un plazo de doce meses para realizar las adecuaciones legislativas correspondientes y contempla sanciones económicas para funcionarios responsables de informar sobre el cumplimiento.

    Las multas previstas pueden alcanzar hasta 120 Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalentes a aproximadamente 14 mil pesos.

    Debate constitucional

    El constitucionalista Abraham Madero Márquez sostuvo que la discusión central consiste en determinar si un tribunal constitucional puede ordenar no solo la revisión de normas, sino también el contenido específico de las reformas que deben aprobar los congresos locales.

    De acuerdo con el especialista, la preocupación radica en que las resoluciones judiciales podrían influir directamente en el resultado de las deliberaciones parlamentarias, lo que abriría un debate sobre la autonomía de los poderes legislativos estatales.

    Madero Márquez argumentó que diversos artículos de la Constitución establecen la soberanía de las entidades federativas y la facultad exclusiva de los congresos para crear, modificar y derogar leyes dentro de sus respectivas competencias.

    Argumentos sobre federalismo

    Entre los puntos señalados por especialistas se encuentra la defensa del pacto federal, la autonomía legislativa de los estados y los límites constitucionales de las facultades jurisdiccionales.

    También se menciona que la función principal de la SCJN consiste en interpretar y aplicar la Constitución, mientras que la creación de normas corresponde a los órganos legislativos federales y locales. –sn–

    Pleno de la SCJN

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  49. Sheinbaum celebra fallo histórico de la Corte sobre ABC

    Resolución declara imprescriptibles delitos del caso Guardería ABC.

    Por Paola Ramírez | Reportera                                                       

    La presidente Claudia Sheinbaum Pardo celebró la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que determinó que los delitos relacionados con el caso de la Guardería ABC son imprescriptibles. La mandataria consideró que la decisión representó un avance en materia de justicia. También afirmó que el fallo atendió las demandas planteadas durante años por las víctimas.

    https://youtu.be/7dTYa9ljxHU?t=3267


    Durante su tradicional conferencia de prensa desde Palacio Nacional, Sheinbaum sostuvo que la determinación reflejó una visión distinta dentro del máximo tribunal del país. Indicó que la actual integración de la Corte actuó de manera diferente a administraciones anteriores. Además, señaló que la resolución respondió a criterios centrados en los derechos de las víctimas.

    La titular del Ejecutivo federal calificó la decisión como histórica. Consideró positivo que la Corte tomara en cuenta los planteamientos de familiares y afectados. También atribuyó el resultado a los cambios registrados en el Poder Judicial.

    Reconocimiento a víctimas

    La presidente afirmó que el aspecto más relevante de la resolución consistió en el reconocimiento de las exigencias de justicia expresadas por las víctimas. Señaló que la decisión judicial avanzó en el sentido de atender reclamos pendientes desde hace años. Asimismo, sostuvo que el fallo fortaleció la confianza en las instituciones.

    Sheinbaum destacó que la función de la Corte consiste en garantizar el cumplimiento de la Constitución. Indicó que las resoluciones deben emitirse sin favorecer intereses particulares. También recordó que la igualdad ante la ley constituye uno de los principios fundamentales del sistema jurídico mexicano.

    https://sociedad-noticias.com/2026/06/19/conferencia-presidencial-de-claudia-sheinbaum-de-este-jueves-viernes-19-de-junio-2026/

    La mandataria reiteró que los procesos posteriores derivados de la resolución corresponderán a las autoridades competentes. Enfatizó que las instituciones encargadas de la procuración de justicia deberán determinar los alcances legales del fallo. El seguimiento del caso continuará en las instancias correspondientes. –sn–

    https://youtu.be/7dTYa9ljxHU?t=3349

    Anti monumento ABC

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