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  1. Liberan a exdirector del DIF Jalisco y suspenden a juez

    Lucio “N”, exdirector del DIF Jalisco vinculado a proceso por violación, fue liberado por un juez penal, según denunció el secretario general de Gobierno, Salvador Zamora. El juzgador fue suspendido y enfrentará un procedimiento sancionador.

    Por Daniel Reséndiz | Corresponsal                                                

    Lucio Miranda Robles, exdirector general del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Jalisco (DIF Jalisco), fue liberado después de permanecer en prisión preventiva por una acusación de violación, decisión que el gobierno estatal calificó como irregular y que derivó en la suspensión del juez que ordenó su libertad.

    El secretario general de Gobierno de Jalisco, Salvador Zamora Zamora, informó que un juez penal de control otorgó el auto de libertad al exfuncionario, pese a que previamente había sido vinculado a proceso y se le había impuesto prisión preventiva oficiosa por seis meses.

    Zamora señaló que el juzgador Luis Ignacio “N” fue suspendido de sus funciones por el Consejo de la Judicatura y que enfrentará un procedimiento sancionador por la resolución que permitió la salida de Lucio “N”. La autoridad estatal sostiene que el delito por el que está procesado amerita prisión preventiva oficiosa.

    ¿Por qué fue detenido Lucio “N”?

    Lucio “N” fue detenido el 12 de agosto y posteriormente vinculado a proceso por una acusación de violación contra una mujer que trabajaba en el DIF Jalisco cuando él se desempeñaba como director general de la institución.

    La Fiscalía del Estado de Jalisco informó que los hechos investigados ocurrieron en marzo de 2024, durante un supuesto curso laboral realizado en el municipio de Tapalpa. Según la investigación ministerial, el entonces funcionario habría aprovechado su posición jerárquica para agredir sexualmente a una colaboradora.

    Durante la audiencia inicial, el Ministerio Público presentó datos de prueba que llevaron al juez a vincularlo a proceso. Como medida cautelar se había establecido prisión preventiva oficiosa por seis meses y se fijaron tres meses para el cierre de la investigación complementaria.

    El caso se remonta a marzo de 2024

    La investigación de la Fiscalía señala que el presunto ataque ocurrió durante una actividad laboral en Tapalpa.

    De acuerdo con la denuncia y los datos difundidos por la autoridad ministerial, trabajadores del DIF Jalisco, entre ellos el entonces director y la denunciante, habían sido convocados a un supuesto curso que tendría lugar el 6 de marzo de 2024.

    La Fiscalía sostiene que, durante la noche de esa jornada, la víctima habría sido llevada hacia un auditorio que se encontraba vacío, donde presuntamente ocurrió la agresión. La mujer logró salir del lugar y posteriormente presentó una denuncia.

    A partir de la denuncia se otorgaron medidas de protección a la víctima y se desarrollaron las diligencias que posteriormente llevaron a la solicitud y ejecución de una orden de aprehensión contra el exfuncionario.

    ¿Qué había resuelto inicialmente el juez?

    Antes de la nueva resolución, un juez había considerado suficientes los datos de prueba presentados por la Fiscalía para vincular a proceso a Lucio “N”.

    La decisión contemplaba seis meses de prisión preventiva oficiosa y tres meses para desarrollar la investigación complementaria. Es decir, la situación jurídica del exfuncionario había avanzado de la etapa de investigación inicial a un proceso penal formal.

    La nueva determinación judicial modificó esa situación y permitió su salida de prisión.

    El gobierno estatal considera que la decisión fue irregular y anunció consecuencias administrativas contra el juez que la emitió.

    Gobierno de Jalisco cuestiona la liberación

    Salvador Zamora cuestionó públicamente la resolución y sostuvo que el delito por el que Lucio “N” se encuentra procesado se encuentra dentro de los supuestos que ameritan prisión preventiva oficiosa.

    El funcionario afirmó que la liberación fue concedida de manera irregular y que el juzgador deberá responder ante las instancias encargadas de revisar su actuación.

    La postura del gobierno estatal introduce una segunda vertiente en el caso: además de la investigación penal contra el exdirector del DIF Jalisco, ahora existe una revisión sobre la actuación del juez que ordenó su libertad.

    Juez queda suspendido y enfrentará procedimiento

    La suspensión de Luis Ignacio “N” fue atribuida por el gobierno estatal al Consejo de la Judicatura.

    La medida significa que el juzgador dejará temporalmente sus funciones mientras se desarrolla el procedimiento correspondiente para determinar si incurrió en alguna irregularidad.

    La suspensión, por sí misma, tampoco constituye una resolución definitiva sobre la responsabilidad administrativa del juez. Será el procedimiento sancionador el que determine si existió una conducta contraria a sus obligaciones y, en su caso, qué consecuencia corresponde.

    El gobierno promete “cero tolerancia”

    El caso ocurre pocos días después de que autoridades estatales fijaran públicamente una postura de cero tolerancia frente a las denuncias de violencia.

    Tras la detención y vinculación de Lucio “N”, el gobierno de Jalisco había señalado que las relaciones políticas o los antecedentes públicos de una persona no deberían interferir con la actuación de las instituciones de procuración e impartición de justicia.

    El jefe de Gabinete estatal, Alberto Esquer Gutiérrez, también había rechazado que el proceso contra el exfuncionario hubiera sido retrasado por su condición de servidor público y sostuvo que la ley debía aplicarse por igual.

    La liberación ocurrida posteriormente coloca nuevamente el expediente en el centro del debate sobre la actuación de las instituciones judiciales. –sn–

    Lucio Miranda Robles

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  2. Prisión preventiva oficiosa permanece pese a fallos internacionales contra México

    La prisión preventiva oficiosa continúa vigente en México pese a sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que cuestionan su compatibilidad con estándares internacionales. La medida permanece en el artículo 19 de la Constitución desde la reforma penal de 2008.

    Por Martín García | Reportero                                      

    La prisión preventiva oficiosa continúa formando parte del sistema de justicia penal mexicano pese a las sentencias emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y a diversos intentos desde el Poder Judicial de la Federación para limitar su aplicación, al considerar que la medida vulnera estándares internacionales de derechos humanos.

    La figura fue incorporada al artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en 2008 como parte de la reforma constitucional que transformó el sistema de justicia penal durante el gobierno del expresidente Felipe Calderón Hinojosa. Desde entonces, su permanencia ha generado un intenso debate entre autoridades, especialistas, organismos internacionales y organizaciones civiles.

    El principal cuestionamiento radica en que la prisión preventiva oficiosa obliga al juez a ordenar el encarcelamiento de una persona imputada cuando el delito que se le atribuye forma parte del catálogo previsto en la Constitución, sin que el Ministerio Público deba acreditar previamente la necesidad de imponer esa medida cautelar.

    ¿Qué es la prisión preventiva oficiosa?

    La prisión preventiva oficiosa es una medida cautelar que implica que una persona permanezca privada de la libertad mientras se desarrolla el proceso penal, sin que exista todavía una sentencia condenatoria.

    A diferencia de la prisión preventiva justificada, en la que el Ministerio Público debe demostrar ante un juez que existen riesgos como la fuga del imputado, la afectación a la investigación o el peligro para la víctima o los testigos, la modalidad oficiosa se aplica de manera obligatoria cuando se trata de alguno de los delitos contemplados en el artículo 19 constitucional.

    Entre esos ilícitos se encuentran, entre otros, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, secuestro, violación, trata de personas, corrupción en determinados supuestos, delitos cometidos con medios violentos, desaparición forzada y diversos ilícitos relacionados con hidrocarburos, armas y seguridad nacional.

    Corte IDH cuestiona su aplicación

    La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha emitido sentencias en las que determinó que la prisión preventiva oficiosa resulta incompatible con la Convención Americana sobre Derechos Humanos, al considerar que elimina el análisis individual que debe realizar un juez sobre la necesidad, proporcionalidad y excepcionalidad de la medida cautelar.

    El tribunal internacional ha sostenido que la privación automática de la libertad antes de una sentencia puede afectar derechos fundamentales como la presunción de inocencia, el debido proceso y la libertad personal.

    En cumplimiento de esas resoluciones, la Corte IDH ordenó al Estado mexicano adecuar su marco jurídico para armonizarlo con los estándares internacionales en materia de derechos humanos.

    https://sociedad-noticias.com/2025/09/18/los-derechos-humanos-sostienen-la-democracia/

    Debate constitucional en México

    El tema ha llegado en diversas ocasiones a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), donde ministros han debatido el alcance de las sentencias internacionales y la posibilidad de inaplicar la prisión preventiva oficiosa frente al texto expreso de la Constitución.

    Sin embargo, la mayoría de los criterios judiciales han concluido que la Suprema Corte no puede dejar sin efectos una disposición constitucional vigente, por lo que cualquier modificación de fondo requiere una reforma aprobada por el Congreso de la Unión y las legislaturas estatales.

    Mientras tanto, la figura continúa aplicándose en los casos previstos por el artículo 19 constitucional, lo que mantiene abierto el debate entre quienes consideran que constituye una herramienta para combatir delitos de alto impacto y quienes sostienen que su aplicación automática vulnera derechos fundamentales reconocidos por el derecho internacional. –sn–

    Prisión

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  3. SCJN inicia receso con más de 800 casos pendientes y 63 asuntos urgentes

    La SCJN iniciará su receso de 2026 con más de 800 expedientes pendientes y deberá resolver 63 asuntos prioritarios sobre prisión preventiva e IVA en aduanas antes de que concluya el año.

    Por Martín García | Reportero                                      

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) iniciará el próximo miércoles su primer periodo de receso de 2026 con una carga superior a 800 expedientes pendientes de resolución, entre ellos 63 asuntos considerados prioritarios debido a que sus plazos constitucionales concluyen antes de finalizar el año.

    Al reanudar actividades el próximo 3 de agosto, el máximo tribunal del país enfrentará un periodo de alta actividad para emitir sentencias en casos tributarios y penales que permanecen sin resolución, algunos de ellos heredados de la integración anterior del pleno.

    La acumulación de expedientes ocurre cuando la actual conformación de la Corte está próxima a cumplir un año en funciones, mientras diversos litigios de alto impacto económico y constitucional continúan a la espera de un criterio definitivo.

    Prisión preventiva e IVA, entre los casos más relevantes

    Entre los asuntos que deberá resolver la SCJN destacan expedientes iniciados desde 2023 relacionados con la aplicación de la prisión preventiva oficiosa, tema que ha generado un amplio debate jurídico sobre su compatibilidad con los derechos humanos y los estándares internacionales.

    Otro de los casos de mayor relevancia corresponde al denominado doble cobro del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en operaciones aduaneras.

    Este expediente permanece pendiente desde 2024 y su resolución podría tener implicaciones fiscales por más de 44 mil millones de pesos, al definir el criterio que deberán seguir las autoridades tributarias y los tribunales en controversias similares.

    Contrarreloj para cumplir plazos constitucionales

    La Corte deberá organizar sus sesiones a partir de agosto para atender los expedientes cuyo plazo legal vence durante el segundo semestre del año, con el propósito de evitar mayores rezagos en la resolución de asuntos de trascendencia nacional.

    Además de los efectos jurídicos para las partes involucradas, las resoluciones pendientes contribuirán a fijar precedentes obligatorios en materias como justicia penal, derechos fundamentales, política tributaria y seguridad jurídica.

    Las decisiones que adopte el máximo tribunal también podrían incidir en futuros litigios promovidos por particulares, empresas y autoridades fiscales, especialmente en los casos relacionados con la interpretación de disposiciones constitucionales.

    Receso no suspende labores administrativas

    Aunque el pleno de la SCJN entrará en receso, el Poder Judicial mantiene diversas actividades administrativas y de atención institucional durante este periodo, mientras se prepara la agenda jurisdiccional para el inicio del siguiente ciclo de sesiones.

    El regreso de los ministros el 3 de agosto marcará el inicio de una etapa clave para desahogar asuntos acumulados y emitir resoluciones en casos que han permanecido pendientes durante varios meses. –sn–

    Pleno de la SCJN

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  4. Víctimas y sobrevivientes denuncian que la tortura persiste en México

    Colectivos de víctimas y sobrevivientes denunciaron que la tortura continúa como una práctica sistemática en México y exigieron fortalecer las investigaciones, combatir la impunidad y garantizar justicia.

    Por Deyanira Vázquez | Reportera                                        

    En el marco del Día Internacional en Apoyo a las Víctimas de la Tortura, familiares, víctimas y sobrevivientes provenientes de Baja California, Chiapas, Oaxaca, ciudad de México, Chihuahua, Nuevo León, estado de México, Jalisco y Quintana Roo hicieron un llamado conjunto para denunciar que la tortura continúa siendo una práctica sistemática en México y demandaron acciones efectivas para erradicarla.

    A través de un pronunciamiento público, los colectivos señalaron que esta práctica sigue siendo utilizada para obtener confesiones bajo coerción, fabricar culpables y vulnerar el derecho al debido proceso, además de denunciar la persistencia de altos niveles de impunidad.

    Señalan deficiencias en la prevención e investigación de la tortura

    Los firmantes citaron el Índice Global de Tortura de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT), el cual identifica deficiencias estructurales en México para prevenir, investigar y sancionar este delito, así como obstáculos para garantizar el acceso a la justicia y la reparación integral de las víctimas.

    Indicaron que, pese a la existencia de un marco jurídico especializado, persiste una amplia brecha entre la legislación y su aplicación efectiva, situación que favorece la repetición de estos hechos.

    Asimismo, cuestionaron la permanencia de figuras como la prisión preventiva oficiosa, el arraigo y las detenciones arbitrarias, al considerar que facilitan actos de tortura y otras violaciones a los derechos humanos.

    Denuncian impactos en mujeres, población LGBTIQ+ y personas privadas de la libertad

    El pronunciamiento destacó que la tortura genera afectaciones diferenciadas en diversos grupos de la población.

    Los colectivos recordaron los casos de mujeres fallecidas bajo custodia en el Centro Federal de Reinserción Social número 16, así como denuncias de tortura sexual, además de agresiones contra integrantes de la comunidad LGBTIQ+, particularmente mujeres trans.

    También señalaron que estas prácticas no se limitan a centros de detención, sino que pueden presentarse durante protestas sociales, en estaciones migratorias y en instituciones de salud mental o de rehabilitación para personas con problemas de consumo de sustancias. –sn–

    Sociedad Noticias

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  5. México, de alto riesgo por tortura: OMCT

    La OMCT clasificó a México como un país de riesgo alto en el Índice Global de la Tortura 2025 por impunidad y debilidades institucionales.

    Por Martín García | Reportero                                      

    La Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) clasificó a México como un país de riesgo alto en el Índice Global de la Tortura 2025, presentado en el marco del Día Internacional en Apoyo de las Víctimas de la Tortura, conmemorado cada 26 de junio. El organismo evaluó las condiciones legales e institucionales relacionadas con la prevención, investigación y sanción de este delito. El informe identifica factores que, a su juicio, mantienen riesgos persistentes para los derechos humanos.

    De acuerdo con la OMCT, la tortura continúa vinculada en México con altos niveles de impunidad y con prácticas como las detenciones arbitrarias. El documento también señala preocupaciones relacionadas con el arraigo y la prisión preventiva oficiosa, así como con las limitaciones institucionales para investigar y sancionar a los responsables.

    El informe sostiene que estos factores afectan el acceso de las víctimas a la justicia y dificultan la erradicación de la tortura. La organización consideró que las medidas adoptadas hasta ahora no han sido suficientes para revertir esta problemática.

    Persisten desafíos

    La OMCT explicó que el índice evalúa el marco jurídico, las políticas públicas y la capacidad institucional de los países para prevenir la tortura. También analiza la actuación de las autoridades encargadas de investigar las denuncias y garantizar la rendición de cuentas.

    Según el organismo, la permanencia de prácticas que permiten restricciones a la libertad personal sin sentencia definitiva representa uno de los elementos considerados dentro de la evaluación realizada para México.

    El documento agrega que la impunidad continúa siendo uno de los principales obstáculos para combatir la tortura y garantizar el acceso efectivo a la justicia de las personas afectadas.

    Llaman a fortalecer instituciones

    La organización internacional planteó la necesidad de fortalecer las instituciones encargadas de prevenir, investigar y sancionar la tortura. También señaló la importancia de consolidar mecanismos independientes de supervisión y protección de los derechos humanos.

    El informe sostiene que las reformas legales deben acompañarse de acciones efectivas para garantizar investigaciones imparciales y el procesamiento de quienes resulten responsables cuando existan pruebas suficientes. –sn–

    Tortura

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  6. Reclama abogado cuerpo de «El Mencho»: FGR

    Seguimiento a los hechos ocurridos en Tapalpa, Jalisco, la Fiscalía General de la República (FGR) donde murió El Mencho

    Por Martín García | Reportero

    El cuerpo de Nemesio Oseguera Cervantes será entregado a un representante jurídico de los familiares, La Fiscalía General de la República (FGR) dio a conocer que recibió un escrito en el que se solicita la entrega de sus restos mortales, «por lo que el representante social agota todos los procedimientos protocolarios que son necesarios para estar en condiciones de formalizar su entrega».

    Aunado a estos, el Ministerio Público Federal (MPF), adscrito a la Fiscalía Especializada en materia de Delincuencia Organizada (FEMDO), formuló imputación en contra de Andrés “N” y Genaro “N”, detenidos el domingo pasado, por su probable participación en los delitos de portación de armas con agravante y portación de aditamento y de cargadores de uso exclusivo de las fuerzas armadas.

    Derivado de lo anterior, el MPF obtuvo de un juez de control prisión preventiva oficiosa en contra de ambos individuos, una vez que se expusieron los datos de prueba que sustentan la solicitud de vinculación a proceso.

    La defensa solicitó la duplicidad del término constitucional, por lo que luego de concluir la audiencia, que se efectuó vía remota, ambos fueron trasladados al Centro Federal de Readaptación Social (CEFERESO) Número 1 «El Altiplano», ubicado en Almoloya de Juárez, en el estado de México. –sn–

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  7. GIDH advierte de graves retrocesos democráticos en derechos humanos en México

    Alertan deterioro democrático y crisis de derechos humanos en México tras informe sobre los derechos humanos en México.


    Por Gabriela Díaz | Reportera                                                      

    El Grupo Integral de Derechos Humanos (GIDH) “Lex-magister”, a través de su presidente, Jesús Rey Fierro Hernández, doctor en Derecho y galardonado con el Premio Nacional de Derechos Humanos 2017, expresó su profunda preocupación por las conclusiones del más reciente informe de Human Rights Watch (HRW), en el que se ubica a México entre los países con mayor deterioro democrático y graves violaciones a los derechos humanos.

    El doctor en derecho Fierro Hernández señaló que los hallazgos presentados por HRW confirman alertas que organizaciones civiles y defensores de derechos humanos han venido documentando desde hace varios años, particularmente en lo relativo a la eliminación de contrapesos institucionales, la persistente impunidad y los abusos cometidos por fuerzas de seguridad. Subrayó que la erosión del Estado de derecho es un proceso acumulativo que termina afectando directamente a la ciudadanía.

    “El debilitamiento de la independencia judicial, la ampliación de figuras como la prisión preventiva oficiosa y la militarización de tareas civiles generan un entorno propicio para la restricción de derechos fundamentales. Cuando se concentran facultades sin controles efectivos, se abre la puerta a decisiones arbitrarias que históricamente han terminado mal”, afirmó.

    Desapariciones forzadas

    El defensor del pueblo, recordó que existe una severa crisis en materia de desapariciones forzadas, que supera los 133 mil casos registrados, y en la negativa institucional a reconocer este fenómeno como estructural. Para el también abogado litigante, esta postura obstaculiza el diseño de políticas públicas eficaces y revictimiza a miles de familias que siguen buscando verdad y justicia, sin encontrarla aún.

    Detalló que México atraviesa una forma específica de deterioro democrático, distinta a otras crisis de la región, pero igualmente grave, caracterizada por el desmantelamiento progresivo del sistema de pesos y contrapesos. “Este escenario incrementa el riesgo de que futuros gobiernos utilicen esas facultades concentradas para restringir libertades civiles y políticas”.

    Corregir prácticas

    Asimismo, Fierro Hernández advirtió que la cercanía del Mundial de Futbol 2026 colocará a México bajo un mayor escrutinio internacional, lo que obliga al Estado mexicano a atender con seriedad las observaciones en violaciones a las gratías individuales. “La atención global en derechos humanos es una oportunidad para corregir prácticas, fortalecer instituciones y demostrar un compromiso real con la dignidad humana”, sostuvo.

    Finalmente, el Grupo Integral de Derechos Humanos “Lex-magister” llamó a las autoridades de los tres niveles de gobierno a asumir las recomendaciones internacionales, restablecer los equilibrios democráticos y garantizar que el combate a la violencia y la pobreza no se realice a costa de los derechos civiles y políticos. “Los apoyos sociales son importantes, pero nunca sustituyen la obligación del Estado de proteger a las personas frente a los abusos del poder y de garantizar acceso efectivo a la justicia”, concluyó Jesús Rey Fierro Hernández. –sn–

    Jesús Rey Fierro Hernández

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  8. Exconsejera jurídica de AMLO hará proyecto de prisión preventiva oficiosa

    La SCJN asignó a María Estela Ríos el caso sobre prisión preventiva oficiosa en México.


    Por Martín García | Reportero                                      

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación distribuyó bajo su nuevo modelo el expediente 3/2023. Este incluyó la recepción de sentencias internacionales vinculadas a la prisión preventiva oficiosa en el país.

    El caso fue turnado a la ministra María Estela Ríos, exconsejera de Andrés Manuel López Obrador. La funcionaria recibió la responsabilidad de elaborar un proyecto sobre la constitucionalidad de esta figura jurídica.

    El expediente derivó de la sentencia emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). El fallo ordenó la inaplicación de la prisión preventiva automática en territorio mexicano.

    Fallo internacional vinculante

    La sentencia de la CIDH vinculó al Estado mexicano con un caso de excepción preliminar. Se trató de García Rodríguez y otro contra México, resuelto en el tribunal internacional.

    El documento estableció que el artículo 319 del Código de Procedimientos Penales del Estado de México era contrario a la Convención Americana. También incluyó el artículo 19 constitucional, reformado en 2008.

    Según la Corte Interamericana, las normas omitieron establecer finalidades específicas de la prisión preventiva. Tampoco contemplaron un análisis de proporcionalidad frente a medidas menos restrictivas.

    En consecuencia, el tribunal determinó que México debía adecuar su marco jurídico.

    Proyecto pendiente en la Corte

    El exministro Jorge Mario Pardo Rebolledo dejó un proyecto de sentencia en la SCJN. Este planteaba que los jueces mexicanos debían inaplicar la prisión preventiva automática.

    El borrador señaló que la medida resultaba incompatible con los artículos 7, 8 y 24 de la Convención Americana. Dichos numerales fueron correlacionados con los artículos 1, 4, 16 y 20 de la Constitución mexicana.

    El proyecto advirtió que la prisión automática vulneraba derechos de libertad y debido proceso. Además, enfatizó la obligación de jueces federales y estatales de acatar los estándares internacionales.

    Este documento fue base para la nueva discusión del Alto Tribunal.

    Ríos recibe el expediente

    Con el nuevo esquema de distribución de casos, la ministra María Estela Ríos asumió el análisis. Su tarea consistió en definir acciones a seguir en relación con la sentencia internacional.

    El expediente remitido a su ponencia solicitó lineamientos sobre reparaciones, costas y medidas de cumplimiento. Esto implicó evaluar la vigencia de disposiciones procesales mexicanas.

    La SCJN quedó obligada a revisar el alcance de la prisión preventiva oficiosa. Se trató de un debate jurídico de impacto nacional por sus consecuencias en materia penal.

    La asignación fue confirmada en los estrados del tribunal constitucional.

    Contexto político y jurídico

    La figura de prisión preventiva oficiosa fue reformada en 2008. Su aplicación automática ha sido objeto de críticas de organismos internacionales de derechos humanos.

    Durante el sexenio de Andrés Manuel López Obrador, la medida fue defendida como herramienta de seguridad pública. Sin embargo, su constitucionalidad quedó cuestionada tras la sentencia de la CIDH.

    La decisión de turnar el caso a Ríos coincidió con su papel previo como consejera jurídica de la Presidencia. Ello reforzó el interés público sobre su ponencia. El tema abrió una nueva etapa en la relación entre México y el sistema interamericano. –sn–

    Personas en foro

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  9. Averquenosdice el ministro pte Zaldívar #prisionpreventivaoficiosa

    No coincide con la conclusión.
    ...que oficioso no significa automático.

  10. Grande, la ministra Piña 🔥

    A favor del proyecto #prisionpreventivaoficiosa 🇲🇽

    "Inconstitucional es que sea automática" 😍😍

  11. Gracias por la claridad, ministro Ortiz Mena 👏👏

    #prisionpreventivaoficiosa 🇲🇽

  12. Hoy los ministros en 🇲🇽 iniciarán el debate de un nuevo proyecto sobre la #prisionPreventivaOficiosa propuesto por el ministro Luis María Aguilar.
    En este nuevo documento plantea que las autoridades de seguridad y justicia dejen de aplicar esta medida de forma automática y, en su lugar, estudien su utilización caso por caso. 
    animalpolitico.com/2022/11/pri

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