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#tribunal-federal-de-justicia-administrativa — Public Fediverse posts

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  1. Penguin Random House lleva al TFJA disputa con el IMPI por libro sobre Gloria Trevi

    Penguin Random House impugnó ante el TFJA la resolución del IMPI que restringe el uso del nombre e imagen de Gloria Trevi en el libro “Todo a la Luz”.

    Por Martín García | Reportero                                      

    Penguin Random House llevó ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) la disputa con el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) por las restricciones impuestas al libro Todo a la Luz, de Karla de la Cuesta, relacionado con el caso de Gloria Trevi y Sergio Andrade. La demanda fue admitida por la Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual del tribunal.

    El conflicto deriva de una resolución del IMPI emitida el 27 de julio de 2026, mediante la cual se ordenó a la editorial dejar de utilizar el nombre y el rostro de Gloria Trevi en la obra, incluso para fines informativos o periodísticos, además de imponer una multa superior a 500 mil pesos y advertir sobre posibles sanciones adicionales si continuaba la distribución en las condiciones señaladas.

    La controversia coloca nuevamente frente a frente dos derechos: la protección de la imagen y los derechos de propiedad intelectual, por una parte, y la libertad de expresión y el derecho a informar sobre asuntos de interés público, por otra. La editorial busca que la legalidad de la resolución sea revisada por el tribunal administrativo.

    ¿Por qué fue sancionada Penguin Random House?

    De acuerdo con la resolución del IMPI reportada por distintos medios, el procedimiento se relaciona con el uso no autorizado del nombre y fotografías de Trevi en Todo a la Luz, publicado bajo el sello Grijalbo. El instituto ordenó suspender la comercialización mientras se mantengan las imágenes cuestionadas o hasta que exista autorización de la artista.

    El antecedente del litigio se remonta a 2024, cuando representantes de Trevi solicitaron medidas provisionales contra la editorial por el uso de su imagen en la publicación. Posteriormente, el conflicto continuó en distintas instancias administrativas y judiciales. –sn–

    Libro Todo a la Luz

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  2. TFJA sanciona a funcionarios de CFE, SAT, IMSS y Sedena

    El TFJA impuso inhabilitaciones, suspensiones, destituciones y multas a funcionarios de CFE, Defensa, SEP, SAT, IMSS y Asipona Manzanillo por faltas administrativas graves.

    Por Gabriela Díaz | Reportera                                           

    El Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) impuso inhabilitaciones, suspensiones, destituciones y sanciones económicas a personas servidoras públicas de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), Defensa, SEP, SAT, IMSS y Asipona Manzanillo por faltas administrativas graves.

    Las resoluciones incluyeron inhabilitaciones de hasta 10 años, multas millonarias y separaciones del cargo, derivadas de investigaciones en las que las autoridades acreditaron infracciones cometidas durante distintos años.

    De acuerdo con la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, las investigaciones fueron realizadas mediante la Unidad de Responsabilidades de la CFE y Órganos Internos de Control de diversas dependencias federales. El TFJA resolvió los procedimientos correspondientes a faltas graves.

    Sanciones en la Comisión Federal de Electricidad

    En la CFE, Rodrigo C., adscrito a la División de Distribución Centro Oriente en Puebla, recibió una inhabilitación de 10 años y una sanción económica de 33 mil pesos.

    La investigación estableció que en 2024 presentó nueve incapacidades médicas que no fueron reconocidas por la autoridad de salud competente, con lo que buscó evitar el descuento correspondiente a 22 días de salario.

    Por otro lado, Roberto H. y Luis H., de la División Sureste de CFE Distribución, fueron suspendidos durante 30 días por autorizar en 2019 la contratación de un extrabajador que estaba inhabilitado desde 2013.

    También fue suspendido por 30 días Hugo H., de la División Oriente de CFE Distribución en Coatzacoalcos, Veracruz, debido a que en 2018 autorizó la contratación de un extrabajador que permanecía inhabilitado desde 2009.

    Defensa y Educación

    En la Secretaría de la Defensa Nacional (Defensa), Juan D., del Hospital Militar de Zona de Cinco de Mayo, Durango, recibió una inhabilitación de 10 años, destitución y una sanción económica de 651 mil pesos.

    El procedimiento se relacionó con hechos ocurridos en 2021 y 2022, cuando no presentó documentación para comprobar pagos de víveres y consumo de gas LP destinados a personal militar comisionado en otras unidades, además de recursos relacionados con devolución de impuestos.

    En la Secretaría de Educación Pública (SEP), María H. y Susana E., de la Dirección de Asuntos Jurídicos del Consejo Nacional de Fomento Educativo (Conafe), recibieron una inhabilitación de 10 años y una sanción económica compartida de 564 mil pesos.

    El caso correspondió a actuaciones realizadas en 2018 relacionadas con la firma de un convenio y el trámite de prestaciones laborales que, de acuerdo con la resolución, no correspondían al trabajador por la terminación de su relación laboral.

    Resoluciones contra funcionarios del SAT

    En el Servicio de Administración Tributaria (SAT), Alejandra M. fue inhabilitada durante 10 años y recibió una sanción económica de 253 mil pesos.

    La resolución determinó que en 2019 no solicitó oportunamente documentación necesaria para la defensa de diversos juicios, situación que impidió recuperar un crédito fiscal por un monto equivalente a la sanción impuesta.

    Una empresa identificada en el expediente como D. recibió una inhabilitación de cuatro años y una sanción económica de 3.1 millones de pesos por presentar, en 2021, facturas de vehículos alteradas para simular el cumplimiento de requisitos dentro de una licitación de servicios de transporte.

    Asimismo, Jesús M., del Servicio de Administración Desconcentrada Jurídica en Mexicali, Baja California, fue inhabilitado durante un año por firmar en 2021 siete documentos relacionados con la reparación de daños derivados de delitos fiscales, pese a que esa actividad no correspondía a sus funciones. –sn–

    Fachada de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno

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  3. Sancionan con 10 años de inhabilitación a exfuncionario del OIC del IPICYT

    El Tribunal Federal de Justicia Administrativa sancionó a dos exservidores públicos del OIC del IPICYT por faltas administrativas graves relacionadas con vales de despensa y reembolsos de gastos.

    Por Gabriela Díaz | Reportera                                           

    Dos exservidores públicos del Órgano Interno de Control (OIC) en el Instituto Potosino de Investigación Científica y Tecnológica, A.C. (IPICYT) fueron sancionados por faltas administrativas graves relacionadas con la solicitud indebida de vales de despensa y el reembolso de gastos que incluyeron bebidas alcohólicas.

    El Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) determinó las sanciones a partir de las pruebas recabadas por el OIC de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, que acreditaron conductas cometidas entre 2018 y 2019.

    Diez años de inhabilitación para el titular del OIC

    Juan José R., quien se desempeñaba como titular del OIC, recibió una inhabilitación temporal por 10 años y deberá cubrir una indemnización de 100 mil pesos por el daño patrimonial ocasionado.

    En el mismo procedimiento, Víctor Hugo A., entonces titular del Área de Responsabilidades, fue inhabilitado durante un año y deberá pagar una indemnización de 13 mil 630 pesos.

    De acuerdo con la autoridad, las conductas acreditadas fueron clasificadas como faltas administrativas graves por actos de cohecho. Las sanciones fueron impuestas por el TFJA después del procedimiento correspondiente y con base en las pruebas presentadas.

    Las personas sancionadas pueden impugnar

    La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno informó que las personas sancionadas conservan su derecho a impugnar las resoluciones ante las instancias correspondientes.

    La dependencia señaló que, en caso de que se presenten recursos, defenderá las resoluciones emitidas con base en las pruebas recabadas y en las disposiciones legales aplicables.

    El caso se relaciona con hechos ocurridos entre 2018 y 2019, cuando los entonces servidores públicos solicitaron vales de despensa sin contar con derecho a esa prestación y tramitaron reembolsos de gastos que incluyeron bebidas alcohólicas. –sn–

    Fachada de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno

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  4. Sorteo Mayor conmemora 90 años del Tribunal de Justicia Administrativa

    Lotería Nacional dedica el Sorteo Mayor 4025 al 90 aniversario del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, institución que desde 1936 resuelve controversias administrativas y contribuye a garantizar legalidad, certeza jurídica y tutela de derechos en México.

    Por Gabriela Díaz | Reportera                                           

    La Lotería Nacional dedicó el Sorteo Mayor No. 4025 al 90 aniversario del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), institución que desde 1936 participa en la impartición de justicia administrativa y en la resolución de controversias entre particulares y autoridades.

    Durante la ceremonia, realizada en el Auditorio “Antonio Carrillo Flores”, la directora general de Lotería Nacional, Olivia Salomón, y el magistrado presidente del TFJA, José Ramón Amieva Gálvez, develaron el billete conmemorativo por nueve décadas de trayectoria institucional.

    La conmemoración coloca en circulación nacional la imagen del Tribunal a través de uno de los mecanismos tradicionales de la Lotería Nacional, con el propósito de reconocer su evolución y la función que desempeña en la protección de derechos y el control de la legalidad administrativa.

    La historia del actual TFJA se remonta al 27 de agosto de 1936, cuando fue promulgada la Ley de Justicia Fiscal durante el gobierno de Lázaro Cárdenas del Río. El ordenamiento dio origen al entonces Tribunal Fiscal de la Federación, especializado inicialmente en controversias de carácter fiscal.

    De tribunal fiscal a órgano especializado en justicia administrativa

    Con el paso de las décadas, el organismo amplió sus atribuciones y evolucionó hasta convertirse en el actual Tribunal Federal de Justicia Administrativa. La reforma constitucional de 2015 estableció la denominación vigente y consolidó su papel dentro del sistema de justicia administrativa.

    Sorteo Mayor No. 4025

    Actualmente, su competencia abarca distintas materias relacionadas con la actuación administrativa, entre ellas asuntos fiscales, responsabilidades administrativas, comercio exterior, propiedad intelectual y medio ambiente, de acuerdo con la evolución de sus atribuciones jurisdiccionales.

    La propia historia institucional del Tribunal señala que su función fundacional consistió en resolver controversias y revisar la legalidad de actos de la administración, con una evolución posterior hacia mayores condiciones de autonomía e independencia jurisdiccional.

    En 2026, el TFJA autorizó un emblema conmemorativo por sus 90 años, al recordar que el aniversario corresponde a la creación derivada de la Ley de Justicia Fiscal de 1936.

    Olivia Salomón resalta valor del billete conmemorativo

    Durante la ceremonia, Olivia Salomón señaló que los billetes de la Lotería Nacional también permiten preservar la memoria de instituciones que forman parte de la historia del país.

    La funcionaria reconoció la trayectoria de magistrados y servidores públicos que han participado en la evolución del Tribunal y sostuvo que la emisión conmemorativa representa un reconocimiento a nueve décadas de impartición de justicia y servicio público.

    Salomón vinculó la función del Tribunal con la necesidad de contar con instituciones capaces de garantizar que la actuación administrativa se mantenga dentro del marco legal y que las personas tengan mecanismos para defender sus derechos.

    La directora general de Lotería Nacional también sostuvo que la función social de la institución no se limita a la realización de sorteos, pues los recursos obtenidos mediante la venta de billetes contribuyen al financiamiento de obras y acciones de beneficio social.

    Amieva compara impartición de justicia con sorteos

    Por su parte, el magistrado presidente del TFJA, José Ramón Amieva Gálvez, agradeció a Lotería Nacional la emisión del billete y afirmó que el Tribunal trabaja para preservar la confianza de la sociedad mediante decisiones imparciales y objetivas.

    Amieva comparó los principios de transparencia y certeza asociados con los sorteos de Lotería Nacional con la responsabilidad que tienen las personas juzgadoras al emitir sentencias y resoluciones.

    El presidente del Tribunal sostuvo que quienes ejercen funciones jurisdiccionales deben actuar con responsabilidad, integridad e imparcialidad, debido a que sus decisiones inciden directamente en la relación entre las personas y las instituciones públicas.

    El homenaje reunió a magistradas, magistrados y personal jurisdiccional y administrativo del Tribunal, entre ellos Ludmila Valentina Albarrán Acuña, Luz María Anaya Domínguez, Ariadna Camacho Contreras, Selene Cruz Alcalá, Magda Zulema Mosri Gutiérrez y Natalia Téllez Torres Orozco.

    También participaron los magistrados Rafael Anzures Uribe, Víctor Martín Orduño Muñoz, Eduardo Santillán Pérez, Guillermo Valls Esponda, Humberto Rosas Franco, Carlos Chaurand Arzate, Rafael Estrada Sámano, Julián Alfonso Olivas Ugalde, Julio Ángel Sabines Chesterking y Miguel Carrasco Hernández. –sn–

    Sociedad Noticias

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  5. TFJA anula certificado de idoneidad para adopción por información falsa: DIF

    El TFJA anuló un certificado de idoneidad para adopción tras acreditar información falsa y afectaciones emocionales durante un acogimiento preadoptivo.

    Por Gabriela Díaz | Reportera                                           

    El Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) anuló un certificado de idoneidad para adopción luego de acreditar que sus titulares proporcionaron información falsa durante la evaluación y provocaron afectaciones emocionales durante un acogimiento preadoptivo.

    La resolución fue aprobada por mayoría de ocho votos en el Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior, tras el juicio promovido por la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (PFPNNA) para impedir que el documento pudiera utilizarse en otro proceso de adopción.

    Desde el inicio del juicio se establecieron medidas para evitar nuevas asignaciones con fines de adopción en las 32 entidades federativas. La decisión coloca el interés superior de la niñez por encima de la permanencia de una certificación cuando existen elementos que comprometen la aptitud de quienes pretenden adoptar.

    Información falsa durante evaluación

    De acuerdo con el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF), durante el procedimiento judicial se acreditó que las personas titulares del certificado proporcionaron información falsa en su proceso de evaluación y posteriormente reconocieron esa circunstancia.

    También se acreditó que dieron por terminado un acogimiento preadoptivo sin realizar una transición gradual ni contar con el acompañamiento necesario, situación que generó afectaciones emocionales a las infancias involucradas.

    La autoridad consideró que ambos elementos hicieron jurídicamente insostenible la vigencia del certificado, debido a que comprometieron las condiciones necesarias para garantizar una adopción orientada a la protección y bienestar de la niñez.

    Los lineamientos vigentes del SNDIF establecen que el certificado de idoneidad acredita la aptitud de las personas solicitantes y tiene una vigencia de dos años; además, permite que sean propuestas para la asignación de una niña, niño o adolescente susceptible de adopción en cualquier entidad federativa.

    Certificado no garantiza adopción

    La resolución establece que el certificado de idoneidad no constituye una autorización irreversible ni garantiza a sus titulares una asignación con fines de adopción.

    El procedimiento administrativo contempla evaluaciones psicológicas y socioeconómicas, entrevistas, visitas domiciliarias y la integración de un informe psicosocial que es sometido al Comité Técnico de Adopción para determinar la procedencia del certificado.

    La legislación federal establece que el certificado debe emitirse previa opinión favorable del Comité Técnico de Adopción y que las personas solicitantes deben acreditar, entre otros requisitos, capacidad moral y social para procurar una familia adecuada y estable.

    Por ello, la información proporcionada durante la evaluación constituye un elemento relevante para determinar la idoneidad de quienes buscan adoptar.

    Interés superior de la niñez

    El SNDIF sostuvo que la resolución representa un precedente porque impide conservar un certificado cuando la información proporcionada durante la evaluación fue falsa o cuando las actuaciones posteriores muestran que las condiciones de idoneidad dejaron de existir.

    La adopción constituye una medida de protección para garantizar el derecho de niñas, niños y adolescentes a vivir en familia, por lo que el procedimiento debe priorizar su bienestar y estabilidad por encima de las expectativas de las personas adultas.

    La legislación mexicana establece que las autoridades deben actuar conforme al principio del interés superior de la niñez y garantizar su derecho a vivir en familia mediante las medidas administrativas y jurisdiccionales correspondientes.

    El SNDIF reconoció la actuación de las magistradas y magistrados que integraron la mayoría de la Sala Superior del TFJA y consideró que la sentencia fortalece la protección efectiva de los derechos de niñas, niños y adolescentes. –sn–

    Fotografía: Axel Hernández | @SociedadN_

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  6. Gobierno federal sanciona a 226 funcionarios por faltas administrativas durante el primer semestre de 2026

    La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno sancionó a 226 funcionarios federales entre enero y junio de 2026, con 149 suspensiones, 55 inhabilitaciones, 43 amonestaciones y cinco destituciones.

    Por Gabriela Díaz | Reportera                                           

    La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno (SABG) impuso, entre enero y junio de 2026, sanciones a 226 personas servidoras públicas del gobierno federal que ocupaban cargos de mando, por faltas administrativas no graves relacionadas con el ejercicio de sus funciones.

    Las medidas incluyeron 149 suspensiones, 55 inhabilitaciones, 43 amonestaciones públicas o privadas y cinco destituciones. La dependencia informó que las resoluciones se emitieron conforme a la legislación vigente y bajo criterios de proporcionalidad y gravedad de las conductas.

    La información adquiere relevancia en el marco del fortalecimiento de los mecanismos federales de control y combate a la corrupción. La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno es la autoridad encargada de imponer sanciones por faltas administrativas no graves, mientras que las faltas graves son competencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA).

    ¿Qué faltas cometieron los funcionarios?

    De acuerdo con el reporte de la Secretaría, se identificaron 242 casos de incumplimiento de las funciones encomendadas, nueve relacionados con abuso del cargo y uno por abuso de funciones vinculado con acoso u hostigamiento sexual o laboral.

    La cantidad de faltas es superior al número de personas sancionadas porque un mismo servidor público puede haber incurrido en más de una conducta y, por tanto, recibir más de una sanción.

    Entre los servidores públicos sancionados se encontraban 10 titulares de unidad, ocho directores generales, 45 directores de área, 33 subdirectores y 130 jefes de departamento.

    Más de 400 expedientes fueron enviados al TFJA

    Además de las sanciones por faltas no graves, la Secretaría informó que 416 expedientes fueron remitidos al Tribunal Federal de Justicia Administrativa para su resolución, al corresponder a posibles faltas administrativas graves.

    La Ley General de Responsabilidades Administrativas establece una división de competencias entre las autoridades encargadas de investigar y sancionar las conductas de los servidores públicos. En los casos graves, corresponde al TFJA determinar las sanciones. Comunicados recientes de la Secretaría confirman la aplicación de este esquema en procedimientos derivados de investigaciones realizadas por órganos internos de control y unidades de responsabilidades.

    La Secretaría ha mantenido durante 2026 una serie de procedimientos contra servidores públicos y empresas vinculados con infracciones administrativas. En junio, por ejemplo, informó sobre sanciones derivadas de investigaciones realizadas en instituciones como el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Petróleos Mexicanos (Pemex) y otras dependencias y entidades federales.

    Funcionarios pueden impugnar las sanciones

    Las resoluciones administrativas no impiden que las personas sancionadas recurran a los mecanismos de defensa previstos por la legislación.

    La Secretaría precisó que los servidores públicos tienen derecho a impugnar las resoluciones y que, en caso de que esto ocurra, la dependencia defenderá la legalidad de las sanciones emitidas.

    El número de sanciones, por tanto, no equivale necesariamente a resoluciones firmes e inatacables, pues los procedimientos administrativos pueden continuar mediante los recursos legales correspondientes.

    La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, encabezada por Raquel Buenrostro Sánchez, mantiene como parte de sus atribuciones la prevención, investigación y sanción de responsabilidades administrativas dentro de la Administración Pública Federal. La dependencia también dispone de bases de datos públicas sobre servidores públicos con sanciones vigentes. –sn–

    Fachada de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno

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  7. Inhabilitan hasta por 20 años a 34 funcionarios por actos de corrupción

    La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno y el TFJA sancionaron a 34 servidores públicos con inhabilitaciones de hasta 20 años, destituciones, suspensiones y multas superiores a 1.8 millones de pesos.

    Por Gabriela Díaz | Reportera                                           

    Las autoridades federales impusieron sanciones a 34 servidores públicos por actos de corrupción y faltas administrativas graves, con inhabilitaciones que alcanzan hasta 20 años, además de destituciones, suspensiones y multas que en conjunto superan 1.8 millones de pesos.

    Las resoluciones fueron emitidas por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno y el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), como resultado de procedimientos derivados de investigaciones realizadas por distintos órganos de control interno en dependencias del gobierno federal.

    Las sanciones forman parte de las acciones para combatir las irregularidades en el servicio público y fortalecer los mecanismos de rendición de cuentas dentro de la administración federal.

    Investigaciones involucraron a seis dependencias federales

    El TFJA informó que las sanciones por faltas administrativas graves se originaron en investigaciones desarrolladas por los Órganos Internos de Control en diversas instituciones públicas.

    Entre las dependencias involucradas se encuentran la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México (AEFCM), la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader), la Secretaría de Economía (SE), la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) y la Comisión Federal de Electricidad (CFE).

    Los procedimientos concluyeron con la imposición de diversas medidas disciplinarias conforme a las facultades establecidas en la legislación en materia de responsabilidades administrativas.

    Inhabilitaciones, destituciones y multas

    Las sanciones aplicadas comprenden inhabilitaciones para desempeñar cargos en el servicio público por periodos que llegan hasta dos décadas, así como destituciones de servidores públicos, suspensiones temporales y sanciones económicas.

    De acuerdo con la información oficial, las multas impuestas rebasan 1.8 millones de pesos, como parte de las resoluciones emitidas por las autoridades competentes.

    El TFJA precisó que las resoluciones corresponden a procedimientos por faltas administrativas graves, en los que participaron las instancias responsables de investigar y sustanciar los expedientes conforme al marco legal vigente.

    Combate a la corrupción en el servicio público

    El sistema de responsabilidades administrativas establece que las faltas graves pueden ser sancionadas con inhabilitaciones, destituciones y sanciones económicas cuando se acredita la responsabilidad de los servidores públicos durante los procedimientos correspondientes.

    Las autoridades señalaron que estas medidas buscan fortalecer la legalidad, la transparencia y la rendición de cuentas en las instituciones de la administración pública federal. –sn–

    Fachada de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno

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  8. SCJN ordena al TFJA resolver despidos y no renovación de nombramientos en la FGR

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) debe conocer los juicios promovidos por agentes del Ministerio Público y personal sustantivo de la Fiscalía General de la República (FGR) relacionados con su separación del cargo.

    Por Martín García | Reportero                                      

    Los integrantes del personal sustantivo de la Fiscalía General de la República (FGR) que impugnen la no renovación de su nombramiento, su separación del cargo o el pago de prestaciones deberán acudir al Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), resolvió este martes la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

    El fallo establece que el TFJA es la autoridad competente para conocer estos litigios, al considerar que la autonomía constitucional de la FGR no elimina el derecho de sus servidores públicos a acceder a un control jurisdiccional sobre las decisiones administrativas que afectan su permanencia en el cargo.

    La resolución deriva de tres juicios de amparo promovidos por agentes del Ministerio Público cuyos recursos fueron desechados por distintas Salas Regionales del TFJA, al estimar que carecían de competencia porque la FGR no forma parte de la administración pública federal.

    La Corte garantiza el acceso a la justicia

    Al analizar los casos, el Pleno de la SCJN concluyó que, aunque la Constitución no atribuye expresamente esta competencia al TFJA cuando intervienen órganos constitucionales autónomos, tampoco existe una disposición que la otorgue a otro tribunal.

    Por ello, retomó el criterio jurisprudencial de competencia «por afinidad», mediante el cual los tribunales contenciosos administrativos conocen de controversias relacionadas con la separación de integrantes de instituciones de seguridad y procuración de justicia.

    La Corte precisó que la autonomía constitucional de la FGR tiene como propósito fortalecer la investigación y persecución de los delitos, pero no impedir que las decisiones administrativas sean revisadas por un órgano jurisdiccional.

    Asimismo, determinó que reclamar prestaciones como aguinaldo, vacaciones o prima vacacional no modifica la naturaleza administrativa de la relación entre los agentes y el Estado.

    En consecuencia, ordenó al TFJA admitir y tramitar los juicios para resolver sobre la legalidad de la separación del cargo y las prestaciones reclamadas.

    Permanecen vigentes los lineamientos de transición de la FGR

    En una resolución distinta, el Pleno de la SCJN también determinó que los Lineamientos L/003/19, emitidos durante la transición de la extinta Procuraduría General de la República (PGR) a la FGR, continúan vigentes mientras no se expida el Reglamento del Servicio Profesional de Carrera de la Fiscalía General de la República.

    El criterio surgió tras el juicio promovido por un elemento de la Policía Federal Ministerial, quien impugnó el procedimiento iniciado para separarlo del cargo y cuestionó la validez de diversas disposiciones de dichos lineamientos.

    La Suprema Corte concluyó que la regulación forma parte del régimen transitorio previsto para el personal que pasó de la PGR a la FGR y seguirá aplicándose hasta que entre en vigor el nuevo reglamento.

    Además, sostuvo que las disposiciones impugnadas son compatibles con la legislación vigente y que los requisitos de permanencia establecidos para el personal de la institución no vulneran los derechos de los integrantes de la Policía Federal Ministerial.

    Las resoluciones corresponden a los Amparos Directos 50, 51 y 53 de 2025, resueltos por el Pleno de la SCJN durante la sesión del 7 de julio de 2026. –sn–

    FGR

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  9. SCJN deja firme nulidad de crédito fiscal y analiza exención de ISR para recursos de Afore

    La Suprema Corte confirmó la nulidad de un crédito fiscal y analiza si los recursos de AFORE entregados a beneficiarios por fallecimiento deben estar exentos del ISR.

    Por Martín García | Reportero                                      

    El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó un recurso de revisión fiscal promovido por la autoridad hacendaria, con lo que quedó firme la sentencia que anuló un crédito fiscal por concepto de Impuesto Sobre la Renta (ISR), actualizaciones, recargos y multas correspondientes al ejercicio fiscal de 2011.

    En la misma sesión, las ministras y ministros iniciaron el análisis de una contradicción de criterios relacionada con el tratamiento fiscal de los recursos de las cuentas individuales de retiro entregados a personas beneficiarias tras el fallecimiento de un trabajador, asunto que quedó pendiente de resolución definitiva.

    Confirman nulidad de crédito fiscal

    La Corte explicó que el recurso de revisión fiscal es un medio de impugnación extraordinario que solo procede en los casos previstos por la ley y cuando el asunto reviste importancia y trascendencia jurídica.

    En este caso, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) había declarado la nulidad lisa y llana del crédito fiscal al considerar que la autoridad hacendaria perdió sus facultades para determinarlo, conforme al artículo 67 del Código Fiscal de la Federación.

    Además, la resolución fiscal se sustentó en un acto administrativo que previamente había sido declarado nulo mediante una sentencia firme.

    El máximo tribunal precisó que, de acuerdo con su jurisprudencia, cuando una resolución se invalida únicamente por vicios formales, el recurso de revisión fiscal resulta improcedente, ya que no cumple con los requisitos de importancia y trascendencia que exige la ley.

    Por ello, el Pleno desechó el recurso y dejó firme la sentencia del TFJA que anuló el crédito fiscal.

    Analizan cobro de ISR sobre recursos de Afore

    Durante la misma sesión, la SCJN comenzó el estudio de la Contradicción de Criterios 49/2026, relacionada con el pago de ISR sobre los recursos de las cuentas individuales de retiro que reciben las personas beneficiarias de trabajadores fallecidos.

    La contradicción surgió porque dos tribunales colegiados emitieron resoluciones opuestas.

    Uno sostuvo que los recursos entregados por una Administradora de Fondos para el Retiro (AFORE) constituyen ingresos gravables y, por tanto, deben pagar ISR.

    El otro determinó que dichos recursos son equiparables a una herencia o legado, por lo que se encuentran exentos del impuesto conforme al artículo 93 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

    Pesos, billetes

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  10. Inhabilitan a médico del ISSSTE por abuso sexual contra paciente en clínica de Tlatelolco

    La dependencia federal indicó que el procedimiento se sustentó en evidencia documental y análisis jurídicos integrados durante la investigación administrativa.

    Por Gabriela Díaz | Reportera                                                      

    La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno informó que el Tribunal Federal de Justicia Administrativa impuso una sanción administrativa contra un médico especialista del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) por realizar tocamientos indebidos a una paciente durante una consulta médica en la Clínica de Especialidades Neuropsiquiatría de Tlatelolco.

    La resolución derivó de las investigaciones realizadas por el Órgano Interno de Control del ISSSTE, instancia que acreditó una falta administrativa grave mediante pruebas integradas al expediente oficial. El procedimiento concluyó con la inhabilitación por un año del médico identificado como «Pedro C», quien se desempeñaba como especialista en la unidad médica ubicada en la zona norte de la capital del país.

    La dependencia federal señaló que las investigaciones se desarrollaron conforme a derecho y con apego a los protocolos institucionales de atención a víctimas. Además, sostuvo que la resolución buscó garantizar la protección de los derechos de la persona afectada y fortalecer mecanismos de integridad dentro del servicio público.

    Investigación y resolución

    De acuerdo con la información oficial, los hechos ocurrieron durante una consulta médica en la Clínica de Especialidades Neuropsiquiatría de Tlatelolco. Tras la denuncia presentada por la paciente, el Órgano Interno de Control inició las diligencias administrativas correspondientes para determinar posibles responsabilidades.

    La autoridad investigadora recopiló pruebas documentales y testimoniales que permitieron acreditar la infracción grave atribuida al especialista. Posteriormente, el caso fue turnado al Tribunal Federal de Justicia Administrativa, instancia encargada de emitir la sanción definitiva.

    La resolución estableció una inhabilitación temporal de un año para ejercer cargos o funciones dentro del servicio público. El ISSSTE precisó que el médico sancionado mantiene el derecho legal de impugnar la determinación conforme a los mecanismos previstos por la legislación administrativa vigente. –sn–

    Quirofano ISSSTE

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  11. Coordinación institucional fortalece el combate a la corrupción: Mejía Berdeja

    La corrupción se combate con una estrategia integral con todas las instituciones del Estado mexicano. Evento organizado por la ASF con resultados, transparencia y cero tolerancia a la corrupción. 

    Por Gabriela Díaz | Reportera                                                      

    El diputado federal Ricardo Mejía Berdeja resaltó la relevancia del primer encuentro convocado por la Auditoría Superior de la Federación (ASF) como un paso decisivo para consolidar una política nacional más eficaz en materia de fiscalización y combate a la corrupción.

    En el marco de este ejercicio de articulación institucional, el legislador federal Mejía Berdeja, quien preside la Comisión de Anticorrupción y Transparencia de la Cámara de Diputados, subrayó que la coordinación entre órganos de control, instancias de procuración de justicia y autoridades administrativas es fundamental para cerrar espacios a la impunidad y garantizar resultados tangibles para la ciudadanía.

    “Estamos ante un momento clave para fortalecer el Estado mexicano en materia de transparencia. La corrupción se combate con una estrategia integral donde todas las instituciones actúen de manera coordinada, con intercambio de información y objetivos comunes”, afirmó.

    Ricardo “El Tigre” Mejía señaló que este tipo de encuentros permiten avanzar hacia un modelo más moderno de fiscalización, sustentado en el uso de herramientas tecnológicas, análisis de datos y mecanismos que faciliten la participación ciudadana.

    “El nuevo enfoque debe incorporar auditorías más profundas, inteligencia financiera y canales accesibles para la denuncia. Solo así podremos romper inercias burocráticas y garantizar que los actos de corrupción no queden sin sanción”, puntualizó.

    Durante la reunión, encabezada por el auditor superior Aureliano Hernández Palacios, se planteó la necesidad de construir un esquema de colaboración permanente entre instituciones como la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa y la Unidad de Inteligencia Financiera, entre otras.

    Al respecto, el diputado federal por el Partido del Trabajo (PT) enfatizó que el trabajo conjunto entre estas instancias permitirá fortalecer la prevención, detección y sanción de irregularidades en el uso de recursos públicos.

    “Cerrar filas contra la corrupción implica también fortalecer la integridad en el servicio público. Hay que prevenir y construir una cultura institucional basada en la legalidad y la rendición de cuentas”, sostuvo.

    Asimismo, reconoció la participación de las contralorías estatales de las 32 entidades federativas, al considerar que la coordinación entre los distintos órdenes de gobierno es indispensable para lograr una cobertura efectiva en todo el país.

    “El combate a la corrupción debe tener un alcance nacional, con acciones homogéneas y criterios claros. La colaboración entre federación y estados es clave para evitar vacíos que puedan ser aprovechados por prácticas indebidas”, indicó.

    Finalmente, el legislador federal por Coahuila reiteró que desde el Poder Legislativo se continuará impulsando el fortalecimiento del marco jurídico en materia de transparencia y control del gasto público.

    “Vamos a seguir trabajando para dotar a las instituciones de mejores herramientas legales y operativas. La exigencia ciudadana es clara, resultados, transparencia y cero tolerancia a la corrupción”, concluyó el coahuilense Ricardo Mejía Berdeja. –sn–

    Sociedad Noticias

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  12. SAT mantiene cobro millonario a Salinas Pliego tras fallo judicial

    SAT continuó cobro fiscal y confirmó adeudo multimillonario tras resolución judicial definitiva.


    Por Gabriela Díaz | Reportera                                                       

    El titular del Servicio de Administración Tributaria (SAT), Antonio Martínez, informó que la autoridad fiscal tuvo la obligación legal de continuar el procedimiento de cobro. La determinación ocurrió tras la resolución definitiva emitida por la Suprema Corte. El adeudo ascendió a 51 mil millones de pesos.

    El funcionario precisó que el pago se regeneraría en enero de 2026 conforme al Código Fiscal. La obligación recayó sobre Ricardo Salinas Pliego, tras agotarse las instancias legales. La autoridad aplicó el procedimiento previsto en la normatividad vigente.

    Martínez explicó que, ante inversión incumplida del adeudo, los contribuyentes pudieron solicitar ajustes. Estos ajustes permitieron reducciones de hasta 39 por ciento. El beneficio procedió conforme a la ley y sentencias de tribunales.

    Proceso fiscal vigente

    El titular del SAT recordó que el artículo 31 constitucional estableció la obligación de contribuir al gasto público. Dicha contribución debió realizarse de manera proporcional y equitativa. El mandato aplicó a todos los contribuyentes sin excepción.

    La autoridad fiscal invitó a las empresas involucradas a realizar los pagos determinados. En enero de 2026 se activó el procedimiento formal de notificación del requerimiento de pago. A partir de ese acto inició el plazo para el pago voluntario.

    Martínez reiteró que, durante ese plazo, los contribuyentes pudieron solicitar facilidades legales. El Código Fiscal de la Federación contempló mecanismos de pago. La autoridad evaluó cada solicitud conforme al marco normativo. –sn–

    Ricardo Salinas Pliego

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