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  1. Juez declara inconstitucional la reforma judicial de 2024

    El juez Agustín Archundia Ortiz declaró inconstitucionales diversos aspectos de la reforma judicial de 2024 dentro del amparo 491/2025-I-B. La sentencia cuestiona el procedimiento legislativo, la independencia judicial, salarios, fideicomisos y la inimpugnabilidad de reformas constitucionales.

    Por Martín García | Reportero                                      

    La reforma judicial de 2024 fue declarada inconstitucional en diversos aspectos por Agustín Archundia Ortiz, juez Séptimo de Distrito en Materia Administrativa en Jalisco, dentro del juicio de amparo 491/2025-I-B, al considerar que el decreto vulneró principios constitucionales, derechos humanos e independencia judicial, además de presentar deficiencias en el procedimiento legislativo.

    La sentencia, firmada el 31 de julio de 2026, constituye el primer fallo de esta naturaleza reportado contra la reforma constitucional que modificó de manera profunda la estructura del Poder Judicial y estableció la elección mediante voto popular de jueces, magistrados y ministros. El documento supera las 170 páginas y desarrolla los argumentos con los que el juzgador sostiene que el Poder Reformador de la Constitución tiene límites.

    El amparo no tiene efectos generales. La protección fue concedida únicamente a quienes promovieron el juicio: la magistrada en funciones Mercedes Verónica Sánchez Miguez, el magistrado retirado Manuel Ernesto Saloma Vera y Aidée Sánchez Arévalo. Por tanto, la sentencia no elimina la reforma judicial ni implica, por sí misma, la suspensión de las elecciones o de los cargos de quienes resultaron electos.

    El argumento central: la Constitución también tendría límites

    Uno de los aspectos de mayor trascendencia jurídica consiste en que Archundia Ortiz sostiene que una reforma constitucional puede ser sometida a control judicial cuando vulnera principios fundamentales de la Constitución de 1917 o derechos humanos reconocidos en tratados internacionales.

    El juez distingue entre el poder constituyente originario, que creó la Constitución, y el Poder Reformador, integrado conforme al artículo 135 constitucional para modificarla.

    Desde esa perspectiva, la sentencia sostiene que el Poder Reformador no tendría una facultad ilimitada para alterar principios esenciales de la Carta Magna.

    El razonamiento coloca en el centro una pregunta que trasciende el propio juicio: ¿puede una mayoría constitucional modificar cualquier principio de la Constitución mediante el procedimiento previsto para reformarla?

    La respuesta del juzgador es negativa cuando la modificación afecta principios que considera fundamentales.

    La elección popular de jueces, magistrados y ministros

    El fallo cuestiona directamente uno de los pilares de la reforma: sustituir el modelo de carrera judicial y designación institucional por la elección mediante voto popular.

    Archundia Ortiz sostiene que el modelo adoptado en 2024 retoma parcialmente una fórmula que ya había sido utilizada en el siglo XIX y que, a juicio del Constituyente de 1917, no ofrecía las condiciones adecuadas para garantizar la independencia de los juzgadores.

    Según la sentencia, la elección popular puede introducir incentivos políticos en una función que debe resolver controversias con base en la Constitución y las leyes.

    El juzgador considera que la eliminación de la carrera judicial y su sustitución por mecanismos de elección, insaculación o designaciones vinculadas a cuotas políticas debilita los criterios de experiencia, preparación técnica y mérito que anteriormente sustentaban el acceso a los cargos judiciales.

    Independencia judicial, uno de los puntos centrales

    La independencia judicial ocupa otro de los ejes principales de la resolución.

    El argumento parte de que un juez debe tener condiciones institucionales que le permitan resolver un asunto sin depender de presiones políticas, electorales o de la opinión de las mayorías.

    El fallo advierte que someter a los juzgadores a procesos electorales puede generar incentivos distintos a los estrictamente jurídicos, particularmente cuando una persona que ocupa un cargo judicial necesita competir por el respaldo ciudadano.

    Para el juez, esa transformación puede afectar la autonomía necesaria para que los tribunales funcionen como contrapeso frente a los otros poderes.

    La sentencia también relaciona la independencia judicial con las obligaciones internacionales asumidas por México, al considerar que un sistema jurisdiccional sujeto a presiones políticas puede tener consecuencias sobre la protección de derechos y la seguridad jurídica.

    La carrera judicial queda bajo cuestionamiento

    La resolución también aborda la desaparición del modelo tradicional de carrera judicial.

    Durante décadas, el acceso a cargos dentro del Poder Judicial Federal estuvo vinculado con mecanismos de capacitación, concursos, experiencia profesional y ascensos.

    La reforma de 2024 sustituyó ese esquema para los principales cargos jurisdiccionales por un sistema de elección popular.

    El juez considera que ese cambio no constituye únicamente una modificación administrativa, sino una transformación que puede afectar las garantías institucionales de independencia y profesionalización.

    En ese sentido, el fallo sostiene que el conocimiento técnico y la experiencia acumulada constituyen elementos relevantes para proteger a las personas frente a decisiones arbitrarias.

    Salarios y derechos económicos de los juzgadores

    Otro apartado de la sentencia analiza los cambios en las condiciones económicas del personal judicial.

    El fallo cuestiona las disposiciones relacionadas con la reducción de remuneraciones y con la eliminación de determinadas prestaciones, entre ellas la pensión complementaria de los juzgadores.

    El argumento se relaciona con la garantía de independencia judicial: las condiciones económicas de quienes imparten justicia no serían únicamente un asunto laboral, sino también un elemento de protección institucional.

    La sentencia sostiene que modificaciones que reduzcan de manera injustificada las condiciones económicas de los juzgadores pueden afectar las garantías que permiten ejercer la función judicial con autonomía.

    El retiro de juzgadores también es cuestionado

    La sentencia analiza además la situación de jueces y magistrados que fueron separados de sus cargos como consecuencia del proceso derivado de la reforma.

    El fallo considera problemático el retiro forzoso de juzgadores que fueron seleccionados mediante insaculación para participar en el proceso electoral, así como de quienes no participaron o no obtuvieron el respaldo suficiente en la elección.

    Archundia Ortiz vincula esta situación con el principio de inamovilidad judicial.

    La idea central consiste en que la estabilidad en el cargo constituye una garantía para que los juzgadores puedan resolver asuntos sin temor a perder su puesto como consecuencia de sus decisiones.

    Fideicomisos: otro frente de la controversia

    La sentencia también cuestiona los efectos de la reforma sobre los fideicomisos del Poder Judicial.

    La reforma constitucional estableció disposiciones relacionadas con la extinción de fondos y fideicomisos judiciales y con el destino de sus recursos.

    El fallo incorpora esta cuestión dentro de su análisis sobre las afectaciones producidas por la reforma y las condiciones institucionales del Poder Judicial.

    Este punto adquiere relevancia porque los fideicomisos habían sido utilizados para financiar determinadas prestaciones y obligaciones relacionadas con infraestructura, retiro y otros compromisos institucionales.

    La propia Constitución incorporó posteriormente restricciones sobre la creación y permanencia de fideicomisos judiciales; la Suprema Corte ha documentado que la reforma constitucional estableció la prohibición correspondiente y la obligación de extinguir aquellos que no estuvieran previstos en la ley.

    El procedimiento legislativo también fue cuestionado

    La sentencia no se limita al contenido de la reforma.

    Uno de sus argumentos más relevantes está relacionado con la forma en que fue aprobada.

    El juez cuestionó que existiera certeza suficiente sobre el quórum de la Cámara de Diputados durante la sesión del 3 de septiembre de 2024, cuando el dictamen de la reforma fue aprobado en una sede alterna debido al bloqueo del recinto de San Lázaro.

    De acuerdo con la resolución reportada, el entonces presidente de la Mesa Directiva, Sergio Carlos Gutiérrez Luna, se negó a realizar una verificación del quórum pese a solicitudes formuladas durante la sesión.

    La sentencia considera que esa circunstancia genera una duda relevante sobre la regularidad del procedimiento mediante el cual la Cámara de Diputados aprobó la reforma.

    El argumento es importante porque el juez no solamente cuestiona el contenido de la reforma, sino también si el órgano legislativo cumplió las reglas constitucionales necesarias para aprobarla.

    ¿Por qué fue importante la sesión del 3 de septiembre?

    La reforma judicial fue aprobada inicialmente por la Cámara de Diputados el 3 de septiembre de 2024, en un contexto de protestas de trabajadores del Poder Judicial que impedían el acceso al Palacio Legislativo de San Lázaro.

    La sesión fue trasladada al Deportivo Magdalena Mixhuca, en Cdmx.

    Al no encontrarse disponible el sistema habitual de registro electrónico de asistencia, la acreditación del quórum adquirió particular importancia dentro de los argumentos posteriormente planteados en los juicios de amparo.

    La sentencia de Archundia Ortiz considera que esa situación no puede ser tratada como un aspecto menor, porque la existencia de quórum constituye una condición indispensable para que un órgano legislativo pueda sesionar y votar válidamente.

    El problema de la reforma de octubre de 2024

    Uno de los aspectos más complejos del fallo es la reforma constitucional publicada el 31 de octubre de 2024, que estableció la improcedencia del juicio de amparo contra adiciones o reformas a la Constitución.

    El decreto modificó el artículo 107 y añadió un párrafo al artículo 105.

    El texto vigente establece expresamente que no procederá el juicio de amparo contra adiciones o reformas constitucionales y que tampoco serán procedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad cuyo objeto sea controvertir esas modificaciones.

    Además, el segundo transitorio dispuso que los asuntos que ya estuvieran en trámite debían resolverse conforme a las nuevas disposiciones.

    Archundia rechaza aplicar esa prohibición de forma retroactiva

    Precisamente ahí aparece otro de los argumentos jurídicos de mayor importancia.

    La sentencia rechaza aplicar de manera retroactiva la reforma de octubre de 2024 para impedir el análisis del juicio.

    El razonamiento del juez permite mantener abierta la posibilidad de revisar la reforma judicial y sus efectos a partir de los derechos reclamados por los promoventes.

    El tema no es menor. La propia Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha generado criterios recientes sobre los límites de esa prohibición.

    En abril de 2026, una jurisprudencia de Plenos Regionales estableció que no procede desechar de plano un amparo cuando se reclama el decreto de inimpugnabilidad de las reformas constitucionales por presuntas violaciones al procedimiento legislativo, debido a que esa cuestión requiere un análisis más profundo.

    Otro precedente de la SCJN señala que, cuando se cuestiona el contenido material de una reforma constitucional, existe una causal de improcedencia; sin embargo, distingue esa situación de los reclamos relacionados con posibles vicios del procedimiento legislativo.

    Este contexto explica por qué el argumento desarrollado en el amparo 491/2025-I-B tiene relevancia más allá de las tres personas protegidas.

    El fallo no cancela la reforma judicial

    La sentencia debe interpretarse con precisión.

    Aunque el juez declara inconstitucionales distintos aspectos de la reforma, el fallo no elimina la reforma judicial para todo el país.

    El principio de relatividad del amparo implica que la protección concedida se limita a quienes promovieron el juicio.

    El propio artículo 107 constitucional establece que las sentencias de amparo sólo deben ocuparse de las personas quejosas que lo solicitaron y que, tratándose de normas generales, las sentencias no tendrán efectos generales.

    Por ello, mientras el asunto no quede firme, la reforma continúa formando parte del orden constitucional y sus efectos generales no han sido suspendidos por esta resolución.

    ¿Quiénes quedaron protegidos?

    Los beneficiarios directos de la sentencia son:

    Mercedes Verónica Sánchez Miguez, magistrada en funciones;

    Manuel Ernesto Saloma Vera, magistrado retirado;

    y Aidée Sánchez Arévalo.

    El fallo busca impedir que la reforma sea aplicada en perjuicio de esas tres personas en los términos determinados por la resolución.

    Esto significa que otros jueces, magistrados, ministros o trabajadores del Poder Judicial no quedan automáticamente protegidos por esta sentencia.

    El caso todavía puede cambiar

    La resolución de Archundia Ortiz no representa la última palabra.

    El fallo puede ser impugnado y revisado por un tribunal colegiado. Además, por la relevancia constitucional del asunto, el expediente podría eventualmente llegar a la SCJN.

    La revisión deberá resolver, entre otros aspectos, si un órgano jurisdiccional federal puede analizar materialmente una reforma constitucional y bajo qué circunstancias puede examinar los límites del Poder Reformador.

    También deberá determinar si los argumentos sobre el procedimiento legislativo, la independencia judicial, los derechos laborales y la inamovilidad justifican mantener la protección concedida.

    Una disputa sobre los límites del Poder Reformador

    El caso coloca nuevamente en el centro del debate mexicano la relación entre Constitución, Congreso y Poder Judicial.

    La Constitución establece un procedimiento específico para modificar su texto. El problema que plantea esta sentencia es si el cumplimiento formal de ese procedimiento basta para permitir cualquier modificación o si existen principios que no pueden ser eliminados, incluso mediante una reforma constitucional.

    Archundia Ortiz sostiene que existen límites.

    La posición contraria, que previsiblemente será planteada durante la revisión, tendrá que determinar hasta dónde puede llegar el control judicial sobre decisiones adoptadas mediante el procedimiento de reforma constitucional.

    El impacto sobre la reforma judicial

    La importancia del amparo 491/2025-I-B no radica solamente en sus efectos sobre tres personas.

    El precedente abre una discusión sobre el modelo completo de transformación del Poder Judicial: elección popular, carrera judicial, estabilidad de los juzgadores, remuneraciones, retiro, fideicomisos e independencia.

    También plantea una controversia sobre la capacidad de los tribunales para revisar reformas constitucionales, particularmente después de que el Congreso modificó los artículos 105 y 107 para establecer su inimpugnabilidad.

    En términos prácticos, la sentencia no detiene por sí misma el funcionamiento del nuevo modelo judicial, pero sí introduce un precedente que deberá ser examinado por instancias superiores.

    La siguiente batalla será en los tribunales

    El futuro del fallo dependerá ahora de los recursos que se presenten y de la interpretación que hagan los órganos revisores.

    Si la sentencia fuera revocada, la protección concedida desaparecería y se fortalecería el criterio de que las reformas constitucionales no pueden ser revisadas mediante amparo en los términos planteados.

    Si fuera confirmada, el debate sobre los límites del Poder Reformador adquiriría una nueva dimensión y podría llegar a la SCJN.

    Por ello, el expediente 491/2025-I-B representa algo más que una controversia individual: es un caso que pone a prueba los límites del control constitucional en México y la relación entre el poder de reforma de la Constitución y las garantías de independencia judicial. –sn–

    Abogados justicia

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  2. Congreso mexiquense votará el 13 de julio la armonización de la reforma judicial

    El Congreso del Estado de México discutirá y votará el próximo 13 de julio la armonización de la legislación estatal con la reforma judicial federal. El dictamen, aprobado en comisiones, actualiza las reglas para la elección de integrantes del Poder Judicial mexiquense.

    Por Mireya Estrada | Corresponsal                                                

    El Congreso del Estado de México convocó a una sesión extraordinaria para el próximo 13 de julio, en la que se prevé aprobar la armonización de la legislación local con la reforma judicial, un paso necesario para adecuar el marco jurídico estatal a los cambios constitucionales que regulan la elección de integrantes del Poder Judicial.

    El proyecto fue avalado por mayoría de votos en comisiones legislativas y será sometido a consideración del Pleno, donde Morena y sus aliados cuentan con los votos suficientes para su aprobación.

    La reforma busca establecer las bases legales para organizar los futuros procesos de elección de jueces y magistrados en la entidad, en concordancia con la reforma judicial aprobada a nivel federal.

    Comisiones aprueban el dictamen

    El dictamen aprobado deriva de una iniciativa presentada por el presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) y coordinador del grupo parlamentario de Morena, José Francisco Vázquez Rodríguez.

    La propuesta actualiza diversos ordenamientos estatales para armonizarlos con las disposiciones constitucionales en materia judicial, particularmente las relacionadas con la integración y elección de las personas juzgadoras.

    Con esta modificación, el Estado de México busca adecuar su legislación a las nuevas reglas que regirán la renovación de cargos dentro del Poder Judicial local.

    ¿Qué contempla la armonización de la reforma judicial?

    La armonización legislativa tiene como propósito establecer las normas que permitan implementar en la entidad el nuevo modelo de elección de integrantes del Poder Judicial, derivado de la reforma constitucional.

    Entre otros aspectos, la adecuación legal contempla disposiciones relacionadas con la organización de los procesos electorales judiciales, los requisitos para participar y la actualización de las facultades de las autoridades involucradas en su desarrollo.

    La votación será en sesión extraordinaria

    El Congreso mexiquense celebrará la sesión extraordinaria el 13 de julio, fecha en la que los diputados discutirán el dictamen aprobado previamente en comisiones.

    De obtener el respaldo del Pleno, el Estado de México avanzará en el proceso de adecuación de su marco jurídico para dar cumplimiento a la reforma judicial, uno de los cambios constitucionales más relevantes en la estructura del sistema de justicia del país. –sn–

    congreso edomex

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  3. El DOF publicó tres cambios relevantes en materia electoral: nuevas reglas para la elección judicial, una causal de nulidad por intervención extranjera y un mecanismo para evaluar riesgos en candidaturas antes de las elecciones de 2027 y 2028.

    #ReformaElectoral #INE #EleccionJudicial #Mexico #Democ

    updateme.news/nacional/las-tre

  4. Arturo Yáñez acusa que Morena convirtió la justicia en un “juego de azar”

    Denunció que la Reforma al Poder Judicial es regresiva, compleja y busca el control político por encima del bienestar ciudadano.

    Por Gabriela Díaz | Reportera                                                      

    En el marco de la discusión sobre la Reforma al Poder Judicial, el diputado Arturo Yáñez Cuéllar afirmó que la llamada Cuarta Transformación ha convertido la legislación y la justicia en México en un «juego de azar», donde las leyes ya no se reforman para mejorar la vida de los ciudadanos, sino para concentrar el control y complacer al Poder Ejecutivo.

    El legislador presentó de manera simbólica «La Lotería de Morena», una dinámica con la que expuso lo que calificó como las grandes contradicciones y fallas del gobierno oficialista.

    «Hoy las leyes se reforman para controlar, ya no se legisla por el bien del Estado. Y cuando todo sale mal, sacan otro dictamen firmado por los de siempre para perfeccionar lo que descompusieron», señaló Yáñez Cuéllar, tras calificar la elección judicial en curso como un proceso «complejo y regresivo».

    El diputado priista contrastó la narrativa oficial sobre los resultados electorales y las obras emblemáticas con la realidad que enfrentan diariamente los ciudadanos en el acceso a la justicia y la seguridad. Criticó que, mientras el sistema judicial se debilita, los recursos se destinan a proyectos que no cumplen con sus objetivos prioritarios.

    «Las mexicanas y los mexicanos están batallando para poner una denuncia de robo o para concluir un juicio… pero ah, sí tenemos un AIFA que no tiene vuelos, un Tren Maya que se descarrila y Dos Bocas que no refina», fustigó desde la tribuna. –sn–

    Sociedad Noticias

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  5. Claudia Sheinbaum alista una iniciativa para aplazar la elección judicial para 2028

    La propuesta de Claudia Sheinbaum Pardo será enviada al Congreso para su discusión y eventual aprobación legislativa.

    Por Paola Ramírez | Reportera                                                       

    La presidente Claudia Sheinbaum Pardo anunció que enviará al Congreso una propuesta para mover la elección judicial de 2027 a 2028. La medida formó parte de ajustes planteados a la reforma del Poder Judicial impulsada por el gobierno federal. La mandatario federal explicó que el cambio respondió a la complejidad operativa prevista para los comicios de 2027.


    Durante su tradicional conferencia de prensa desde Palacio Nacional, Claudia Sheinbaum Pardo señaló que en 2027 coincidirían elecciones de gubernaturas, alcaldías y legisladores federales y locales. Indicó que mantener ambos procesos obligaría a instalar mecanismos diferenciados para la elección de cargos políticos y judiciales. También afirmó que esa situación incrementaría las dificultades logísticas y operativas para las autoridades electorales.

    Ajustes al calendario

    La presidente explicó que la consejera jurídica de Presidencia, Luisa María Alcalde, realizó una evaluación sobre la viabilidad de organizar la elección judicial en 2027. El análisis consideró el número de cargos en disputa y las implicaciones administrativas para el sistema electoral mexicano. Con base en ese diagnóstico, el gobierno federal definió una iniciativa para modificar la fecha de los comicios judiciales.

    Sheinbaum Pardo informó que la propuesta contempló realizar la elección judicial el 4 de junio de 2028 en el ámbito federal y local. Precisó que el nuevo esquema buscará reducir la saturación electoral prevista para el proceso de 2027. También sostuvo que la modificación permitirá mejorar la organización de las votaciones y simplificar la participación ciudadana.

    El documento presentado por el gobierno federal estableció que en la elección judicial de 2028 se renovarán cuatro magistraturas de la Sala Superior del Tribunal Electoral. Además, se elegirán 463 magistrados de circuito y 385 jueces de distrito. La iniciativa incluyó cambios relacionados con el diseño operativo y la integración de candidaturas judiciales. –sn–

    Urna electoral

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  6. El INE propuso aplazar la elección judicial federal para 2028 ante los costos y complejidades de organizarla junto con las elecciones intermedias de 2027. El organismo estima un gasto cercano a 21 mil mdp si ambos procesos coinciden.

    #INE #EleccionJudicial #ReformaElectoral #Mexico

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  7. Monreal confirma reunión con Guadalupe Taddei

    Entregarán a los coordinadores parlamentarios un documento técnico en materia del Poder Judicial y su elección. Sostiene que aún no se descarta un periodo extraordinario entre el 20 y 30 de mayo.

    Por Gabriela Díaz | Reportera                                                      

    El diputado Ricardo Monreal Ávila, presidente de la Junta Coordinación Política, informó que la presidenta del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, Guadalupe Taddei Zavala, le solicitó una reunión de este órgano de gobierno con los consejeros, a fin de entregarles un documento técnico y darles a conocer sus razones en materia del Poder Judicial y su elección.

    Detalló que ayer la consejera-presidente del INE le habló por teléfono y le solicitó la reunión. Precisó que él aceptó amablemente y aseguró que será una “reunión amable, respetuosa, en la Cámara de Diputados, alrededor del mediodía”.

    El también coordinador del grupo parlamentario de Morena comentó que hoy ha mantenido reuniones vía telefónica con todos los coordinadores para hablar sobre un periodo extraordinario.

     “Hablé con el coordinador del PAN, Elías Lixa; el coordinador del PRI, Rubén Moreira; la coordinadora Ivonne Ortega, de MC; el coordinador Puente, del PVEM y con el coordinador PT, Reginaldo y, evidentemente, yo les dije que no se ha descartado que llevemos a cabo un periodo extraordinario”, expuso.

    Monreal Ávila insistió en que se tiene un plazo perentorio y “les dije que estimaba que, de ponernos de acuerdo y lograr que ese acuerdo prospere, estaríamos hablando de un periodo extraordinario entre el 20 y el 30 de mayo”. –sn–

    Ricardo Monreal

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  8. La ministra Yasmín Esquivel planteó ajustes a la elección judicial tras la reforma de 2024, como reducir candidaturas, separar comicios de 2027 y aplicar exámenes a aspirantes.

    #ReformaJudicial #SCJN #EleccionJudicial #Mexico #INE

    updateme.news/local/ministra-y

  9. 🚨 ¡Que siempre no...! Adrián Aguirre se convierte en el primer juez en renunciar a participar en la próxima elección judicial. Un revés para el proceso que busca renovar la judicatura. Conoce los motivos de su decisión. #ReformaJudicial #ElecciónJudicial zurl.co/t7KvW

  10. Magistrado Felipe de la Mata propone reformar elección judicial 2027

    Propone rediseñar distritos y sustituir tómbola por sistema de méritos.


    Por Gabriela Díaz | Reportera                                                       

    El magistrado Felipe de la Mata Pizaña, integrante de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), señaló que para la elección judicial de 2027 será necesario replantear la estructura de los distritos electorales y eliminar la tómbola como método de selección.

    Durante la inauguración del “Observatorio judicial electoral y congreso: Derecho electoral y democracia. Justicia electoral y elección judicial en México”, expuso que el sistema debe orientarse hacia una evaluación de méritos y trayectoria profesional. El evento se realizó en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).

    El magistrado participó junto a Felipe Fuentes Barrera, también integrante de la Sala Superior. Ambos resaltaron que los comicios extraordinarios pasados representaron un avance democrático al permitir la participación directa del pueblo en la elección judicial.

    Reforma con visión incluyente

    De la Mata Pizaña explicó que el nuevo modelo otorgó legitimación democrática al Poder Judicial, sin precedentes en México ni en el mundo. Subrayó que el reto actual consiste en perfeccionar los mecanismos de selección para consolidar su credibilidad institucional.

    Agregó que el país configuró un esquema sobresaliente de integración judicial a nivel continental, aunque estimó que podrían pasar varios años para comprobar si este método logró fortalecer la justicia nacional.

    Advirtió que el verdadero impacto dependerá del desempeño de cada persona juzgadora electa, quien deberá demostrar independencia y compromiso con la imparcialidad en cada caso que resuelva.

    Propuestas para el proceso 2027

    El magistrado consideró indispensable sustituir la tómbola por un sistema basado en la evaluación de capacidades, conocimientos y experiencia. Propuso que la Escuela Nacional de Formación Judicial sea la encargada de aplicar exámenes y cursos para definir objetivamente a los aspirantes.

    Sugirió que el proceso incluya mecanismos que aseguren imparcialidad y profesionalismo, además de la creación de acciones afirmativas que garanticen la representación de grupos históricamente excluidos dentro del Poder Judicial.

    Asimismo, planteó la conformación de un solo comité de evaluación que defina criterios unificados para todas las candidaturas, integrado por representantes del Ejecutivo, Legislativo y Judicial.

    Modernización y participación ciudadana

    De la Mata Pizaña consideró necesario repensar los medios de difusión y propaganda electoral para garantizar la equidad entre los aspirantes, especialmente en un proceso con gran número de candidaturas.

    Respecto a las boletas, indicó que su diseño debe ser más simple y comprensible para facilitar la decisión del electorado y asegurar la transparencia en el conteo de votos.

    También propuso implementar el voto electrónico para incrementar la participación ciudadana, reducir costos y permitir la inclusión de personas en prisión preventiva y de mexicanos residentes en el extranjero. –sn–

    Sociedad Noticias

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  11. TEPJF descarta denuncia sobre «acordeones» electorales

    TEPJF desechó denuncia por presunta coacción del voto en elección judicial. INE no investigará supuesto reparto de guías.

    Por Gabriela Díaz | Reportera                                                       

    La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió desechar una denuncia sobre el presunto uso de acordeones para inducir el voto en la reciente elección judicial, al considerar que no se presentaron pruebas suficientes para abrir una investigación formal.

    Durante la sesión celebrada este miércoles, con cuatro votos a favor y uno en contra, los magistrados ratificaron el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) que previamente había decidido archivar la queja por falta de elementos probatorios sólidos. El magistrado Felipe Fuentes argumentó que las autoridades electorales “no pueden actuar por rumores, conjeturas o publicaciones en redes sociales”, y que se requiere evidencia sustancial para ejercer sus facultades de fiscalización.

    Añadió que no basta con hacer señalamientos públicos o mediáticos sin respaldo documental o material que acredite la supuesta infracción electoral. La denuncia fue promovida por la asociación Proyecto Justicia, que entregó cuatro enlaces digitales, capturas de pantalla y un video parcial como evidencia de una supuesta distribución masiva de guías de voto a favor de candidatos respaldados por Morena y funcionarios de Cdmx.

    El magistrado Fuentes enfatizó que “la carga probatoria recae en quien denuncia” y que, en este caso, no se establecieron fechas, mecanismos de entrega ni se explicó cómo estas guías influenciaron el resultado de la elección. Afirmó que, bajo los criterios del tribunal, el expediente carecía de los elementos mínimos necesarios para activar un procedimiento sancionador.

    Postura disidente de un magistrado

    Asimismo, subrayó que la resolución del INE no cierra la puerta a futuras denuncias que sí presenten elementos verificables y suficientes. Por su parte, el magistrado Reyes Rodríguez votó en contra de la resolución, al considerar que el INE “no agotó sus facultades de investigación” y actuó de forma pasiva frente a hechos públicos y notoriamente difundidos.

    Señaló que los materiales presentados, incluidos los nombres de aspirantes contenidos en las guías, no pueden considerarse rumores, ya que varios de ellos resultaron posteriormente electos. Indicó que el valor de las investigaciones periodísticas debe ponderarse y no ser descartado de forma automática por no provenir de fuentes oficiales.

    En su intervención, insistió en que “la autoridad electoral tiene la obligación de investigar cuando hay un indicio razonable de una posible irregularidad”. El fallo del TEPJF se suma a una serie de resoluciones donde se privilegia el principio de presunción de legalidad, salvo que existan pruebas fehacientes de irregularidades que ameriten indagación.

    Con ello, la elección judicial, cuestionada por diversos sectores, continúa sin investigaciones oficiales activas relacionadas con coacción o manipulación del sufragio. El magistrado presidente del tribunal no intervino en la discusión, pero avaló el acuerdo de desechar la queja por falta de pruebas sustanciales.

    Sin efecto la queja presentada

    La asociación denunciante no ha informado si buscará presentar nuevos recursos o si acudirá a otras instancias jurisdiccionales o internacionales. El magistrado Fuentes recordó que “la autoridad electoral dijo que no había pruebas suficientes”, pues la asociación Proyecto Justicia solo presentó cuatro enlaces electrónicos, capturas de pantalla y un fragmento de video como pruebas de una distribución masiva de acordeones para inducir el voto.

    Abundó que las denuncias, basadas en publicaciones periodísticas, deben estar acompañadas de una carga probatoria adicional, pues en la queja tampoco se señalaron “fechas ni se explicó cómo influyeron en el proceso electoral”. Aseveró que las pruebas presentadas “no permiten suponer que se hizo la comisión de una falta electoral; no cierro la posibilidad de que existan otras denuncias donde haya esos elementos”. –sn–

    TEPJF

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  12. ¡Decisión en política exterior! 🤝 México descarta salir de la OEA, a pesar de su inconformidad con el informe sobre la elección judicial. Se mantiene el diálogo, aunque con diferencias.
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  13. #Video imperdible: Eduardo Huchim (@EduardoRHuchim) conversa con Jorge Meléndez (@jamelendez44) y Témoris Grecko (@temoris) sobre la jornada de la elección judicial. ¡Un análisis profundo y necesario!
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  14. ¡Postura firme! 🇲🇽 México critica el informe de la OEA sobre la elección judicial y defiende su soberanía. Un debate sobre la injerencia internacional en procesos internos.
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  15. ¡Análisis poselectoral! ⚖️ Los saldos de la elección judicial en México: desde jueces por "tómbola" hasta el "acordeón" y el voto blanco. Un panorama complejo que debe analizarse.
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  16. ¡La #ElecciónJudicial en México sigue en marcha! ⚖️ Un proceso polémico y complejo que avanza a paso lento en su resolución. Sigue de cerca las actualizaciones.
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  17. Con el respaldo presidencial, Hugo Aguilar se consolida como el perfil más fuerte para la presidencia de la SCJN. ¿Qué visión de justicia impulsará la nueva administración?
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  18. El Observatorio Electoral Judicial pone la lupa en la #ElecciónJudicial: Se detectó uso masivo de publicidad pagada en redes. Un elemento clave para analizar la equidad de la contienda.
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    #MonitoreoElectoral #FakeNews #Manipulación #PoderJudicial

  19. La virtual llegada de Hugo Aguilar Ortiz a la SCJN es "histórica", según la presidenta Sheinbaum. Un nombramiento que promete cambios y un enfoque renovado en la Suprema Corte.
    zurl.co/gwNxt
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  20. #ElecciónJudicial: #votos nulos y en blanco duplican a los alcanzados por Hugo Aguilar y Lenia Batres | La Silla Rota

    Los votos nulos y en blanco alcanzaron 22% del total emitido el domingo; en contraste, el candidato que se perfila para obtener más sufragios registra 5.24% del total. Origen: Elección judicial: votos nulos y en blanco duplican a los alcanzados por Hugo Aguilar y Lenia Batres

    efrainmartinezfigueroa.com/202

  21. ¡Atención a la transparencia electoral! 🚨 El Observatorio Electoral Judicial detecta el uso masivo de publicidad pagada en redes durante la #ElecciónJudicial. ¿Impactó en la percepción del voto?
    zurl.co/Ugnrb
    #PublicidadEngañosa #RedesSociales #TransparenciaElectoral #Elecciones2025

  22. ¡Oficial! 🗳️ El @INEMexico anuncia los perfiles ganadores a la Corte y Hugo Aguilar Ortiz se mantiene al frente. Conoce a los próximos integrantes del Poder Judicial.
    zurl.co/aGpQ7
    #ElecciónJudicial #HugoAguilarOrtiz #INE #SCJN

  23. INE anuncia perfiles ganadores a la Corte; Hugo Aguilar Ortiz, se mantiene al frente #EleccionJudicial zurl.co/QeKVI

  24. 🕹️Con el control del poder judicial, más el legislativo, la presidenta Sheinbaum y el partido Morena ya no tienen ningún contrapeso para gobernar y cambiar el andamiaje institucional que mantenía a la joven y endeble democracia mexicana.

    👑 Sí, la presidenta acaba de dar un ejemplo mundial sobre cómo debilitar una democracia al terminar con los contrapesos judiciales que toda democracia necesita al partidizar la institución.

    ⛓️ No solo controlará la SCJN, también el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, pero apenas han contado 1% de las actas y pueden demorar toda la semana.

    Más información en www.caminarpreguntando.com

    #MientrasTantoEnAméricaLatina
    #mexico #EleccionJudicial 4/4 🧵

  25. ✅ ¿Logró Morena, AMLO y Sheinbaum su cometido? Si el objetivo era controlar la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el poder judicial, la respuesta es SÍ, lograron. Con el 82% de las actas computadas, las 11 personas que encabezan la votación son afines a la presidenta, AMLO o una corriente de Morena. Además, tres ya son parte de la Suprema Corte. Los ocho candidatos restantes son propuestas del poder ejecutivo o legislativo.

    👮🏾 ¿A qué costo logró la presidenta controlar el poder judicial? Sin duda la poca participación es una derrota mediática para la presidenta, pero ¿esto importa a una presidenta y partido político que controla el poder legislativo y ahora tendrá la Suprema Corte de Justicia de la Nación? No. LA SCJN era la instancia que había hecho contrapeso al ex presidente López Obrador. Se acabó el contrapeso institucional.

    #MientrasTantoEnAméricaLatina
    #mexico #EleccionJudicial 3/4 🧵

  26. 👎🏽 Los acordeones fueron las listas que el partido Morena utilizó para explicar a sus simpatizantes como debían votar. La elección era tan compleja que el expresidente López Obrador utilizó un "acordeón".

    👩🏽‍🍼 La ex-primera dama de México tuvo que ir a la casilla electoral a ayudar a su hijo para que pudiera ejercer su voto.

    👩🏽‍⚖️ Se eligieron 2700 cargos judiciales entre 7800 candidatos. El 12% o 13% de participación representa 88 millones de votos para los 2700 cargos. Aunque al menos 20 millones son voto nulos y no utilizados. Esto quiere decir que el 22% de los votos no fueron utilizados para elegir a una persona.

    😩 Aunque la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo intenta vender la elección judicial como un logro y éxito, el abstencionismo demuestra que no hubo interés por participar y tampoco se comprendió la importancia del proceso. En conclusión es un experimento fallido.

    #MientrasTantoEnAméricaLatina
    #mexico #EleccionJudicial 2/4 🧵

  27. #MientrasTantoEnAméricaLatina

    1/4 🧵
    #Mexico🇲🇽 le está dando la vuelta al mundo por sus elecciones judiciales. Sheinbaum cumplió su palabra, México sería un "ejemplo", pero todo indica que para mal si hablamos en clave democratica. ¿Qué sabemos de las ya famosas #EleccionJudicial en México hasta este momento?

    ⛔ #abstencionismo: 87% de votantes decidieron no asistir a votar. Esto quiere decir que solo 13 millones asistieron a votar de aproxiamadamente 100 millones con posibilidad de hacerlo.

    🗳️ El número de votantes tampoco rebasó los 16.5 millones que participaron en la Revocación de Mandato que promovió Andrés Manuel López Obrador en 2022, el creador de la idea de votar por el poder judical.

    👀 Medios y organizaciones de la sociedad civil documentaron las movilizaciones de grupos afines al partido Morena, el partido en el poder, y el reparto de acordeones, físicos y digitales, en plena jornada de votación. Tienen hasta una página web para orientar el voto: poderj4t.org/

  28. El PRI solicitará anular la #EleccionJudicial del 1 de junio por considerarla una “farsa y un atropello a la democracia", denuncia Alejandro Moreno.

    El INE reporta participación ciudadana menor al 13%. estadored.mx/2025/06/pri-exige

  29. #ElecciónJudicial: Apenas 13% de #participación; confusión y #votos inducidos | La Silla Rota

    La presidenta del INE dijo que la muestra representativa de la elección arrojó esa cifra; los resultados de la elección de jueces se conocerán dentro de los próximos 10 días. Origen: Apenas 13% de participación; confusión y votos inducidos | La Silla Rota

    efrainmartinezfigueroa.com/202

  30. La FGR recibió 23 denuncias por posibles delitos electorales tras la jornada de la #EleccionJudicial ; además de 968 llamadas ciudadanas a través de FISETEL. estadored.mx/2025/06/la-fgr-re

  31. El INE estimó una participación ciudadana de entre 12.57% y 13.32% en la #EleccionJudicial

    Claudia Sheinbaum celebró que la jornada “ha sido todo un éxito" y afirmó que cerca de 13 millones de votantes participaron. estadored.mx/2025/06/ine-estim

  32. Día histórico para México 🇲🇽 en donde hoy se vivió una fiesta democrática al votar por primera vez por cambiar al poder judicial 👨‍⚖️ y de esta manera que el pueblo mexicano tenga la oportunidad de quitar y poner a jueces y ministros en base a su experiencia 👏🏼👏🏼👏🏼#ElecciónJudicial

  33. A solamente unas horas para que empiece la #ElecciónJudicial para renovar el poder que tenemos actualmente en México y será la primera vez que el pueblo mexicano pueda elegir a sus jueces y magistrados por la vía electoral.
    Estoy seguro que será mañana un día histórico para México 🇲🇽 pero sobre todo por la democracia que caracteriza a este país.

  34. Ya falta menos en México para poder tener nuestra #ElecciónJudicial este 1 de Junio y en donde renovaremos este poder judicial para tener una justicia para todos y no unos cuantos.

  35. Hace unos días la maestra @Warketin entrevistó a @DeniseDresserG acerca de la #ElecciónJudicial.
    Decía ella que no sólo votará en la farsa, sino que será observadora electoral...
    Ella, que dice entender el movimiento anulista, ahora llama a legitimar la farsa para destruir el PJ

  36. Cada día estamos en México 🇲🇽 mas cerca de la #ElecciónJudicial en donde por primera vez en la historia de este gran país se elegirán jueces y magistrados por el pueblo mexicano y ya no por intereses propios de algunos poderosos.

  37. #EleccionJudicial | María de Lourdes Ríos, candidata a jueza en Chihuahua, defiende su imagen en campaña: “No me sexualizo, la gente me sexualiza”, y denuncia violencia política de género. 💼⚖️ estadored.mx/2025/03/candidata

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